Norma Legal Oficial del día 09 de diciembre del año 2016 (09/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

606134 LEY Nº 30522
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

NORMAS LEGALES

Viernes 9 de diciembre de 2016 /

El Peruano

PODER EJECUTIVO

AGRICULTURA Y RIEGO
Designan representante del Ministerio ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Madre de Dios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0592-2016-MINAGRI Lima, 7 de diciembre de 2016 VISTO: El Oficio N° 02359-2016-MINAGRI-DVDIAR/DGIARDG, de fecha 28 de noviembre de 2016, de la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 036-2007PCM, se aprobó el "Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2007", en el que se establece, entre otros, la transferencia del Proyecto Especial Madre de Dios al Gobierno Regional del Departamento de Madre de Dios; Que, mediante el artículo 3 del Decreto Supremo N° 077-2008-EF, se constituye un Consejo Directivo en el Proyecto Especial Madre de Dios, como máximo órgano de la Entidad, conformado, entre otros, por un (01) representante del Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego; Que, mediante Resolución Ministerial N° 0254-2015-MINAGRI, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 04 de junio de 2015, se designó al señor Marco Antonio Vinelli Ruíz, como representante del Ministerio de Agricultura y Riego ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Madre de Dios; Que, mediante el Oficio del Visto, el Director General de la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego - DGIAR, solicita la designación del representante del Ministerio de Agricultura y Riego ante el mencionado Consejo Directivo, en reemplazo del señor Marco Antonio Vinelli Ruíz, quien ha ejercido sus funciones en el Sector Agricultura y Riego hasta la aceptación de su renuncia, oficializada mediante Resolución Ministerial N° 0512-2016-MINAGRI, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 06 de octubre de 2016; Que, en consecuencia, es necesario designar al representante del Ministerio de Agricultura y Riego ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Madre de Dios; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego; y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014 ­ MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida, con eficacia anticipada al 06 de octubre de 2016, la designación del señor Marco Antonio Vinelli Ruíz, como representante del Ministerio de Agricultura y Riego, ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Madre de Dios, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, a partir de la fecha, al señor Juan William Zavaleta Meza, como representante del Ministerio de Agricultura y Riego ante el Consejo Directivo del Proyecto Especial Madre de Dios. Artículo 3.- Notificar la presente Resolución Ministerial al Despacho Viceministerial de Desarrollo e Infraestructura

LEY QUE AUTORIZA AL MINISTERIO DE SALUD PARA REALIZAR MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS ACCIONES PREVISTAS EN EL DECRETO LEGISLATIVO 1153
Artículo Único. Autorización de modificaciones presupuestarias Autorízase al Ministerio de Salud, durante el Año Fiscal 2016, para realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional, a favor de sus organismos públicos y gobiernos regionales, para financiar el pago de las entregas económicas al personal de la salud por concepto de Valorización Priorizada por Atención Primaria de Salud y por Atención Especializada, como parte del proceso de implementación de las acciones del Decreto Legislativo 1153, para cuyo efecto se le exceptúa de las restricciones establecidas en el artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante el Decreto Supremo 304-2012-EF. Las referidas modificaciones presupuestarias se autorizan mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas y el ministro de Salud, a propuesta de este último. La presente Ley autoriza la modificación del monto de la Valorización Priorizada por Atención Primaria de Salud y por Atención Especializada, cuya determinación se realiza mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economía y Finanzas y el ministro de Salud, a propuesta de este último, conforme a lo establecido en el párrafo 8.6 del artículo 8 del Decreto Legislativo 1153, cuya implementación queda exonerada de lo previsto en el artículo 6 de la Ley 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los seis días del mes de diciembre de dos mil dieciséis. LUZ SALGADO RUBIANES Presidenta del Congreso de la República ROSA BARTRA BARRIGA Primera Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los siete días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros 1461979-2

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