Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2016 (25/12/2016)
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TEXTO DE LA PÁGINA 27
El Peruano / Domingo 25 de diciembre de 2016
DENOMINACIÓN DE SERVICIOS
NORMAS LEGALES
ESTRUCTURA DEL PROCEDIMIENTO DERECHO DE PAGO % DE UIT S/.
608265
AUTORIDAD O FUNCIONARIO QUE APRUEBA EL SERVICIO
REQUISITOS
Crioterapia
- Exhibir DNI - Recibo de Pago
Ejercicios Terapéuticos Reeducación Funcional (Neurología) Reeducación Postural
- Exhibir DNI - Recibo de Pago - Exhibir DNI - Recibo de Pago - Exhibir DNI - Recibo de Pago - Exhibir DNI - Recibo de Pago
Kinesiotape
Micro Electrolisis Percutánea (MEP) - Exhibir DNI - Recibo de Pago
Terapia 2 agentes (combinación de - Exhibir DNI 2 procedimientos) - Recibo de Pago Terapia 3 agentes (combinación de - Exhibir DNI 3 procedimientos) - Recibo de Pago (no incluye Kinesiotape ni MEP)
- Formato de Historia Clínica - Evaluación del profesional - Uso de Equipo - Formato de Historia Clínica - Evaluación Profesional - Formato de Historia Clínica - Evaluación Profesional - Formato de Historia Clínica - Evaluación Profesional - Formato de Historia Clínica - Evaluación Profesional - Formato de Historia Clínica - Evaluación profesional - Uso de equipo - Formato de Historia Clínica - Evaluación profesional - Uso de 2 equipos - Formato de Historia Clínica - Evaluación profesional - Uso de 3 equipos
0.151 6.00
Subgerencia de Salud
0.202 8.00
Subgerencia de Salud
0.506 20.00
Subgerencia de Salud
0.379 15.00
Subgerencia de Salud
0.253 10.00
Subgerencia de Salud
0.759 30.00
Subgerencia de Salud
0.506 20.00
Subgerencia de Salud
0.886 35.00
Subgerencia de Salud
Leyenda: Ex. Aux. = Exámenes Auxiliares C. M. = Certificado Médico 1466915-1
FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectificación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título "Dice" y a continuación la versión rectificada del mismo fragmento bajo el título "Debe Decir"; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectificarse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN