Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2016 (25/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano / Domingo 25 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

608241

AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas MARÍA SOLEDAD PÉREZ TELLO Ministra de Justicia y Derechos Humanos 1467092-1

PODER EJECUTIVO

AGRICULTURA Y RIEGO
Aprueban Programa Operativo Anual 2017 del Plan Estadístico Agrario Nacional 2014 - 2018 del Sistema Integrado de Estadística Agraria
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0618-2016-MINAGRI Lima, 22 de diciembre de 2016 VISTO: El Oficio N° 553-2016-MINAGRI-DGESEP/059-PE, de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas, sobre aprobación de la propuesta del Programa Operativo Anual 2017 del Plan Estadístico Agrario Nacional 2014-2018 del Sistema Integrado de Estadística Agraria; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1082 se creó el Sistema Integrado de Estadística Agraria - SIEA, conformado por los órganos del Ministerio de Agricultura, ahora Ministerio de Agricultura y Riego, los organismos adscritos a éste, actualmente Sector Agricultura y Riego, los Gobiernos Regionales, los Gobiernos Locales y sus diferentes dependencias en la materia que por la naturaleza de sus funciones produzcan información estadística agraria; Que, por Decreto Supremo N° 021-2009-AG se aprobó el Reglamento del Sistema Integrado de Estadística Agraria, cuyo objeto es desarrollar las disposiciones contenidas en el Decreto Legislativo N° 1082, estableciéndose un marco jurídico orientador que permita viabilizar su aplicación, posibilitar el desarrollo, la generación y la difusión de las estadísticas agrarias nacionales, la coordinación adecuada entre sus actores, así como para lograr que el sistema estadístico agrario nacional sea coherente y eficiente; Que, el numeral 11.1 del artículo 11 del citado Reglamento, dispone que el Plan Estadístico Agrario Nacional, que será aprobado por Decreto Supremo, proporcionará el marco para el desarrollo, la generación y la difusión de las estadísticas agrarias nacionales, los ámbitos principales y los objetivos de las acciones previstas para un período que no excederá de cinco (05) años; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 007-2014-MINAGRI, que aprobó el Plan Estadístico Agrario Nacional 2014 - 2018 del Sistema Integrado

de Estadística Agraria ­ SIEA, dispuso que el Ministerio de Agricultura y Riego ­ MINAGRI, a través de la Oficina de Estudios Económicos y Estadísticos, como la Autoridad Estadística Agraria, elaborará los programas operativos anuales, con los cuales se medirá el grado de avance respecto a los objetivos esperados del Plan Estadístico Agrario Nacional a nivel nacional, precisándose en el artículo 3 del mismo Decreto Supremo, que la Autoridad Estadística Agraria Nacional y las Autoridades Estadísticas Agrarias Regionales y Locales, integrantes del Sistema Integrado de Estadísticas Agrarias ­ SIEA, son responsables de la ejecución del Plan Estadístico Agrario Nacional; Que, mediante el literal a) del artículo 49 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, se designó a la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas como la Autoridad Estadística Agraria Nacional; Que, con el documento del Visto, la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas ha solicitado la aprobación de la propuesta del Programa Operativo Anual 2017 del Plan Estadístico Agrario Nacional 2014 ­ 2018 del Sistema Integrado de Estadística Agraria, a fin de desarrollar dicho Plan y lograr una eficiente generación y difusión de la información estadística agraria nacional, respecto del cual ha emitido opinión favorable la Oficina General de Planificación y Presupuesto través del informe N° 185-2016-MINAGRI-SG-OGPP/OPLA; Que, conforme al subnumeral 7.1.2 del numeral 7.1 del Capítulo VII Implementación, Monitoreo y Evaluación del Plan Estadístico Agrario Nacional 2014-2018, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2014-MINAGRI, la aprobación del referido Programa debe hacerse por resolución ministerial; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado por la Ley N° 30048 a Ministerio de Agricultura y Riego, y, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Programa Operativo Anual 2017 Aprobar el Programa Operativo Anual 2017 del Plan Estadístico Agrario Nacional 2014 ­ 2018 del Sistema Integrado de Estadística Agraria, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Conducción del Programa Operativo Anual 2017 La conducción del Programa Operativo Anual 2017 del Plan Estadístico Agrario Nacional 2014-2018 del Sistema Integrado de Estadística Agraria, estará a cargo de la Dirección General de Seguimiento y Evaluación de Políticas del Ministerio de Agricultura y Riego, como Autoridad Estadística Agraria Nacional. Artículo 3.- Publicación Publicar la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano, y conjuntamente con el Programa Operativo Anual 2017 del Plan Estadístico Agrario Nacional 2014 ­ 2018 aprobado en el artículo 1, precedente, en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe), y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), en la misma fecha de publicación de esta Resolución en el referido Diario Oficial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN Ministro de Agricultura y Riego 1466767-1

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