Norma Legal Oficial del día 25 de diciembre del año 2016 (25/12/2016)


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El Peruano / Domingo 25 de diciembre de 2016

NORMAS LEGALES

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de persona natural; y, de la documentación que acredite la personería jurídica y poderes, en el caso de personas jurídicas. N° 11), denominado "Autorización de ejecución de estudios de aprovechamiento hídrico para obtención de Licencia de Uso de Agua Superficial o Subterránea" Se elimina el requisito 2, referido a la presentación de la copia del Documento Nacional de Identidad, si se trata de persona natural; y, de la documentación que acredite la personería jurídica y poderes, en el caso de personas jurídicas. N° 12), denominado "Autorización de ejecución de estudios de aguas subterráneas para la obtención de licencia de uso de agua subterránea, con perforación" Se elimina el requisito 2, referido a la presentación de la copia del Documento Nacional de Identidad, si se trata de persona natural; y, de la documentación que acredite la personería jurídica y poderes, en el caso de personas jurídicas. N° 13), denominado "Aprobación de estudios de aprovechamiento de recursos hídricos para la obtención de la licencia de uso de agua subterránea o superficial (acreditación de disponibilidad hídrica)" Se elimina el requisito 2, referido a la presentación de la copia del Documento Nacional de Identidad, si se trata de persona natural; y, de la documentación que acredite la personería jurídica y poderes, en el caso de personas jurídicas. N° 14), denominado "Autorización para la ejecución de obras de aprovechamiento hídrico para la obtención de licencia de uso de agua superficial" Se elimina el requisito 2, referido a la presentación de la copia del Documento Nacional de Identidad, si se trata de persona natural; y, de la documentación que acredite la personería jurídica y poderes, en el caso de personas jurídicas. N° 15), denominado "Autorización para la ejecución de obras de alumbramiento de agua subterránea para la obtención de la licencia de uso de agua subterránea" Se elimina el requisito 2, referido a la presentación de la copia del Documento Nacional de Identidad, si se trata de persona natural; y, de la documentación que acredite la personería jurídica y poderes, en el caso de personas jurídicas. N° 16), denominado "Otorgamiento de licencia de uso de agua superficial o subterránea" Se elimina el requisito 2, referido a la presentación de la copia del Documento Nacional de Identidad, si se trata de persona natural; y, de la documentación que acredite la personería jurídica y poderes, en el caso de personas jurídicas. N° 17), denominado "Extinción y otorgamiento de licencia de Uso de Agua por cambio de titular" Se elimina el requisito 2, referido a la presentación de la copia del Documento Nacional de Identidad, si se trata de persona natural; y, de la documentación que acredite la personería jurídica y poderes, en el caso de personas jurídicas. N° 18), denominado "Autorización de ejecución de obras de presas integrantes de la infraestructura hidráulica mayor de carácter multisectorial" Se elimina el requisito 2, referido a la presentación de la copia del Documento Nacional de Identidad, si se trata de persona natural; y, de la documentación que acredite la personería jurídica y poderes, en el caso de personas jurídicas. N° 19), denominado "Inscripción en el Registro de Consultores de estudios de Aguas Subterráneas" Se elimina el requisito 2, referido a la presentación de la copia del Documento Nacional de Identidad, si se trata de persona natural; y, de la documentación que acredite

la personería jurídica y poderes, en el caso de personas jurídicas. Se elimina el requisito 3, referido a la presentación del Certificado de Habilidad expedido por el Colegio de Ingenieros del Perú, del solicitante o profesional. N° 20), denominado "Inscripción en el registro de empresas que realizan obras de Exploración, explotación, de aguas subterráneas" Se elimina el requisito 2, referido a la presentación de la copia del Documento Nacional de Identidad, si se trata de persona natural; y, de la documentación que acredite la personería jurídica y poderes, en el caso de personas jurídicas. Se elimina el requisito 3, referido a la acreditación, al menos, de un representante técnico profesional especialista en perforación, rehabilitación y mantenimiento de pozos, adjuntando currículum vitae documentado que acredite experiencia no menor de 5 años en dichas actividades. Se elimina el requisito 4, referido al Certificado de Habilidad, expedido por el Colegio de Ingenieros del Perú. N° 21), denominado "Autorización de vertimientos de aguas residuales industriales, municipales y domésticas tratadas" Se elimina el requisito 2, referido a la presentación de la copia del Documento Nacional de Identidad, si se trata de persona natural; y, de la documentación que acredite la personería jurídica y poderes, en el caso de personas jurídicas. N° 22), denominado "Autorización de reuso de aguas residuales industriales, municipales y domésticas tratadas" Se elimina el requisito 2, referido a la presentación de la copia del Documento Nacional de Identidad, si se trata de persona natural; y, de la documentación que acredite la personería jurídica y poderes, en el caso de personas jurídicas. Que, asimismo, la propuesta del Jefe de la Autoridad Nacional del Agua - ANA, contiene el derecho de tramitación gratuita de los siguientes tres (03) Procedimientos Administrativos: N° 3), denominado "Extinción de derechos de uso de agua o de servidumbre de agua forzosa por renuncia del titular" Se elimina la tasa por derecho de tramitación, equivalente a S/ 188,17. N° 7), denominado "Autorización de estudios para la ejecución de obras en fuente natural de agua o en la infraestructura hidráulica multisectorial" Se elimina la tasa por derecho de tramitación, equivalente a S/ 182,39. N° 11), denominado "Autorización de ejecución de estudios de aprovechamiento hídrico para obtención de Licencia de Uso de Agua Superficial o Subterránea" Se elimina la tasa por derecho de tramitación, equivalente a S/ 172,56. Que, la Oficina de Desarrollo Organizacional y Modernización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Agricultura y Riego, mediante Informe Técnico N° 101-2016-MINAGRI-SG-OGPP-ODOM, ha emitido opinión favorable sobre la propuesta de modificación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Autoridad Nacional del Agua ­ ANA, por lo que debe procederse a formalizar la modificación planteada; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 997, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, modificado a Ministerio de Agricultura y Riego por la Ley N° 30048; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-MINAGRI, y sus modificatorias; la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; y, el Decreto Legislativo N° 1246;

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