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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2016 (25/12/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 9

608247 NORMAS LEGALES Domingo 25 de diciembre de 2016 El Peruano / ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 57 731 429,00 GASTOS DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia 972 590,00 ------------------- TOTAL EGRESOS 58 704 019,00 =========== A LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 013 : Ministerio de Agricultura y Riego UNIDAD EJECUTORA 001 : Ministerio de Agricultura - Administración Central ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5005814 : Renovación de Cafetales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.4 Donaciones y Transferencias 49 595 399,00 ------------------- SUB TOTAL U.E. 001 49 595 399,00 UNIDAD EJECUTORA 011 : Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - Agro Rural PROGRAMA PRESUPUESTAL 0068 : Reducción de Vulnerabilidad y Atención de Emergencias por Desastres PRODUCTO 3000734 : Capacidad Instalada para la Preparación y Respuesta Frente a Emergencias y Desastres ACTIVIDAD 5005611 : Administración y Almacenamiento de Kits para la Asistencia Frente a Emergencias y Desastres FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 8 001 030,00 ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS ACTIVIDAD 5001216 : Sostenibilidad de la Producción Agropecuaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 135 000,00 GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 972 590,00 ------------------- SUB TOTAL U.E. 011 9 108 620,00 TOTAL EGRESOS 58 704 019,00 =========== Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de la presente norma, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Aplicación del Decreto Supremo N° 272-2016-EF Los gastos que efectúe el pliego habilitado con cargo a la transferencia de partidas autorizada en el presente Decreto Supremo, se sujetan al límite para la autorización de compromisos establecido para el Sector Agricultura en el Anexo del Decreto Supremo Nº 272-2016-EF y modi fi catorias. Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veinticuatro días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República ALFREDO THORNE VETTER Ministro de Economía y Finanzas 1467092-3 Modifican el destino de los recursos autorizados mediante el Decreto Supremo N° 144-2016-EF DECRETO SUPREMO Nº 364-2016-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se aprobó, entre otros, el presupuesto institucional de los Gobiernos Regionales y de los Gobiernos Locales; Que, mediante Decreto Supremo N° 144-2016-EF, se autorizó una Transferencia de Partidas a favor de diversos pliegos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, para fi nanciar la ejecución de proyectos de inversión pública en el marco de lo dispuesto en la Sexagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372; precisándose en su artículo 3 que los recursos transferidos no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales han sido transferidos; Que, mediante el O fi cio N° 572-2016-A-MDVL/ LC, la Municipalidad Distrital de Vilcabamba solicita la reasignación de recursos otorgados a través del Decreto Supremo N° 144-2016-EF, debido a que un proyecto de inversión pública se encuentra concluido, evidenciándose saldos presupuestales de libre disponibilidad por el monto de TREINTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS Y 00/100 SOLES (S/ 39 262,00), para ser destinado a la ejecución del proyecto de inversión pública “Construcción de Pistas y Veredas del Centro Poblado de Yuveni, Distrito de Vilcabamba - La Convención – Cusco” (SNIP 184046); Que, con O fi cio N° 0645-2016-A-MPC, la Municipalidad Provincial de Canas solicita la reasignación de recursos otorgados a través del Decreto Supremo N° 144-2016-EF, debido a que la ejecución de algunos proyectos de inversión pública culminarán en el presente