Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2016 (10/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Domingo 10 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

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que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 0022015-DE, de fecha 28 de enero de 2015, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio de Defensa; Estando a lo propuesto por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del señor Almirante Jorge Ricardo Francisco MOSCOSO Flores, identificado con DNI Nº 43740737, Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, a fin que participe en la Ceremonia de Reconocimiento del nuevo Comandante General del Comando Sur de los Estados Unidos de América, a realizarse en la ciudad de Miami, Estado de Florida ­ Estados Unidos de América, el 14 de enero del presente año, autorizando su salida del país el 13 de enero y su retorno el 15 de enero de 2016. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa ­ Unidad Ejecutora 002: Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes (Lima ­ Miami ­ Lima):
US$. 2,776.00 x 1 persona (Incluye TUUA) Viáticos: US$ 440.00 x 2 días x 1 persona US$ 2,776.00

VISTO, el informe Nº 122-2015-DGRIN-AL del 04 de diciembre de 2015 del Asesor Legal de la Dirección General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3º del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática, aprobado por Decreto Supremo Nº 028-2006-DESG, de fecha 13 de diciembre de 2006, determina la naturaleza de la función del personal militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática, el cual brinda un servicio de naturaleza pública relacionado a los aspectos de Seguridad y Defensa en las diversas Misiones Diplomáticas del Perú y Representaciones Permanentes ante Organismos Internacionales de las cuales el Perú forma parte; sujetándose a la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas y demás normas internacionales que resulten aplicables; Que, de conformidad con el literal a) del artículo 4º del Reglamento antes descrito, los Agregados son de Defensa; excepcionalmente, cuando lo justifique la naturaleza de las relaciones existentes y de la gestión a desempeñar, los oficiales podrán ser nombrados como Agregado de Defensa Adjunto y Militar, Naval o Aéreo; Que, dicho cargo es desempeñado por personal superior de las Fuerzas Armadas, a través de una acreditación ante una Misión Diplomática o representación permanente ante un organismo internacional; Que, el artículo 8º del Reglamento del Personal Militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática, establece el proceso de selección de los oficiales para ocupar los cargos de Agregados de Defensa, Agregados de Defensa Adjuntos y Auxiliares de Agregadurías, los mismos que deberán ser cubiertos por personal de las Instituciones Armadas en los países que, por interés institucional, hayan sido seleccionados. Por requerimiento de las Instituciones Armadas podrían crearse nuevos cargos; Que, en dicho marco, el literal a) del artículo 8º del Reglamento en mención establece que el Ministro de Defensa aprobará el número de vacantes y la propuesta de cargos a desempeñar por el personal militar en Misión Diplomática para el año siguiente. La propuesta tendrá en consideración la dependencia técnica, logística y las relaciones existentes entre las Instituciones Armadas con los diferentes países y organismos internacionales; Que, asimismo, el inciso b) del artículo 8º antes descrito dispone que los cargos a desempeñar por el personal militar en Misión Diplomática, se establecerán mediante Resolución Suprema, refrendada por el Ministerio de Defensa; Que, mediante Oficio Nº 2506/W ­ c 3, del 23 de julio de 2015, el Director de Relaciones Internacionales del Ejército del Perú remite la propuesta de vacantes y cargos a desempeñar por el personal militar en Misión Diplomática para el periodo 2016-2017; Que, mediante Oficio Nº 3930/W ­ c 3, del 09 de noviembre de 2015, el Director de Relaciones Internacionales del Ejército del Perú remite información adicional relevante para la propuesta de vacantes y cargos a desempeñar por el personal militar en Misión Diplomática para el periodo 2016-2017; Que, mediante Oficio G.500-0537, del 28 de mayo de 2015, el Comandante General de la Marina remite la propuesta de vacantes y cargos a desempeñar por el personal militar en Misión Diplomática para el periodo 2016-2017; Que, mediante Oficio G.500-1033, del 20 de noviembre de 2015, el Comandante General de la Marina remite información adicional modificando la propuesta de vacantes y cargos a desempeñar por el personal militar en Misión Diplomática para el periodo 2016-2017; Que, mediante Oficio NC-35-CGFA-EMAI-Nº 3846, del 05 de agosto de 2015, el Secretario General de la FAP remite la propuesta de vacantes y cargos a desempeñar por el personal militar en Misión Diplomática para el periodo 2016-2017;

US$ 880.00 Total: US$ 3,656.00

Artículo 3º.- El Ministro de Defensa, queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 4º.- El Oficial Almirante designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, el personal militar, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema, será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1332097-2

Aprueban cargos vacantes a ser desempeñados por el Personal Superior y por el personal militar de las Fuerzas Armadas en Misión Diplomática en el exterior
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 005-2016-DE Lima, 9 de enero de 2016

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