Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 2016 (10/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Domingo 10 de enero de 2016 /

El Peruano

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES
Autorizan viaje de funcionaria del Ministerio a la Confederación Suiza, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 001-2016-MIMP Lima, 9 de enero de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante OF. RE (DDH) Nº 2-16-B/166 la Embajadora y Directora de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores hace de conocimiento de la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, lo concerniente a la sustentación del Perú de sus Informes Periódicos Cuarto y Quinto, así como sus Informes Iniciales sobre los Protocolos Facultativos de la Convención sobre los Derechos del Niño ante el Comité de los Derechos del Niño, que se llevarán a cabo los días 14 y 15 de enero de 2015, en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza; Que, asimismo, se indica que la sustentación a cargo del Estado peruano está programada para iniciarse el jueves 14 de enero de 2016, en el Palacio de las Naciones Unidas, debiendo dicha delegación estar presidida por una alta autoridad a cargo del tema, de preferencia un/a Ministro/a o Viceministro/a, además de estar integrada por técnicos especialistas en la materia según las diversas instituciones nacionales competentes, de manera que esté en condiciones de proveer las respuestas solicitadas; Que, en atención al precitado documento la delegación debe estar integrada, entre otros, por técnicos especialistas en la materia; por lo que, la Titular del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables ha designado a la señora María Del Carmen Santiago Bailetti, Directora General de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes, unidad que tiene la función de dirigir, coordinar y supervisar el Sistema Nacional de Atención Integral al Niño y al Adolescente, a fin de que acompañe y asista en lo relativo a la sustentación por parte del Estado peruano de los mencionados Informes ante el Comité de los Derechos del Niño; Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, establece que las autorizaciones de viaje al exterior por supuestos distintos a los señalados desde el literal a) hasta el literal g) del mismo numeral, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deben canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y autorizarse mediante resolución suprema; Que, en tal sentido, resulta de interés institucional la participación de la señora María Del Carmen Santiago Bailetti, Directora General de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; siendo que los gastos de pasajes aéreos y viáticos serán asumidos con cargo a los recursos presupuestales del referido Ministerio; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo 1098, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en la Ley 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; en la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y en el Decreto Supremo 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo 005-2006-PCM y el Decreto Supremo 056-2013PCM;

SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de la señora MARÍA DEL CARMEN SANTIAGO BAILETTI, Directora General de la Dirección General de Niñas, Niños y Adolescentes del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 12 al 16 de enero de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán con cargo a los recursos presupuestales del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos Viáticos (por 4 días) TOTAL US$ US$ US$ 2 932,55 2 160,00 5 092,55

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada funcionaria deberá presentar ante la Titular del Sector un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros MARCELA HUAITA ALEGRE Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1332097-3

RELACIONES EXTERIORES
Ratifican el "Convenio Internacional del Cacao, 2010"
DECRETO SUPREMO Nº 001-2016-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el "Convenio Internacional del Cacao, 2010" fue adoptado el 25 de junio de 2010 en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, y aprobado por Resolución Legislativa Nº 30406, del 04 de enero de 2016; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 56º y 118º inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley Nº 26647; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el "Convenio Internacional del Cacao, 2010", adoptado el 25 de junio de 2010 en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, y aprobado por Resolución Legislativa Nº 30406, del 04 de enero de 2016. Artículo 2º.- De conformidad con los artículos 4º y 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto íntegro del Convenio, así como su fecha de entrada en vigencia.

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