Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2016 (16/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Sábado 16 de enero de 2016

SALUD

NORMAS LEGALES

575651

SALUD
Encargan funciones de Coordinadora General del Programa Nacional de Inversiones en Salud - PRONIS, y designan Titular de la Unidad Ejecutora 123: Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud PARSALUD
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 025-2016/MINSA Lima, 14 de enero del 2016 Visto, el Expediente Nº 15-124906-008, que contiene la Nota Informativa Nº 03-2016-DVM-PAS/MINSA, emitida por el Viceministro de Prestaciones y Aseguramiento en Salud del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 164-2012/ MINSA de fecha 8 de marzo de 2012 se designó al Coordinador General del Programa de Apoyo a la Reforma

del Sector Salud (Segunda Fase) ­ PARSALUD II, como Titular de la Unidad Ejecutora 123: Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud del Pliego 011: Ministerio de Salud; Que, con Resolución Ministerial Nº 643-2012/MINSA de fecha 1 de agosto de 2012, se designó al médico cirujano Walter Eduardo Vigo Valdez en el cargo de Coordinador General del Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud (Segunda Fase) ­ PARSALUD II; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 0352014-SA se creó el Programa Nacional de Inversiones en Salud ­ PRONIS, con la finalidad de ampliar y mejorar la capacidad resolutiva de los establecimientos de salud y coadyuvar a cerrar las brechas en infraestructura y oferta de servicios para obtener las mejoras sanitarias, en cumplimiento de los lineamientos de la política nacional y sectorial; Que, según lo señalado en el artículo 7 del citado Decreto Supremo, la conducción y dirección del Programa Nacional de Inversiones en Salud ­ PRONIS estará a cargo de un Coordinador General que será designado mediante Resolución Ministerial; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 955-2014/ MINSA de fecha 9 de diciembre de 2014, se dispuso que el Programa Nacional de Inversiones en Salud ­ PRONIS ejecute sus actividades a través de la Unidad Ejecutora 123: Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud -

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modificado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen gráficos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com. pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN

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