Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2016 (16/01/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

575636

NORMAS LEGALES

Sábado 16 de enero de 2016 /

El Peruano

designación de los representantes del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante los Núcleos Ejecutores departamentales correspondientes a los departamentos de Ucayali y Cusco y, a efecto de mantener la operatividad de los referidos núcleos, designar en su lugar nuevos representantes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2012-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación de los representantes del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante los Núcleos Ejecutores de alcance departamental de los departamentos de Ucayali y Cusco, realizada mediante Resolución Ministerial N° 269-2014-MIDIS y Resolución Ministerial N° 167-2015-MIDIS, respectivamente. Artículo 2.- Designar como representantes del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante los Núcleos Ejecutores de alcance departamental de los departamentos de Ucayali y Cusco a los señores Pascual Aguirre Gamboa y Miguel Ángel Febres Lecaros, respectivamente. Artículo 3.- Remitir copia de la presente resolución al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y al Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social ­ FONCODES, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. PAOLA BUSTAMANTE SUÁREZ Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1334730-1

planificará y ejecutará las acciones del Consejo, y tendrá funciones de administración y representación; Que, el artículo 9 del referido Decreto Supremo autoriza al Ministerio de Educación para que, mediante Resolución Ministerial, modifique y adecue los instrumentos de gestión que sean necesarios para la aplicación de lo dispuesto por dicho Decreto Supremo; Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 494-2002ED se aprobó el Reglamento Interno del Consejo Nacional de Educación; Que, mediante Oficio Nº 054-2015-MINEDU/DM-CNE, el Presidente del Consejo Nacional de Educación remite para aprobación del proyecto de Reglamento Interno del referido órgano, el mismo que permitirá desarrollar sus funciones dentro de un marco organizativo compatible con sus metas y objetivos; Que, a través del Oficio Nº 168-2015-MINEDU/SPEOPEP-UNOME e Informe Nº 032-2015-MINEDU/SPEOPEP-UNOME, la Unidad de Organización y Métodos opina de manera favorable respecto al referido proyecto y solicita que se continúe con el trámite de aprobación; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 28044, Ley General de Educación; el Decreto Supremo Nº 007-2002-ED; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Reglamento Interno del Consejo Nacional de Educación, constituido por 9 capítulos y 27 artículos, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 494-2002-ED. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación ­ SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ Ministro de Educación 1334797-1

EDUCACION
Aprueban el Reglamento Interno del Consejo Nacional de Educación
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 044-2016-MINEDU Lima, 15 de enero de 2016 VISTO, el Oficio Nº 054-2015-MINEDU/DM-CNE; CONSIDERANDO: Que, el artículo 81 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Consejo Nacional de Educación es un órgano especializado, consultivo y autónomo del Ministerio de Educación que tiene como como finalidad participar en la formulación, concertación, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Nacional, las políticas y planes educativos de mediano y largo plazo y las políticas intersectoriales que contribuyen al desarrollo de la educación. Promueve acuerdos y compromisos a favor del desarrollo educativo del país a través del ejercicio participativo del Estado y la sociedad civil; opina de oficio en asuntos concernientes al conjunto de la educación peruana y está integrado por personalidades especializadas y representativas de la vida nacional, seleccionadas con criterios de pluralidad e interdisciplinariedad; Que, a través del Decreto Supremo Nº 007-2002-ED se reincorpora al Consejo Nacional de Educación, como órgano especializado del Sector Educación, dentro de su estructura orgánica, y estable que dicho Consejo estará conformado por 25 integrantes designados mediante Resolución Ministerial por un período de seis años. Asimismo, regula sus funciones, ámbito de competencia y la elección de su Presidente, Vicepresidente y tres vocales, quienes conformarán el Comité Directivo, el mismo que

ENERGIA Y MINAS
Crean Comité de Inversiones en Energía del Ministerio de Energía y Minas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 008-2016-MEM/DM Lima, 14 de enero de 2016 CONSIDERANDO: Que, el numeral 8.1 del artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1224, Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, en adelante la Ley, establece, entre otros, que el Ministerio que tenga proyectos o prevea desarrollar procesos de promoción de la inversión privada bajo las modalidades reguladas en dicha norma, crea un Comité de Inversiones para desempeñarse como Organismo Promotor de la Inversión Privada para los procesos de promoción bajo su competencia, conforme lo establece el artículo 6 de la Ley y como órgano de coordinación con PROINVERSIÓN en los procesos de promoción bajo competencia o encargados a éste último; Que, el numeral 8.2 del artículo 8 de la Ley, señala que la designación de los miembros del Comité de Inversiones

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.