Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 2016 (16/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Sábado 16 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

575669

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Designan responsables titular y suplente de remitir ofertas laborales del Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes Productivos" a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 120-2015-MTPE/3/24.2/ JOVENES PRODUCTIVOS/DE Lima, 14 de diciembre de 2015. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2011-TR de fecha 20 de agosto de 2011, modificado por los Decretos Supremos Nº 004-2012-TR y Nº 004-2015-TR, se creó el Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes Productivos", dependiente del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el cual se establece sobre la base de la Unidad Ejecutora 002 Capacitación Laboral Juvenil PROJOVEN, la misma que cuenta con autonomía técnico-administrativa, económica y financiera y que tiene por finalidad la inserción de los, las jóvenes de 15 a 29 años de edad, de escasos recursos económicos y/o en situación de vulnerabilidad, de las familias más pobres de la población rural y urbana, a través de su capacitación y fomento en el acceso al mercado de trabajo formal; Que, mediante Resolución del Secretario General Nº 223-2015-TR/SG, la Secretaria General del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprueba la Directiva Especifica Nº 009-2015-MTPE/4, Directiva que Regula el Procedimiento de Selección y Contratación del Personal bajo el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios - CAS de la Unidad Ejecutora 002: Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes Productivos" del Pliego 012 Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante Ley Nº 27736, Ley para la Trasmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales, se dispuso que el Instituto de Radio y Televisión del Perú ­ IRTP, a través de la Radio Nacional del Perú y Canal 7, programará un horario para avisos de servicio público, en los que se ofrezcan puestos de trabajo públicos y privados; Que, de conformidad con el Artículo 2º del Decreto Supremo Nº 012- 2004-TR, Reglamento de la Ley Nº 27736, los organismos públicos y empresas del Estado remitirán con diez (10) días hábiles de anticipación al inicio del concurso, los puestos de trabajo vacantes a ofertar; la comunicación deberá ser realizada por el funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad, el cual es nombrado mediante Resolución del titular de la entidad, la cual deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, el artículo 3º de la Ley Nº 29849 incorpora, entre otros, el artículo 8º al Decreto Legislativo Nº 1057, estableciendo que el acceso al régimen de Contratación Administrativa de Servicios se realiza obligatoriamente mediante concurso. La convocatoria se realiza a través del portal institucional de la entidad convocante, en el Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo y en el Portal del Estado Peruano, sin perjuicio de utilizarse, a criterio de la entidad convocante, otros medios de información; Con el visto de la Unidad Gerencial de Administración y de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución del Secretario General Nº 223-2015-TR/SG, Ley Nº 27736 "Ley para la Transmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales" y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2004-TR; en el Decreto Legislativo Nº 1057 modificado por la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29849, y su Reglamento aprobado por

Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM y modificado por el Decreto Supremo Nº 065-2011-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- DESIGNAR como responsables titular y suplente al Gerente de la Unidad Gerencial de Administración y al Jefe del Área de Recursos Humanos, respectivamente, de remitir las ofertas laborales de la Unidad Ejecutora 002 Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes Productivos", a la Dirección General del Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. Artículo 2º.- DEJAR SIN EFECTO toda disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 3º.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Unidad Ejecutora 002 Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes Productivos", en el Portal Institucional: www.jovenesproductivos.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. ERICK LEONARDO VERANO MEZA Director Ejecutivo Programa Nacional de Empleo Juvenil "Jóvenes Productivos" 1334363-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 042-PE-ESSALUD-2016 Mediante Carta N° 44-SG-ESSALUD-2016, el Seguro Social de Salud solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 042-PEESSALUD-2016, publicada en la edición del 11 de enero de 2016. En la parte del vistos.DICE: La Carta N° 06-GCPGCI-ESSALUD-2016 y el Informe N° 002-CCG-GCPGCI-ESSALUD-2016 de la Gerencia Central de Promoción y Gestión de Contratos de Inversiones; y, la Carta N° -GCAJ-ESSALUD-2016 y el Informe N° -GNAA-GCAJ-ESSALUD-2016 de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica, y; DEBE DECIR: La Carta N° 06-GCPGCI-ESSALUD-2016 y el Informe N° 002-CCG-GCPGCI-ESSALUD-2016 de la Gerencia Central de Promoción y Gestión de Contratos de Inversiones; y, la Carta N° 045-GCAJ-ESSALUD-2016 y el Informe N° 009-GNAA-GCAJ-ESSALUD-2016 de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica, y; En la parte resolutiva.DICE: ... 3. DISPONER que el Comité de Inversiones de ESSLAUD se instale en un plazo no mayor de tres (03) días calendario contados a partir de la emisión de la presente Resolución. DEBE DECIR: ... 3. DISPONER que el Comité de Inversiones de ESSALUD se instale en un plazo no mayor de tres (03) días calendario contados a partir de la emisión de la presente Resolución. 1334122-1

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