Norma Legal Oficial del día 21 de enero del año 2016 (21/01/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

El Peruano / Jueves 21 de enero de 2016

NORMAS LEGALES

576013

30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; SE RESUELVE: Artículo 1. Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Javier Manuel Paulinich Velarde, Director General para Asuntos Económicos, a la ciudad de México DF, Estados Unidos Mexicanos, para participar del 28 al 29 de enero de 2016 en la reunión señalada en la parte considerativa de la presente resolución, autorizando su salida del país del 27 al 30 de enero de 2016. Artículo 2. Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios por concepto de viáticos al 50%, serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0090930 Integración y Negociaciones Económicas Internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Viáticos por día al 50% US$ 220,00 N.° de días 2+1 Total viáticos US$ 660,00

Nombres y Apellidos Javier Manuel Paulinich Velarde

Artículo 3. Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar a la Ministra de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4. La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ANA MARÍA SÁNCHEZ DE RÍOS Ministra de Relaciones Exteriores 1336419-4

Que, por su parte, el artículo 31 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-2010-RE, establece que la Oficina General de Administración es el órgano de apoyo que depende de la Secretaria General. Es responsable de la gestión administrativa y financiera del Ministerio, y del cumplimiento de las funciones establecidas en las normas de los Sistemas Administrativos de Contabilidad, Tesorería y Abastecimiento. Asimismo se encarga de la administración de los recursos para el funcionamiento de los Órganos del Servicio Exterior y de los órganos desconcentrados del Ministerio; Que, la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 350-2015-EF, establecen que el Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que dicha norma le otorga; Que, de otro lado, el artículo 74 de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, establece que la titularidad y el ejercicio de competencia asignada a los órganos administrativos se desconcentra en otros jerárquicamente dependientes de aquellos, siguiendo los criterios establecidos en dicha Ley, por lo que es necesario establecer niveles de desconcentración de los procesos decisorios en el Ministerio de Relaciones Exteriores, delegando en los titulares de la Secretaría General y de la Oficina General de Administración, las facultades en materia de Gestión Administrativa y de Contrataciones del Estado a que se refiere la presente resolución, a la luz de la normativa legal anteriormente citada; Con los visados de la Secretaría General, de la Oficina General de Administración, y de la Oficina de Asuntos Legales; Estando a lo expuesto y de conformidad en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General; y en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 1352010-RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- De la Delegación al Titular de la Secretaría General Delegar en el Secretario General del Ministerio de Relaciones Exteriores, las siguientes facultades: 1.1. EN MATERIA NORMATIVA Aprobar directivas, planes, manuales, así como todo documento normativo que regule los actos de administración interna, elaboración de documentos de gestión, trámites internos, lineamientos técnicosnormativos y metodológicos, orientados a optimizar los procedimientos administrativos de carácter interno a cargo de todas las unidades orgánicas del Ministerio de Relaciones Exteriores. 1.2. EN MATERIA DE CONTRATACIONES DEL ESTADO a) Aprobar las modificaciones del Plan Anual de Contrataciones del Ministerio de Relaciones Exteriores. b) Autorizar los procesos de estandarización. c) Resolver los recursos de apelación interpuestos contra los actos dictados durante el desarrollo de los procedimientos de selección correspondientes a licitación pública, concurso público, adjudicación simplificada, subasta inversa electrónica, selección de consultores individuales, comparación de precios; desde la convocatoria hasta aquellos actos emitidos antes de la celebración del contrato cuyo valor estimado o valor referencial monto sea igual o menor a 65 unidades impositivas tributarias. 1.3. EN MATERIA ADMINISTRATIVA a) Resolver los recursos administrativos interpuestos ante los órganos dependientes del Ministerio de Relaciones Exteriores, en aquellos procedimientos en los que éste constituya última instancia.

Delegan diversas facultades en el Secretario General y en el Jefe de la Oficina General de Administración del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0052/RE-2016 Lima, 19 de enero de 2016 CONSIDERANDO: Que, el último párrafo del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que los Ministros de Estado pueden delegar, en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normatividad lo autorice; Que, en ese marco, el artículo 9 de la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, dispone, entre otros aspectos, que la Ministra ejerce la titularidad del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, pudiendo desconcentrar las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función. Asimismo el literal u) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado mediante Decreto Supremo N° 135-2010-RE, establece que la Ministra de Relaciones Exteriores puede delegar las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función de Ministra de Estado, de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la referida Ley N° 29357 y el artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, el Secretario General es la más alta autoridad administrativa del Ministerio;

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