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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ENERO DEL AÑO 2016 (21/01/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 39

576029 NORMAS LEGALES Jueves 21 de enero de 2016 El Peruano / defender los derechos de las personas al acceso a los servicios de salud; registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS, así como, supervisar y registrar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS y Unidades de Gestión de IPRESS - UGIPRESS, en el ámbito de su competencia; Que, de conformidad con la Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1158, antes citado, el personal de SUSALUD se encuentra comprendido dentro del régimen laboral de la actividad privada establecido por el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo N° 003-97-TR, en tanto se implementen las disposiciones contenidas en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2014- SA se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de SUSALUD, en cuyo artículo 11° se establece que SUSALUD cuenta con una Secretaría General, como órgano de Alta Dirección dependiente de la Superintendencia, responsable de conducir estratégicamente las actividades de los órganos de administración interna. Constituye la máxima autoridad administrativa y actúa como nexo de coordinación entre la Alta Dirección y los órganos de administración interna; teniendo asignadas las funciones que establece el artículo 12° del citado Reglamento; Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 002-2016-SUSALUD/S publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 20 de enero de 2016, se acepta la renuncia presentada por el señor Jorge Luis Cáceres Neyra al cargo de con fi anza de Secretario General de la Superintendencia Nacional de Salud; Que, conforme a los artículos 53°, 54° y 56° del Reglamento Interno de Trabajo de SUSALUD, aprobado por Resolución de Secretaría General N° 046-2015-SUSALUD/SG, es derecho exclusivo de SUSALUD planear, organizar, dirigir, coordinar y controlar las actividades del desplazamiento del trabajador en el centro de trabajo; siendo el desplazamiento, el acto mediante el cual un servidor, por disposición fundamentada de la entidad, pasa a desempeñar temporalmente diferentes funciones dentro o fuera de su entidad, teniendo en consideración las necesidades de la entidad; constituyen desplazamientos, entre otros, el encargo de funciones de naturaleza temporal, excepcional y fundamentada, que procede cuando el trabajador cumple con el per fi l del puesto vacante, se cuenta con su consentimiento previo y se desarrolla dentro del período presupuestal; pudiendo dar lugar a la percepción del diferencial remunerativo cuando supere los treinta (30) días calendario; Que, estando al Informe del Visto de la O fi cina General de Gestión de las Personas, por necesidad de servicio y a fi n de garantizar la continuidad de la buena marcha institucional, resulta pertinente encargar temporalmente al señor abogado Agustín Segundo Silva Vite, las funciones de Secretario General de la Superintendencia Nacional de Salud, en adición a su cargo de Asesor de la Superintendencia; Con el visto del Director General de la O fi cina General de Gestión de las Personas y de la Encargada de las funciones de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, Estando a las facultades conferidas por el artículo 9° y los literales d), h) y t) del artículo 10° del Reglamento de Organización y Funciones – ROF de SUSALUD, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2014-SA y a la renovación de designación dispuesta por la Resolución Suprema N° 002-2016-SA. SE RESUELVE:Artículo 1°.- ENCARGAR, a partir de la fecha, al señor AGUSTIN SEGUNDO SILVA VITE las funciones de Secretario General de la Superintendencia Nacional de Salud – SUSALUD, en adición a su cargo de Asesor de la Superintendencia, conforme a los considerandos de la presente Resolución. Artículo 2º.- DISPONER la noti fi cación de la presente Resolución al interesado para conocimiento; así como a la O fi cina General de Gestión de las Personas, O fi cina General de Administración y O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, para los fi nes correspondientes, conforme a sus respectivas funciones.Artículo 3°.- ENCARGAR a la O fi cina de Comunicación Corporativa la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Asimismo, encargar a la O fi cina General de Asesoría Jurídica la publicación de la presente Resolución en la Página Web Institucional. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLOR DE MARÍA PHILIPPS CUBA Superintendente 1336213-1 Encargan funciones de Intendente de la Intendencia de Supervisión de las ISIAFAS de SUSALUD RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 005-2016-SUSALUD/S Lima, 20 de enero de 2016VISTO: El Informe N° 00021-2016/OGPER de fecha 20 de enero de 2016, de la O fi cina General de Gestión de las Personas; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 9°, 11° y 13° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2014-SA, en armonía con el Decreto Legislativo N° 1158 que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud – SUNASA, se crea la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD como organismo público técnico especializado, adscrito al Ministerio de Salud, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y fi nanciera; encargada de promover, proteger y defender los derechos de las personas al acceso a los servicios de salud; registrar, autorizar, supervisar y regular a las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud - IAFAS, así como, supervisar y registrar a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPRESS y Unidades de Gestión de IPRESS - UGIPRESS, en el ámbito de su competencia; Que, de conformidad con la Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1158, antes citado, el personal de SUSALUD se encuentra comprendido dentro del régimen laboral de la actividad privada establecido por el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo N° 003-97-TR, en tanto se implementen las disposiciones contenidas en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; Que, con Decreto Supremo N° 008-2014-SA se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones – ROF de SUSALUD, en cuyo artículo 43° se establece que SUSALUD cuenta con una Intendencia de Supervisión de Instituciones Administradores de Fondos de Aseguramiento en Salud como órgano de línea dependiente de la Superintendencia Adjunta de Supervisión, responsable de supervisar las actividades de las IAFAS, así como los aspectos contables y fi nancieros de las Unidades de Gestión de IPRESS; teniendo asignadas las funciones que establece el artículo 44° del citado Reglamento; Que, mediante Resolución de Superintendencia N° 003-2016-SUSALUD/S, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 20 de enero de 2016, se acepta la renuncia presentada por el señor Luis Enrique Navarro Coronado al cargo de con fi anza de Intendente de la Intendencia de Supervisión de las Instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud – ISIAFAS de la Superintendencia Nacional de Salud; Que, conforme a los artículos 53°, 54° y 56° del Reglamento Interno de Trabajo de SUSALUD, aprobado por Resolución de Secretaría General N° 046-2015-SUSALUD/SG, es derecho exclusivo de SUSALUD planear, organizar, dirigir, coordinar y controlar las actividades del desplazamiento del trabajador