Norma Legal Oficial del día 16 de febrero del año 2016 (16/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

Martes 16 de febrero de 2016 /

El Peruano

Que, mediante Resolución Nº 099-2015-AMAG-CD/P de fecha 10 de Agosto del 2015, se designó al Ing. José Martín Li Llontop como funcionario Responsable de remitir las Ofertas de Empleo al Ministerio de Trabajo, de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 012-2004-TR. Que, mediante Resolución Nº 10-2015-AMAG-CD, de fecha 11 de mayo del 2015 se designó en el cargo de confianza de Director Académico de la Academia de la Magistratura, al señor Bruno Alberto Novoa Campos, en el cargo estructural correspondiente a la plaza Nº 13, nivel F-B prevista en el Cuadro para Asignación de PersonalCAP y en el Presupuesto Analítico de Personal ­PAP vigente; En uso de las facultades otorgadas mediante la Ley Orgánica de la Academia de la Magistratura Nº 26335, y su Estatuto, aprobado por Resolución Administrativa del Pleno del Consejo Directivo Nº 06-2012-AMAG-CD, de conformidad con el mandato legal, y en ejercicio de sus atribuciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución Nº 099-2015-AMAG-CD/P de fecha 10 de agosto del 2015. Artículo Segundo.- DESIGNAR al señor Bruno Alberto Novoa Campos, Director Académico, como funcionario responsable de remitir las Ofertas de Empleo al Ministerio de Trabajo, de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 012-2004-TR. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Web Institucional de la Academia de la Magistratura. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. JOSUÉ PARIONA PASTRANA. Juez Supremo de la Corte Suprema de Justicia de la República Presidente del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura 1345411-1

ORGANOS AUTONOMOS

función de los principios de especialización y flexibilidad; Que, por Resolución de Contraloría N° 027-2016CG de 08 de febrero de 2016, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, el cual establece en el numeral 1 del artículo 22° que el Departamento de Control de Gestión revisa y consolida los Planes Anuales de Control (PAC). Asimismo, en el numeral 5 del artículo 19° se señala que la Gerencia Central de Planeamiento Estratégico propone la aprobación de los Planes Anuales de Control; Que, mediante Resolución de Contraloría N° 3612015-CG de 11 de diciembre de 2015 se aprobaron, entre otros, los "Lineamientos de Política para el Planeamiento del Control Gubernamental a cargo del Sistema Nacional de Control ­ año 2016" y la Directiva N° 016-2015-CG/ PEC "Directiva de Programación, Monitoreo y Evaluación del Plan Anual de Control 2016 de los Órganos de Control Institucional", la cual regula el proceso de programación, monitoreo y evaluación del PAC a cargo de los Órganos de Control Institucional (OCI) de las entidades bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control; Que, la mencionada directiva establece en el numeral 6.2.1 que, los OCI contando con la conformidad de las unidades orgánicas de la cual dependen registrarán su proyecto de PAC en el Sistema de Control Gubernamental Web (SCG Web), los cuales serán revisados y validados por dichas unidades orgánicas, para su posterior remisión por el SCG Web al Departamento de Control de Gestión. Asimismo, en el numeral 6.2.2 se señala que el Departamento de Control de Gestión efectúa la revisión selectiva y la consolidación de los proyectos de PAC de los OCI en el SCG Web y elabora los documentos correspondientes para su aprobación, remitiéndolos a la Gerencia Central de Planeamiento Estratégico para la tramitación correspondiente; Que, conforme al documento de visto, la Gerencia Central de Planeamiento Estratégico recomienda la aprobación de los Planes Anuales de Control 2016 de setecientos quince (715) Órganos de Control Institucional, los cuales han sido revisados y cuentan con la conformidad de las unidades orgánicas de la Contraloría General de la República, correspondiendo proceder a la aprobación respectiva; En uso de las facultades conferidas por el literal h) del artículo 22° y los literales b) y c) del artículo 32° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República; SE RESUELVE:

CONTRALORIA GENERAL
Aprueban Planes Anuales de Control 2016 de Órganos de Control Institucional de diversas entidades que se encuentran bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control
RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 067-2016-CG Lima, 15 de febrero de 2016 VISTO, la Hoja Informativa Nº 0005-2016-CG/PEC de la Gerencia Central de Planeamiento Estratégico, mediante la cual propone la aprobación de los Planes Anuales de Control 2016 de setecientos quince (715) Órganos de Control Institucional; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el literal h) del artículo 22° de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, es atribución de este Organismo Superior de Control aprobar los planes anuales de control de las entidades; Que, el literal b) del artículo 32° de la Ley N° 27785, establece como facultades del Contralor General de la República, planear, aprobar, dirigir, coordinar y supervisar las acciones de la Contraloría General y de los órganos del Sistema; asimismo, el literal c) lo faculta a dictar las normas y las disposiciones especializadas que aseguren el funcionamiento del proceso integral de control, en

Artículo Primero.- Aprobar los Planes Anuales de Control 2016 de setecientos quince (715) Órganos de Control Institucional de las entidades que se detallan en anexo adjunto, las mismas que se encuentran bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control. Artículo Segundo.- Las unidades orgánicas de la Contraloría General de la República, bajo cuyo ámbito de control se encuentran los Órganos de Control Institucional anteriormente señalados, se encargarán de supervisar la ejecución de los Planes Anuales de Control 2016 aprobados. Artículo Tercero.- Encargar al Departamento de Tecnologías de la Información la publicación de la presente Resolución en el Portal del Estado Peruano (www.peru. gob.pe) y en el Portal de la Contraloría General de la República (www.contraloria.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. FUAD KHOURY ZARZAR Contralor General de la República ANEXO A LA RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 067-2016-CG
Item 1 2 3 4 5 COD. 0001 0002 0003 0004 0010 ENTIDAD MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS BANCO CENTRAL DE RESERVA DEL PERÚ - BCR SUPERINTENDENCIA DE BANCA SEGUROS Y AFP - SBS SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES (EXCONASEV) BANCO DE LA NACIÓN

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