Norma Legal Oficial del día 22 de febrero del año 2016 (22/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

Lunes 22 de febrero de 2016 /

El Peruano

público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en el marco de las acciones de promoción de exportaciones programadas por la Subdirección de Promoción Internacional de la Oferta Exportable de PROMPERÚ, se ha previsto la participación conjuntamente con empresas exportadoras peruanas de los sectores industria de la vestimenta y decoración, manufacturas diversas, servicios, agroindustria y productos pesqueros, en la Feria Internacional "EXPOCOMER 2016", a realizarse del 9 al 12 de marzo de 2016, en la ciudad de Panamá, República de Panamá, con el objetivo de promover nuestra oferta exportable en el mercado centroamericano; Que, resulta de importancia la participación en esta Feria, por ser el evento multisectorial más importante de Centroamérica, permitiendo a las empresas peruanas participantes la internacionalización y posicionamiento de sus productos dentro del mercado centroamericano, así como la búsqueda de potenciales compradores, importadores y distribuidores, que faciliten el ingreso de nuestras exportaciones a dicho mercado; Que, por tal razón, la Dirección de Promoción de las Exportaciones de PROMPERÚ, ha solicitado que se autorice la comisión de servicios al exterior de la señorita Janeth Melendez Briceño, quien presta servicios en dicha Dirección, a la ciudad de Panamá, República de Panamá, para que en representación de PROMPERÚ, participe en la referida Feria, realizando acciones de promoción de exportaciones de importancia para el país y coordinando cuanto se refiere a la instalación y atención del stand peruano; Que, la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje a la ciudad de Panamá, República de Panamá, de la señorita Janeth Melendez Briceño, del 7 al 13 de marzo de 2016, para que en representación de PROMPERÚ lleve a cabo acciones de promoción de nuestras exportaciones durante la Feria mencionada en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Nombres y apellidos Pasajes aéreos Viáticos N° Clase Económica día días US $ 482,00 315,00 6 Total Viáticos 1 890,00

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 033-2016-PROMPERÚ/SG Lima, 18 de febrero de 2016 Visto los Sustentos Técnicos de viaje de las Direcciones de Promoción del Turismo y de las Exportaciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, la Alianza del Pacífico conformada por Colombia, Chile, México y Perú, constituye un mecanismo de articulación política, económica y de cooperación, cuyo objetivo es constituir un área de integración profunda que genere condiciones de crecimiento, desarrollo y competitividad de sus economías, mediante la búsqueda progresiva de la libre circulación de bienes, servicios, capitales y personas, con el fin de lograr una inserción efectiva en otras regiones, particularmente en Asia Pacífico; Que, el 25 de febrero de 2016, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, se realizará la reunión de entidades de Promoción de Turismo de la Alianza de Pacífico, con el objetivo de coordinar y evaluar la participación conjunta en los eventos Tianguis Turístico, II Caravana Turística de la Alianza del Pacífico, III Macrorueda de Turismo de la Alianza del Pacífico y II Roadshow de Turismo de la Alianza del Pacífico en China, con la finalidad de promover el turismo de los países miembros; Que, asimismo la XXII Ronda de los Grupos Técnicos de la Alianza del Pacífico, a realizarse en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 29 de febrero al 3 de marzo de 2016, permitirá al Grupo Técnico de Innovación reunirse para definir actividades y acciones a desarrollar en el 2016 para promover la construcción y fortalecimiento del ecosistema de innovación del bloque; asimismo, realizar coordinaciones de cooperación con el Banco Interamericano de Desarrollo ­ BID y la Corporación Andina de Fomento - CAF Que, también se ha contemplado la participación conjuntamente con empresas del sector turismo, en la Feria Internacional "ANATO 2016", a llevarse a cabo del 24 al 26 de febrero de 2016, en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, evento que está dirigido principalmente a los profesionales del turismo, con el objetivo de fomentar la comercialización de los destinos turísticos del Perú, a través de la participación conjunta con las empresas peruanas participantes; Que, en tal razón, las Direcciones de Promoción del Turismo y de las Exportaciones, han solicitado que se autorice la comisión de servicios al exterior de la señora Sandra Patricia Gerardina Doig Alberdi y del señor Mario Eduardo Ocharan Casabona, quienes prestan servicios en dichas Direcciones, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, para que en representación de PROMPERÚ, desarrollen actividades vinculadas a la promoción turística del Perú en los eventos antes mencionados; Que, la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ;

Janeth Melendez Briceño

Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, la señorita Janeth Melendez Briceño, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante la Feria a la que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General (e) 1347775-1

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