Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2016 (25/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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Rocío Elena Barreda Santos: Pasajes Viáticos (US$ 370,00 x 04 días) : US $ : US $

NORMAS LEGALES
771,20 1 480,00

Jueves 25 de febrero de 2016 /

El Peruano

Álvaro Antonio Gálvez Calderón, Juan Manuel Ccopa Atamari y Gloria Eugenia Ramírez Ramírez: Pasajes (US$ 709,59 x 03 personas) : US $ 2 128,77 Viáticos (US$ 370,00 x 04 días x 03 personas) : US $ 4 440,00 Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, los funcionarios y personal cuyo viaje se autoriza mediante los artículos 1° y 2° de la presente Resolución, presentará a la Ministra de Comercio Exterior y Turismo, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirán; asimismo, presentarán la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 5.- Encargar a la señora María del Carmen Angélica de Reparaz Zamora, Viceministra de Turismo, las funciones del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior, a partir del 02 de marzo de 2016, y en tanto dure la ausencia de su titular. Artículo 6.- Encargar las funciones de la Dirección General de Negociaciones Comerciales Internacionales, a la señora María Victoria Elmore Vega, Directora de Asuntos Multilaterales, a partir del 28 de febrero de 2016 y en tanto dure la ausencia de su titular. Artículo 7.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1347964-1

Delegan facultades al Secretario General, al funcionario a cargo de la Oficina de Administración y Finanzas y al Director de Gestión Académica de CENFOTUR, durante el Ejercicio Fiscal 2016
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 046-2016-CENFOTUR/DN Barranco, 22 de febrero de 2016 VISTO: El Informe N° 018-2016-OAJ-SG de fecha 22 de febrero de 2016, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica, referido a la Delegación de Facultades; CONSIDERANDO: Que, el Centro de Formación en Turismo ­ CENFOTUR es un Organismo Público Técnico Especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, con autonomía académica, económica, financiera y administrativa, de conformidad con el Decreto Ley N° 22155; destinado a la formación, capacitación, especialización y certificación de los recursos humanos en el campo de la actividad turística; Que, el numeral 7.1 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411 Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, dispone que el Titular de una Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las Leyes de Presupuestos del Sector Público o la norma de creación de la entidad, siendo responsable solidario con el delegado; Que mediante Ley Nº 30372, Ley De Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se establece las disposiciones que deben observar los organismos del

Sector Público para ejecutar el proceso presupuestario durante el ejercicio fiscal 2016; Que, la Ley N° 30225 ­ Ley de Contratación con el Estado, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 11 de Julio de 2015, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 350-2015-EF, con vigencia a partir del 09 de enero de 2016 establecen las disposiciones y lineamientos legales que deberán considerar las entidades aludidas en el artículo 3° de la citada Ley, a efectos de tramitar los procedimientos de contrataciones de bienes, servicios y obras; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley de Contrataciones con el Estado, establece que "... El Titular de la Entidad puede delegar, mediante resolución, la autoridad que la presente norma le otorga. No pueden ser objeto de delegación, la declaración de nulidad de oficio, las autorizaciones de prestaciones adicionales de obra, la aprobación de las contrataciones directas salvo aquellas que disponga el reglamento de acuerdo a la naturaleza de la contratación, y los otros supuestos que se establezcan en el reglamento; Que, mediante Resolución Directoral N° 002-2016-CENFOTUR/DN, de fecha 05 de enero de 2016, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 09 de enero de 2016, en la que se resuelve la Delegación de Facultades en materia de contrataciones entre otras facultades; Que, mediante Resolución Directoral N° 011-2016-CENFOTUR/DN, de fecha 11 de enero de 2016, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 20 de enero de 2016, se resuelve Adecuar la Delegación de Facultades en materia de contrataciones, teniendo en consideración la entrada en vigencia del Decreto Supremo N° 3502015-EF que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado; Que, la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante el documento del visto remite el Informe N° 016-2016-CENFOTUR-OAJ-SG de fecha 19 de febrero de 2016, sobre la Ampliación de Delegación de Facultades en materia de contrataciones, teniendo en consideración la entrada en vigencia del Decreto Supremo N° 3502015-EF que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, señalando que corresponde otorgar las delegaciones de manera expresa y literal; Que, conforme a lo señalado en el artículo 50° de la Directiva de Tesorería N° 001-2007-EF-77.15, los titulares y suplentes de las cuentas bancarias son designados mediante Resolución del Titular del Pliego o del Funcionario a quien este hubiera delegado de manera expresa esta facultad; Que, asimismo, el artículo 86° del Reglamento de Contrataciones del Estado, respecto a la aprobación de contrataciones directas, establece que "(...) la potestad de aprobar contrataciones es indelegable, salvo los supuestos indicados en los literales e) g), j), k), l) y m) del artículo 27 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones con el Estado; Que, el Decreto Ley N° 22155, Ley de Creación del Centro de Formación en Turismo ­ CENFOTUR dispone en su artículo 10° que el Director es la máxima autoridad de la entidad titular del Pliego Presupuestal correspondiente; Que, a fin de optimizar el accionar de la Entidad, corresponde actualizar la delegación de facultades y atribuciones administrativas de resolución y gestión que no sean propias de dicho cargo, por lo que resulta necesario emitir la Resolución Directoral que formalice dicha aprobación; Que, conforme a lo expuesto resulta necesario emitir la Resolución Directoral que formalice dicha ampliación de facultades, de acuerdo a la normativa vigente en materia de contrataciones; Con la visación, la Oficina de Planificación, Presupuesto y Desarrollo, la Oficina de Administración y Finanzas, la Oficina de Asesoría Jurídica y la Secretaría General; De conformidad con el Decreto Ley Nº 22155 Ley Orgánica del CENFOTUR, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2011-MINCETUR; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR sin efecto la Delegación de facultades establecidos en la Resolución Directoral N°

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