Norma Legal Oficial del día 25 de febrero del año 2016 (25/02/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Jueves 25 de febrero de 2016

NORMAS LEGALES
ANEXO 1

578907

acceso al GLP de los sectores vulnerables tanto urbanos como rurales, el Reglamento de dicha Ley fue aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2012-EM; Que, el numeral 12.3 del Reglamento del FISE establece que para otorgar la compensación social a los hogares elegibles, a partir de la información proporcionada del Sistema de Focalización de Hogares (SISFOH), las Distribuidoras Eléctricas y el Ministerio de Energía y Minas (MINEM), según corresponda, realizarán el mapeo y clasificación correspondiente para determinar el cumplimiento de los criterios categóricos definidos en el Numeral 6.2 del Reglamento del FISE; Que, a partir de la modificación del Reglamento del FISE con Decreto Supremo N° 035-2014-EM, se estableció que el MINEM mediante Resolución Ministerial aprobará la cantidad de Kits de Cocina a GLP que anualmente destinará para los Usuarios FISE y el cronograma de entrega por regiones, precisando las Distribuidoras Eléctricas que realizarán la gestión de entrega de los Kits de Cocina a GLP, de acuerdo a su ámbito de concesión eléctrica y/o áreas geográficas de influencia próximas a su concesión; Que, asimismo, dicha modificación indica que la Distribuidora Eléctrica será la encargada de la gestión de la entrega de Kits de Cocina a GLP a los Usuarios FISE; la referida gestión implica, entre otros, las acciones de identificación de los hogares beneficiarios; Que, conforme a las normas del FISE, el MINEM establece en base al análisis estadístico utilizado para el proceso de mapeo y clasificación macro la cantidad de Kits de Cocina a GLP por regiones y el cronograma anual de entrega correspondiente, a partir del cual las Distribuidoras Eléctricas identificarán los hogares que recibirán dichos Kits de Cocina a GLP; Que, en ese sentido, el Informe Nº 009-2016-MEMDGEE/ESM, propone la cantidad de 33,798 kits de cocina a GLP, a fin de que sean destinadas a los Usuarios FISE durante el año 2016, para lo cual adjunta el cronograma de entrega de los mismos por regiones; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29852, que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético ­ FISE, Reglamento de la Ley Nº 29852, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2012EM y modificatorias; Con la opinión favorable de la Directora General de Eficiencia Energética y el visto bueno del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la cantidad de 33,798 Kits de Cocina a GLP que deberán ser destinados a los Usuarios FISE durante el año 2016. Artículo 2º.- Aprobar el "Cronograma de Entrega de Kits de Cocina a GLP" correspondiente al año 2016, que en Anexo 1 forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 3º.- Facultar a la Dirección General de Eficiencia Energética del Ministerio de Energía y Minas, para que mediante Resolución Directoral pueda modificar el "Cronograma de Entrega de Kits de Cocina a GLP" señalado en el artículo precedente, a excepción de la cantidad total de Kits de Cocina a GLP aprobado mediante el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 4º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario oficial El Peruano y el Anexo 1 que forma parte integrante de la misma en el portal institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.minem.gob.pe). Artículo 5º.- La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROSA MARÍA ORTIZ RÍOS Ministra de Energía y Minas

CRONOGRAMA DE ENTREGA DE KITS DE COCINA A GLP POR REGIÓN PARA EL AÑO 2016
Regiones/Distribuidoras Eléctricas AMAZONAS ELECTRO ORIENTE EMSEU APURIMAC ELECTRO SUR ESTE CAJAMARCA HIDRANDINA ELECTRONORTE ELECTRO ORIENTE CUSCO ELECTRO SUR ESTE ICA COELVISAC JUNIN ELECTRO CENTRO LIMA EDELNOR PASCO ELECTRO CENTRO PUNO ELECTRO PUNO Cantidad de Kits de Cocina a GLP para el periodo del año 2016 3100 439 4041 81 1400 9145 8374 2474 900 5000 3100 439 4041 81 1400 9145 33,798 16/03/2016 12/03/2016 12/03/2016 26/03/2016 17/02/2016 30/03/2016 31/03/2016 26/03/2016 31/03/2016 1340 5878 4498 1380 1340 29/03/2016 07/03/2016 20/03/2016 Cantidad Asignada Cantidades por Distribuidoras por Región Eléctricas Fecha de Término

33,798

1348315-1

Autorizan transferencia financiera de recursos directamente recaudados del pliego a favor del Gobierno Regional de Loreto
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 071-2016-MEM/DM Lima, 22 de febrero de 2016 VISTO: El Informe N° 024-2016-MEM-OGP/DIR de fecha 18 de febrero de 2016, de la Oficina de Desarrollo Institucional y Coordinación Regional de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, mediante el literal a) de la Vigésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, se autorizó al Ministerio de Energía y Minas efectuar transferencias financieras en el marco del proceso de descentralización a favor de los gobiernos regionales para ser destinados al fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, hasta por un monto de S/. 3 000 000.00 (Tres Millones y 00/100 de Soles); Que, la referida disposición señala que dichas transferencias de recursos a ser financiadas con cargo al presupuesto institucional del pliego Ministerio de Energía y Minas por la fuente de financiamiento Recursos Directamente Recaudados, se autorizan mediante resolución del titular del pliego, la que se publica en el Diario Oficial El Peruano, previa suscripción de convenios

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