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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE JULIO DEL AÑO 2016 (09/07/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 152

TEXTO PAGINA: 32

592454 NORMAS LEGALES Sábado 9 de julio de 2016 / El Peruano Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe Total US$ Pasajes aéreos 873.00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se re fi ere el artículo 1º de la presente Resolución debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1402573-13 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Aprueban la segunda etapa del “Cronograma de implementación progresiva del Registro de Víctimas de Esterilizaciones Forzadas (REVIESFO) periodo 1995-2001” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0161-2016-JUS Lima, 8 de julio de 2016VISTOS:El informe Nº 026-2016-JUS/DGDP de la Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia y los Informes Nº 065-2016-JUS/DGDP-DDPAJA, Nº 015-2016-JUS/DGDP-DDPAJLIMA, Nº 393-2016-DGDP-DDPAJ/LIMA SUR y Nº 062-2016-DGDP-DDDPAJ-SAN MARTÍN.DD, de las Direcciones Distritales de Defensa Pública y Acceso a la Justicia de Ayacucho, Lima Centro, Lima Sur y San Martín respectivamente, y el Informe Nº 702-2016-JUS/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2015-JUS, se declara de interés nacional la atención prioritaria de víctimas de esterilizaciones forzadas producidas entre 1995-2001 y se crea el Registro de Víctimas de Esterilizaciones Forzadas (REVIESFO); Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0319-2015-JUS, se aprueba el “Procedimiento para la inscripción en el Registro de Víctimas de Esterilizaciones Forzadas producidas en el periodo 1995-2001 (REVIESFO)” y su anexo “Ficha Única de Recojo de Información REVIESFO 1995 - 2001”; Que, mediante el artículo 2 de la referida Resolución, se dispone que la implementación del REVIESFO se realizará de manera progresiva, conforme al cronograma que se publicará en el portal institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 001-2016- JUS, se aprueba el “Cronograma de implementación progresiva del Registro de Víctimas de Esterilizaciones Forzadas REVIESFO periodo 1995-2001”, que en su primera etapa comprendió las Direcciones Distritales de Defensa Pública y Acceso a la Justicia de Cusco, Cajamarca, Piura, Huancavelica y Lima Este; Que, dando continuidad a la implementación progresiva del REVIESFO 1995-2001, la segunda etapa comprenderá las Direcciones Distritales de Defensa Pública y Acceso a la Justicia de Ayacucho, Lima Centro, Lima Sur y San Martín, conforme al cronograma correspondiente; Que, los Informes Nº 015-2016-JUS/DGDP- DDPAJLIMA, 393-2016-DGDP-DDPAJ/LIMA SUR, 065-2016-JUS/DGDP-DDPAJA, y 062-2016-DGDP-DDPAJ-SAN MARTIN.DD remitidos por los Directores Distritales de Lima Centro, Lima Sur, Ayacucho y San Martín opinan que es viable la implementación del Registro de Víctimas de Esterilizaciones Forzadas REVIESFO en dichas Direcciones Distritales; Que, la priorización de las Direcciones Distritales se ha realizado en atención a los informes de la Defensoría del Pueblo Nros. 7, 27 y 69; la estadística del Ministerio de Salud respecto al número de intervenciones de ligaduras y vasectomías realizadas en al período 1995-1999; Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley Nº 29360, Ley del Servicio de Defensa Pública; el Decreto Supremo Nº 006-2015-JUS; y la Resolución Ministerial Nº 0319-2015-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la segunda etapa del “Cronograma de implementación progresiva del Registro de Víctimas de Esterilizaciones Forzadas (REVIESFO) periodo 1995-2001”, que comprenderá a las Direcciones Distritales de Defensa Pública y Acceso a la Justicia de Ayacucho, Lima Centro, Lima Sur y San Martín, conforme al detalle siguiente: Dirección Distrital Fecha de inicioUbicación Dirección Distrital de Defensa Pública y Acceso a la Justicia de Ayacucho 18 de julio de 2016Av. 26 de Enero Nº 401-407, Huamanga, Ayacucho Dirección Distrital de Defensa Pública y Acceso a la Justicia de Lima Centro 21 de julio de 2016Jr. Carabaya Nº 831, o fi cina 403, Cercado de Lima, Lima Dirección Distrital de Defensa Pública y Acceso a la Justicia de Lima Sur 22 de julio de 2016Jr. Felipe Valleriestra Nº 192, Ciudad de Dios, San Juan de Mira fl ores, Lima Dirección Distrital de Defensa Pública y Acceso a la Justicia de San Martín 25 de julio de 2016Jr. Gregorio Delgado Nº 436, Tarapoto, San Martín Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.minjus.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese.ALDO VÁSQUEZ RÍOS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1402386-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 094-2016-JUS Mediante O fi cio Nº 677-2016-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas