Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2016 (09/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

Sábado 9 de julio de 2016 /

El Peruano

Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos Importe Total US$ 873.00

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JOSÉ LUIS PÉREZ GUADALUPE Ministro del Interior 1402573-13

progresiva del Registro de Víctimas de Esterilizaciones Forzadas REVIESFO periodo 1995-2001", que en su primera etapa comprendió las Direcciones Distritales de Defensa Pública y Acceso a la Justicia de Cusco, Cajamarca, Piura, Huancavelica y Lima Este; Que, dando continuidad a la implementación progresiva del REVIESFO 1995-2001, la segunda etapa comprenderá las Direcciones Distritales de Defensa Pública y Acceso a la Justicia de Ayacucho, Lima Centro, Lima Sur y San Martín, conforme al cronograma correspondiente; Que, los Informes Nº 015-2016-JUS/DGDPDDPAJLIMA, 393-2016-DGDP-DDPAJ/LIMA SUR, 0652016-JUS/DGDP-DDPAJA, y 062-2016-DGDP-DDPAJSAN MARTIN.DD remitidos por los Directores Distritales de Lima Centro, Lima Sur, Ayacucho y San Martín opinan que es viable la implementación del Registro de Víctimas de Esterilizaciones Forzadas REVIESFO en dichas Direcciones Distritales; Que, la priorización de las Direcciones Distritales se ha realizado en atención a los informes de la Defensoría del Pueblo Nros. 7, 27 y 69; la estadística del Ministerio de Salud respecto al número de intervenciones de ligaduras y vasectomías realizadas en al período 1995-1999; Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley Nº 29360, Ley del Servicio de Defensa Pública; el Decreto Supremo Nº 006-2015-JUS; y la Resolución Ministerial Nº 0319-2015-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la segunda etapa del "Cronograma de implementación progresiva del Registro de Víctimas de Esterilizaciones Forzadas (REVIESFO) periodo 1995-2001", que comprenderá a las Direcciones Distritales de Defensa Pública y Acceso a la Justicia de Ayacucho, Lima Centro, Lima Sur y San Martín, conforme al detalle siguiente:
Dirección Distrital Dirección Distrital de Defensa Pública y Acceso a la Justicia de Ayacucho Dirección Distrital de Defensa Pública y Acceso a la Justicia de Lima Centro Dirección Distrital de Defensa Pública y Acceso a la Justicia de Lima Sur Dirección Distrital de Defensa Pública y Acceso a la Justicia de San Martín Fecha de inicio Ubicación

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Aprueban la segunda etapa del "Cronograma de implementación progresiva del Registro de Víctimas de Esterilizaciones Forzadas (REVIESFO) periodo 1995-2001"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0161-2016-JUS Lima, 8 de julio de 2016 VISTOS: El informe Nº 026-2016-JUS/DGDP de la Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia y los Informes Nº 065-2016-JUS/DGDP-DDPAJA, Nº 015-2016JUS/DGDP-DDPAJLIMA, Nº 393-2016-DGDP-DDPAJ/ LIMA SUR y Nº 062-2016-DGDP-DDDPAJ-SAN MARTÍN. DD, de las Direcciones Distritales de Defensa Pública y Acceso a la Justicia de Ayacucho, Lima Centro, Lima Sur y San Martín respectivamente, y el Informe Nº 702-2016JUS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2015-JUS, se declara de interés nacional la atención prioritaria de víctimas de esterilizaciones forzadas producidas entre 1995-2001 y se crea el Registro de Víctimas de Esterilizaciones Forzadas (REVIESFO); Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0319-2015-JUS, se aprueba el "Procedimiento para la inscripción en el Registro de Víctimas de Esterilizaciones Forzadas producidas en el periodo 1995-2001 (REVIESFO)" y su anexo "Ficha Única de Recojo de Información REVIESFO 1995 - 2001"; Que, mediante el artículo 2 de la referida Resolución, se dispone que la implementación del REVIESFO se realizará de manera progresiva, conforme al cronograma que se publicará en el portal institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 001-2016JUS, se aprueba el "Cronograma de implementación

18 de julio Av. 26 de Enero Nº 401-407, de 2016 Huamanga, Ayacucho 21 de julio Jr. Carabaya Nº 831, oficina de 2016 403, Cercado de Lima, Lima 22 de julio Jr. Felipe Valleriestra Nº 192, de 2016 Ciudad de Dios, San Juan de Miraflores, Lima 25 de julio Jr. Gregorio Delgado Nº 436, de 2016 Tarapoto, San Martín

Artículo 2.-Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.minjus.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ALDO VÁSQUEZ RÍOS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1402386-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 094-2016-JUS Mediante Oficio Nº 677-2016-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas

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