Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2016 (09/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Sábado 9 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

592451

VMGP-DIPECUD, denominada Procedimientos para la Implementación y Funcionamiento de "Orquestando: Sistema de Orquestas y Coros Infantiles y Juveniles del Ministerio de Educación"; Que, mediante Oficio Nº 854-2016-MINEDU-VMGPDIGEBR, la Directora General de la Dirección General de Educación Básica Regular remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 125-2016-MINEDU/ VMGP-DIGEBR-UAC, el mismo que fue complementado con el Informe Nº 293-2016-MINEDU/VMGP-DIGEBR-UAC, con los cuales se sustenta la necesidad de regular la iniciativa pedagógica ORQUESTANDO, aprobando las normas para la implementación y funcionamiento de la referida iniciativa, la cual está dirigida a las y los estudiantes de las instituciones educativas públicas y privadas de la Educación Básica Regular y de la Educación Básica Especial; Que, asimismo, el Informe Nº 293-2016-MINEDU/ VMGP-DIGEBR-UAC señala que la finalidad de la iniciativa pedagógica ORQUESTANDO es contribuir con la formación integral de las y los estudiantes para el logro de los aprendizajes y la reducción de la vulnerabilidad social, fortaleciendo su dimensión social a través de la educación artística y musical; su dimensión cognitiva a través de la apreciación y práctica musical; y la educación artística y musical en concordancia con el currículo nacional vigente; lo que es concordante con las políticas sectoriales del Ministerio de Educación; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; la Resolución Ministerial Nº 0520-2013-ED, que aprueba la Directiva Nº 023-2013-MINEDU/SG-OAJ, denominada "Elaboración, aprobación y tramitación de Dispositivos Normativos y Actos Resolutivos en el Ministerio de Educación"; y las facultades delegadas por la Resolución Ministerial Nº 006-2016-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada "Normas para la implementación y funcionamiento de la iniciativa pedagógica ORQUESTANDO", la misma que como Anexo forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 0387-2012-ED. Artículo 3.- Encargar a la Dirección General de Educación Básica Regular, las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces, las Unidades de Gestión Educativa Local y las instituciones educativas focalizadas como núcleos de formación, el cumplimiento de la Norma Técnica aprobada por el artículo 1. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación ­ SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. DESILU LEON CHEMPEN Secretaria General 1402449-1

VISTO, el Oficio Nº 000133-2016/IN/DM, de fecha 30 de junio de 2016; CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 44 de la Constitución Política del Perú, es deber primordial del Estado proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; Que, el numeral 4.3 del artículo 4, concordante con los artículos 21, 22, 23, 24 y 25 del Decreto Legislativo Nº 1095, que establece Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el Territorio Nacional, dispone que las Fuerzas Armadas pueden actuar en apoyo a la Policía Nacional del Perú en caso de Tráfico Ilícito de Drogas, Terrorismo, Protección de Instalaciones estratégicas para el funcionamiento del país y servicios públicos esenciales, así como en otros casos constitucionalmente justificados, en que la capacidad de la Policía sea sobrepasada en el control del orden interno, sea previsible o existiera el peligro de que esto ocurriera; Que, mediante Resolución Suprema Nº 079-2014-IN, del 21 de abril de 2014, se autorizó la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú en los departamentos de Arequipa, Puno y Madre de Dios, del 21 de abril al 20 de mayo de 2014, con el fin de asegurar el control del orden interno y evitar actos de violencia o cualquier ilícito penal que se pudieran cometer con ocasión de las movilizaciones promovidas por la minería ilegal e informal; Que, el plazo mencionado precedentemente fue prorrogado por Resoluciones Supremas Nºs. 0902014-IN, 106-2014-IN, 127-2014-IN, 142-2014-IN, 158-2014-IN, 196-2014-IN, 229-2014-IN, 243-2014-IN, 069-2015-IN, 081-2015-IN, 087-2015-IN, 097-2015-IN, 109-2015-IN, 127-2015-IN, 145-2015-IN, 156-2015-IN, 189-2015-IN, 210-2015-IN, 226-2015-IN, 245-2015-IN, 092-2016-IN, 105-2016-IN, 122-2016-IN, 139-2016-IN, 153-2016-IN y 176-2016-IN, del 21 de mayo al 20 de junio de 2014, del 21 de junio al 20 de julio de 2014, del 21 de julio al 19 de agosto de 2014, del 20 de agosto al 18 de setiembre de 2014, del 19 de setiembre al 18 de octubre de 2014, del 19 de octubre al 17 de noviembre de 2014, del 18 de noviembre al 17 de diciembre de 2014, del 18 de diciembre de 2014 al 16 de enero de 2015, del 17 de enero al 15 de febrero de 2015, del 16 de febrero al 17 de marzo de 2015, del 18 de marzo al 16 de abril de 2015, del 17 de abril al 16 de mayo de 2015, del 17 de mayo al 15 de junio de 2015, del 16 de junio al 15 de julio de 2015, del 16 de julio al 14 de agosto de 2015, del 15 de agosto al 13 de setiembre de 2015, del 14 de setiembre al 13 de octubre de 2015, del 14 de octubre al 12 de noviembre de 2015, del 13 de noviembre al 12 de diciembre de 2015, del 13 de diciembre de 2015 al 11 de enero de 2016, del 12 de enero al 10 de febrero de 2016, del 11 de febrero al 11 de marzo de 2016, del 12 de marzo al 10 de abril de 2016, del 11 de abril al 10 de mayo de 2016, del 11 de mayo al 09 de junio de 2016, y del 10 de junio al 09 de julio de 2016, respectivamente; Que, a través del Oficio del visto, y en atención al requerimiento efectuado por la Policía Nacional del Perú, mediante Oficios Nºs. 445, 446 y 448-2016-DGPNP/SA, el señor Ministro del Interior ha solicitado al señor Presidente de la República la prórroga de la intervención de las Fuerzas Armadas para los departamentos de Arequipa, Madre de Dios y Puno, con el objeto de asegurar el control del orden interno y orden público, la protección de las instalaciones estratégicas y garantizar el funcionamiento de los servicios públicos esenciales; Que, en consecuencia, resulta conveniente disponer la prórroga de la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú en los departamentos de Arequipa, Madre de Dios y Puno; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1095, Decreto Legislativo que establece Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el Territorio Nacional; y, el Decreto Legislativo Nº 738, que establece normas a las que deben sujetarse las Fuerzas Armadas al intervenir en las zonas no declaradas en Estado de Emergencia;

INTERIOR
Prorrogan intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú en los departamentos de Arequipa, Madre de Dios y Puno
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 191-2016-IN Lima, 8 de julio de 2016

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