Norma Legal Oficial del día 08 de junio del año 2016 (08/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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VISTO:

NORMAS LEGALES

Miércoles 8 de junio de 2016 /

El Peruano

Instituto de Gestión de Servicios de Salud: www.igss. gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDWARD ALCIDES CRUZ SÁNCHEZ Jefe Institucional 1389912-1

El expediente Nº 16-016032-001, que contiene el Oficio Nº 722-2016-DG-INR emitido por la Directora de Instituto Especializado (e) del Instituto Nacional de Rehabilitación "Dra. Adriana Rebaza Flores" Amistad Perú ­ Japón del Instituto de Gestión de Servicios de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, el literal f) del artículo 11 del Decreto Legislativo Nº 1167, que creó el Instituto de Gestión de Servicios de Salud, dispone que el Jefe Institucional tiene por atribución, entre otras, designar y remover a los directivos y servidores de confianza de la entidad; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 593-2015/ IGSS de fecha 27 de octubre de 2015, se designó en el Instituto Nacional de Rehabilitación "Dra. Adriana Rebaza Flores" Amistad Perú ­ Japón del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, al médico cirujano Rómulo Alcalá Ramírez, en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Atención en Ayuda al Diagnóstico y Tratamiento; Que, mediante Oficio Nº 722-2016-DG-INR de fecha 3 de mayo de 2016, la Directora de Instituto Especializado (e) del Instituto Nacional de Rehabilitación "Dra. Adriana Rebaza Flores" Amistad Perú ­ Japón, propone la designación del médico cirujano César Augusto Valverde Tarazona, en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Atención en Ayuda al Diagnóstico y Tratamiento del Instituto antes citado; Que, mediante Informe Nº 265-2016-UFIyAP-ORH/ IGSS la Oficina de Recursos Humanos ha señalado que el cargo de Director/a Ejecutivo/a de la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Atención en Ayuda al Diagnóstico y Tratamiento del Instituto Nacional de Rehabilitación "Dra. Adriana Rebaza Flores" Amistad Perú ­ Japón del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, conforme al Cuadro para Asignación de Personal del Instituto de Gestión de Servicios de Salud aprobado por Resolución Suprema Nº 032-2015-SA, es considerado como cargo de confianza; Que, resulta pertinente dar por concluida la designación dispuesta por la Resolución Jefatural Nº 593-2015/IGSS y adoptar las acciones de personal necesarias, a fin de asegurar el normal funcionamiento del mencionado Instituto; Con el visado de la Secretaria General, del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica y del Director General de la Oficina de Recursos Humanos del Instituto de Gestión de Servicios de Salud; y, De conformidad con Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el Decreto Legislativo Nº 1167, que crea el Instituto de Gestión de Servicios de Salud y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2014-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- DAR POR CONCLUIDA la designación del médico cirujano Rómulo Alcalá Ramírez, en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Atención en Ayuda al Diagnóstico y Tratamiento del Instituto Nacional de Rehabilitación "Dra. Adriana Rebaza Flores" Amistad Perú ­ Japón del Instituto de Gestión de Servicios de Salud, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- DESIGNAR al médico cirujano César Augusto Valverde Tarazona, en el cargo de Director Ejecutivo, Nivel F-4, de la Dirección Ejecutiva de Investigación, Docencia y Atención en Ayuda al Diagnóstico y Tratamiento del Instituto Nacional de Rehabilitación "Dra. Adriana Rebaza Flores" Amistad Perú ­ Japón del Instituto de Gestión de Servicios de Salud. Artículo 3.- PUBLICAR la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en el Portal Institucional del

SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Aprueban la Directiva Administrativa N° 001-2016-SIS/OGTI-V.01 "Directiva Administrativa que regula el Acceso y Uso de la Consulta en Línea de la Identidad de Personas Naturales - RENIEC del Seguro Integral de Salud" y sus Anexos
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 139-2016/SIS Lima, 6 de junio de 2016 VISTOS: El Informe N° 003-2016-SIS/OGTI-WBB con Proveído N° 137-2016-SIS/OGTI de la Oficina General de Tecnología de la Información, el Informe N° 015-2016/ SIS-OGPPDO-UOC-BACN con Proveído N° 039-2016SIS/OGPPDO de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Organizacional, y el Informe N° 060-2016-SIS/OGAJ/JIPL con Proveído N° 369-2016-SIS/ OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el Seguro Integral de Salud es un Organismo Público Ejecutor adscrito al Ministerio de Salud, constituido como una Institución Administradora de Fondos de Aseguramiento en Salud (IAFAS), en virtud a lo dispuesto en el artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 29344, Ley Marco de Aseguramiento Universal en Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2014SA, cuya misión es administrar fondos y gestionar riesgos de salud, a través de una gestión eficiente, financiando prestaciones de salud, administrativas y económicas, fomentando la cultura de aseguramiento y de prevención en salud para la satisfacción de la población objetivo; Que, el numeral 1 del artículo 14 de la Ley N° 29733, Ley de protección de datos personales, establece que no se requiere el consentimiento del titular de datos personales, para efectos de su tratamiento, cuando los datos personales se recopilen o transfieran para el ejercicio de las funciones de las entidades públicas en el ámbito de sus competencias; Que, mediante Decreto Supremo N° 003-2013-JUS, se aprueba el Reglamento de la Ley N° 29733, disponiendo en el artículo 32 que los operadores de comunicaciones o telecomunicaciones deberán velar por la confidencialidad, seguridad y uso adecuado de cualquier dato personal obtenido como consecuencia de su actividad y adoptarán las medidas técnicas, legales y organizativas, conforme a lo establecido en la Ley; Que, con fecha 08 de setiembre de 2009, el Seguro Integral de Salud (SIS) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), suscribieron el Convenio de Cooperación Interinstitucional, modificado por Adenda de fecha 04 de febrero de 2014, cuyo objeto es el suministro de información relativa a la identidad de las personas que obran en el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales, a fin de verificar la identidad de los ciudadanos como medio de consulta; Que, el artículo 26 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud aprobado mediante el Decreto Supremo N° 011-2011-SA establece que la Oficina General de Tecnología de Información, es el órgano de apoyo, responsable de planear, organizar, dirigir, controlar la sistematización de las normas y estándares, así como el uso de recursos informáticos y

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