Norma Legal Oficial del día 12 de junio del año 2016 (12/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

Domingo 12 de junio de 2016 /

El Peruano

para financiar las operaciones de apoyo que brindan las Fuerzas Armadas durante el Año Fiscal 2016, en el marco de lo dispuesto por la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016. Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional La Transferencia Financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el Año Fiscal 2016 del Pliego 013: Ministerio de Agricultura y Riego, Unidad Ejecutora 001: Administración Central, en la Actividad 5000442: Apoyo a la Gestión Agropecuaria, Fuente de Financiamiento 1. Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.4: Donaciones y Transferencias. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 de la presente Resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo La Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, en el ámbito de su competencia, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines para los cuales se realiza la presente Transferencia Financiera, en el marco de lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016. Artículo 5.- Información El Ministerio de Defensa informará al Ministerio de Agricultura y Riego las acciones de apoyo que brinde para la atención del Sector Agricultura y Riego. Artículo 6.- Notificación La presente Resolución Ministerial se notificará a la Presidencia del Consejo de Ministros, al Ministerio de Defensa, así como a las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, y de Administración, de este Ministerio, para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN MANUEL BENITES RAMOS Ministro de Agricultura y Riego 1391359-4

DEFENSA
Autorizan viajes a EE.UU. de oficiales de la Marina de Guerra del Perú, en comisiones y misión de estudios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 173-2016-DE/MGP Lima, 11 de junio de 2016 Visto, el Oficio P.200-1224 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 13 de mayo de 2016; CONSIDERANDO: Que, el Escuadrón de Destructores Nº 40 (COMDESRON-40), es una Comandancia Operativa perteneciente a la Cuarta Flota de la Marina de los Estados Unidos de América, creado con el propósito de efectuar el planeamiento y ejecución de diversos tipos de Operaciones Multinacionales; tales como, UNITAS, PANAMAX, Team Work South, SIFOREX y Operaciones de Ayuda Humanitaria, Promesa Continua (Continue Promise), en la que se destaca la participación del Buque Hospital USNS COMFORT;

Que, el Jefe de la Sección Naval del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América, hace de conocimiento al Comandante General de Operaciones del Pacífico, que el Comandante del Escuadrón de Destructores Nº 40 (COMDESRON-40), ha solicitado la designación de un Oficial de la Marina de Guerra del Perú, para que participe en el Programa de Intercambio de Personal (PEP), a fin que integre el referido Escuadrón de la Marina de los Estados Unidos; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Teniente Primero Eder Arnaldo SUCLLA Ardiles, quien ha sido designado para que participe en el Programa de Intercambio de Personal (PEP), a fin que integre el Escuadrón de Destructores Nº 40 (COMDESRON-40), en la Estación Naval de Mayport, ciudad de Jacksonville, Estado de Florida, Estados Unidos de América, del 1 de julio de 2016 al 30 de junio de 2018; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Marina de Guerra del Perú, debido a que permitirá adquirir mayor experiencia operacional y de planeamiento al participar dentro de la Organización de los Estados Unidos de América, incrementando de esta forma su grado de entrenamiento al participar activamente en diversas operaciones con países de la región, afianzando de esta manera la interoperabilidad entre ambas marinas; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Comisión de Servicio abarca más de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes al período comprendido del 1 de julio al 31 de diciembre de 2016, se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; y, para completar el período de duración de la Comisión de Servicio a partir del 1 de enero de 2017 al 30 de junio de 2018, los pagos se efectuarán con cargo al Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal respectivo; Que, considerando la duración de la Comisión de Servicio, el viaje al exterior por decisión del interesado lo realizará en compañía de su señora esposa; debiendo precisarse esta circunstancia para efectos de trámites administrativos de salida del país; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2016 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación, sin que este día adicional irrogue gasto alguno al Tesoro Público; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005 y sus modificatorias aprobadas con los Decretos Supremos Nº 0102010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y Nº 009-2013DE, de fecha 2 de octubre de 2013; Que, el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 7782008-DE/SG, de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del

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