Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2016 (10/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Martes 10 de mayo de 2016 /

El Peruano

Que, la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, tiene la finalidad de establecer el marco legal para la promoción, la protección y la realización, en condiciones de igualdad, de los derechos de la persona con discapacidad promoviendo su desarrollo e inclusión plena y efectiva en la vida política, económica, social, cultural y tecnológica; Que, la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, establece que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, es el organismo rector en materia de trabajo y promoción del empleo y ejerce competencia exclusiva y excluyente respecto de otros niveles de gobierno en todo el territorio nacional, en lo siguiente: formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales entre otras materias: información laboral e información del mercado de trabajo, relaciones de trabajo, promoción del empleo, formación profesional y capacitación para el trabajo; Que, asimismo, el literal g) del artículo 64 del Decreto Supremo N° 004-2014-TR que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, establece que la Dirección General de Promoción del Empleo tiene, entre otras funciones, desarrollar mecanismos de coordinación, articulación, cooperación y otros para la implementación de normas nacionales y sectoriales en materia de promoción del empleo, en lo que se refiere a la promoción laboral para las personas con discapacidad, en coordinación con la Oficina de Descentralización; Que, en materia de empleo, acorde a lo establecido en la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2014-MIMP, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo ha emitido, entre otras disposiciones, la Resolución Ministerial N° 105-2015-TR que aprueba la Directiva General Nº 001-2015-MTPE/3/17, "Lineamientos para la implementación y prestación de servicios de empleo con perspectiva de discapacidad"; la Resolución Ministerial N° 106-2015-TR que aprueba el "Plan de Actuación para la mejora de la empleabilidad e inserción laboral de personas con discapacidad a través de los Centros de Empleo" y la Resolución Ministerial N° 107-2015-TR que aprueba la Norma Técnica denominada "Normas complementarias para la aplicación y fiscalización de la cuota de empleo para personas con discapacidad aplicable a los empleadores privados"; Que, mediante documento de vistos, la Dirección General de Promoción del Empleo informa al Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral que, dada la concurrida participación de representantes de empresas privadas en los eventos denominados "Rueda de Servicios para la gestión de la discapacidad en la empresa", realizados por el Sector en coordinación con los Gobiernos Regionales, en las ciudades de Chiclayo, Arequipa, Piura, Lima y Trujillo, entre los meses de febrero y abril del presente año, resulta necesario continuar difundiendo dichos servicios que coadyuvan al cumplimiento de la cuota de empleo para personas con discapacidad, para cuyo efecto viene organizando el evento denominado "Rueda de Servicios para la gestión de la discapacidad en la empresa", que se llevará a cabo los días 10 y 26 de mayo, y 2 y 13 de junio del 2016 en las ciudades de Ica, Huancayo, Cusco y Lima, respectivamente; Que, en mérito a las consideraciones expuestas, corresponde emitir el acto de administración interna que otorgue carácter oficial al referido evento; el mismo que cuenta con la Certificación de Crédito Presupuestario Nota N° 1436, expedido por la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, que garantiza la disponibilidad presupuestal para su ejecución; Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección General de Promoción del Empleo, y de las Oficinas Generales de Administración, de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; De conformidad con las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 25 de la Ley Nº 29158, Ley

Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 11 la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el inciso d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2014-TR; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar carácter oficial al evento denominado "Rueda de servicios para la gestión de la discapacidad en la empresa", organizado por la Dirección General de Promoción del Empleo, que se realizará los días 10 y 26 de mayo, y 2 y 13 de junio del 2016 en la ciudades de Ica, Huancayo, Cusco y Lima, respectivamente. Artículo 2.- La presente resolución será publicada en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.trabajo.gob.pe), para su puesta en conocimiento a nivel nacional, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL YSAU MAURATE ROMERO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1377606-1

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 290-2016 MTC/01.02 Lima, 5 de mayo de 2016 VISTOS: La solicitud de la empresa HELICÓPTEROS DEL SUR S.A., con registro E-081198-2016 del 22 de marzo de 2016, así como los Informes Nº 187-2016-MTC/12.04, de la Dirección General de Aeronáutica Civil y Nº 218-2016MTC/12.04 de la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de Aeronáutica Civil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, la Ley Nº 30372, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, en el numeral 10.1 del artículo 10, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo entre otros casos, los viajes que realicen los inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para las acciones de inspección y vigilancia de actividades de aeronáutica civil, los cuales se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, prevé que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y en el marco de dicha competencia es responsable de la vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas, seguridad que comprende la actividad de chequear las aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores aéreos así como el material aeronáutico que emplean; Que, la empresa HELICÓPTEROS DEL SUR S.A., ha presentado ante la autoridad de aeronáutica civil, una solicitud para la evaluación de su personal aeronáutico, de conformidad con lo establecido en el Procedimiento Nº 05 correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica

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