Norma Legal Oficial del día 10 de mayo del año 2016 (10/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Martes 10 de mayo de 2016

NORMAS LEGALES

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de Fortalecimiento de Capacidades, a través de los cuales se sustenta la necesidad de aprobar las Bases para eI Concurso "20 en Gestión" Reconocimiento a las Buenas Prácticas de Gestión Educativa en las Unidades de Gestión Educativa Local, precisando que el mismo tiene como objetivos, reconocer, premiar y difundir aquellas experiencias que vienen siendo lideradas y desarrolladas por las Unidades de Gestión Educativa Local a nivel nacional, con miras a mejorar la prestación del servicio educativo en las instituciones educativas y coadyuvar al logro de las competencias y aprendizajes del estudiantado, es necesario aprobar las; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las Bases del I Concurso "20 en Gestión" Reconocimiento a las Buenas Prácticas de Gestión Educativa en las Unidades de Gestión Educativa Local, las mismas que como Anexo forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Encargar a Dirección General de Gestión Descentralizada, a través de la Dirección de Fortalecimiento de Capacidades, y a las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces, la difusión y promoción del I Concurso "20 en Gestión" Reconocimiento a las Buenas Prácticas de Gestión Educativa en las Unidades de Gestión Educativa Local. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídica de Educación ­ SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (www.minedu. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN PABLO SILVA MACHER Viceministro de Gestión Institucional 1377653-1

INTERIOR
Prorrogan la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú en los departamentos de Arequipa, Madre de Dios y Puno
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 153-2016-IN Lima, 9 de mayo de 2016 VISTO, el Oficio N° 88-2016/IN/DM, de fecha 03 de mayo de 2016; CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 44 de la Constitución Política del Perú, es deber primordial del Estado proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; Que, el numeral 4.3 del artículo 4, concordante con los artículos 21, 22, 23, 24 y 25 del Decreto Legislativo N° 1095, que establece Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el Territorio Nacional, dispone que las Fuerzas Armadas pueden actuar en apoyo a la Policía Nacional del Perú en caso de Tráfico Ilícito de Drogas, Terrorismo, Protección de Instalaciones estratégicas para el funcionamiento del país y servicios públicos esenciales, así como en otros casos constitucionalmente justificados, en que la capacidad de la Policía sea sobrepasada en el control del orden interno, sea previsible o existiera el peligro de que esto ocurriera;

Que, mediante Resolución Suprema N° 079-2014-IN, del 21 de abril de 2014, se autorizó la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú en los departamentos de Arequipa, Puno y Madre de Dios, del 21 de abril al 20 de mayo de 2014, con el fin de asegurar el control del orden interno y evitar actos de violencia o cualquier ilícito penal que se pudiera cometer con ocasión de las movilizaciones promovidas por la minería ilegal e informal; Que, el plazo mencionado precedentemente fue prorrogado por Resoluciones Supremas N°s. 0902014-IN, 106-2014-IN, 127-2014-IN, 142-2014-IN, 158-2014-IN, 196-2014-IN, 229-2014-IN, 243-2014-IN, 069-2015-IN, 081-2015-IN, 087-2015-IN, 097-2015-IN, 109-2015-IN, 127-2015-IN, 145-2015-IN, 156-2015-IN, 189-2015-IN, 210-2015-IN, 226-2015-IN, 245-2015-IN, 092-2016-IN, 105-2016-IN, 122-2016-IN y 139-2016-IN, del 21 de mayo al 20 de junio de 2014, del 21 de junio al 20 de julio de 2014, del 21 de julio al 19 de agosto de 2014, del 20 de agosto al 18 de setiembre de 2014, del 19 de setiembre al 18 de octubre de 2014, del 19 de octubre al 17 de noviembre de 2014, del 18 de noviembre al 17 de diciembre de 2014, del 18 de diciembre de 2014 al 16 de enero de 2015, del 17 de enero al 15 de febrero de 2015, del 16 de febrero al 17 de marzo de 2015, del 18 de marzo al 16 de abril de 2015, del 17 de abril al 16 de mayo de 2015, del 17 de mayo al 15 de junio de 2015, del 16 de junio al 15 de julio de 2015, del 16 de julio al 14 de agosto de 2015, del 15 de agosto al 13 de setiembre de 2015, del 14 de setiembre al 13 de octubre de 2015, del 14 de octubre al 12 de noviembre de 2015, del 13 de noviembre al 12 de diciembre de 2015, del 13 de diciembre de 2015 al 11 de enero de 2016, del 12 de enero al 10 de febrero de 2016, del 11 de febrero al 11 de marzo de 2016, del 12 de marzo al 10 de abril de 2016 y del 11 de abril al 10 de mayo de 2016, respectivamente; Que, a través del Oficio del visto, y en atención al requerimiento efectuado por la Policía Nacional del Perú, mediante Oficios N°s 312, 313 y 315-2016-DGPNP/SA, el señor Ministro del Interior ha solicitado al señor Presidente de la República la prórroga de la intervención de las Fuerzas Armadas para los departamentos de Arequipa, Madre de Dios y Puno, con el objeto de asegurar el control y mantenimiento del orden interno y orden público, la protección de las instalaciones estratégicas y garantizar el funcionamiento de los servicios públicos esenciales; Que, en consecuencia, resulta conveniente disponer la prórroga de la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú en los departamentos de Arequipa, Madre de Dios y Puno; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y el Decreto Legislativo N° 1095, Decreto Legislativo que establece Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el Territorio Nacional; y, el Decreto Legislativo N° 738; SE RESUELVE: Artículo 1.- Prórroga de la Intervención de las Fuerzas Armadas Prorrogar la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú en los departamentos de Arequipa, Madre de Dios y Puno, del 11 de mayo al 09 de junio de 2016, con el fin de asegurar el control del orden interno y evitar actos de violencia o cualquier ilícito penal que se pudieran cometer con ocasión de las movilizaciones promovidas por la minería ilegal e informal. Artículo 2.- De la actuación de las Fuerzas Armadas 2.1. La actuación de las Fuerzas Armadas constituirá una tarea de apoyo a la misión de la Policía Nacional del Perú y no releva la activa participación de esta. El control del orden interno permanece en todo momento a cargo de la Policía Nacional del Perú. 2.2. La actuación de las Fuerzas Armadas estará dirigida a contribuir y garantizar la plena vigencia del derecho a la libertad y seguridad personales, a la libertad de tránsito por las vías y carreteras, el derecho a la paz,

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