Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2016 (19/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

Jueves 19 de mayo de 2016 /

El Peruano

Artículo 6.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1382079-3

Autorizan viaje de oficial y técnico de la Marina de Guerra del Perú a EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 151-2016-DE/MGP Lima, 18 de mayo de 2016 Visto, el Oficio P.200-0710 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 21 de marzo de 2016; CONSIDERANDO: Que, el Jefe de la Sección Naval del Grupo Consultivo y de Ayuda Militar de los Estados Unidos de América hace de conocimiento al Comandante General de la Marina, que el Comandante de la Fuerza de Submarinos del Atlántico de los Estados Unidos de América, ha solicitado al Comandante de la Fuerza de Submarinos de la Marina de Guerra del Perú, el requerimiento de UN (1) Oficial y UN (1) Técnico, para que se desempeñen como Oficial Logístico (Shore Detachment Officer - SDO) y Técnico Logístico (Shore Supply Support), respectivamente, durante el despliegue submarino del Programa de Iniciativa Submarina de Diésel Eléctrico (DESI) del Ejercicio Binacional SUBDIEX 2016, a realizarse en la ciudad de Mayport, Estado de Florida, Estados Unidos de América; Que, por la magnitud logística para el desarrollo del ejercicio con las Unidades Navales de la Flota del Atlántico (SUBDIEX 2016) y prever la participación de la Marina de Guerra del Perú, con UNA (1) Unidad Naval en el mencionado ejercicio internacional, es necesario designar a UN (1) Oficial Logístico (Shore Detachment Officer - SDO) y UN (1) Técnico Logístico (Shore Supply Support); Que, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado dentro de sus prioridades para el año 2016, la designación y autorización de viaje de UN (1) Oficial Superior y UN (1) Técnico, para que se desempeñen como Oficial Logístico y Técnico Logístico, durante el desarrollo del referido ejercicio; Que, es conveniente para los intereses institucionales, autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Corbeta Roberto Carlos GONZÁLEZ Cuadros y del Técnico 2º Sad. Carlos Alexander PAYANO Negrón, quienes han sido designados para que se desempeñen como Oficial Logístico (Shore Detachment Officer SDO) y Técnico Logístico (Shore Supply Support), respectivamente, durante el despliegue submarino del Programa de Iniciativa Submarina de Diésel Eléctrico (DESI) del Ejercicio Binacional SUBDIEX 2016, en la ciudad de Mayport, Estado de Florida, Estados Unidos de América, del 12 de junio de 2016 al 6 de febrero de 2017; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en beneficio de la Marina de Guerra del Perú, debido a que permitirá conocer el despliegue de toda la infraestructura panorámica para el desarrollo del ejercicio con las Unidades Navales de la Flota del Atlántico (SUBDIEX 2016), que tiene una envergadura internacional con presencia de marinas de otros países; Que, teniendo en cuenta que la duración de la Comisión de Servicio abarca más de un ejercicio presupuestal, los pagos correspondientes al período comprendido del 12 de junio al 31 de diciembre de 2016, se efectuarán con cargo

al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; y, para completar el período de duración de la Comisión de Servicio a partir del 1 de enero al 6 de febrero de 2017, será con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal respectivo; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal comisionado durante la totalidad de la actividad programada, es necesario autorizar su salida del país con UN (1) día de anticipación, sin que este día adicional irrogue gasto alguno al Tesoro Público; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2016 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/ SG, de fecha 14 de febrero de 2005 y sus modificatorias aprobadas con los Decretos Supremos Nº 010-2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y Nº 009-2013-DE, de fecha 2 de octubre de 2013; Que, asimismo, el artículo 24 del Decreto Legislativo Nº 1144, que regula la Situación Militar de los Supervisores, Técnicos y Suboficiales u Oficiales de Mar de las Fuerzas Armadas, concordante con el artículo 21 de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 0142013-DE, de fecha 4 de diciembre de 2013, establece que el personal nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios, por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 21 del referido Decreto Legislativo, más el tiempo compensatorio dispuesto en el citado artículo; Que, el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 778-2008-DE/SG, de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modificatoria

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