Norma Legal Oficial del día 19 de mayo del año 2016 (19/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Jueves 19 de mayo de 2016

NORMAS LEGALES

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aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha 18 de mayo de 2013, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, de fecha 11 de setiembre de 2014, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; concordado con la Resolución Ministerial Nº 1017-2015-DE/SG, de fecha 6 de noviembre de 2015, que reajusta el monto de la Unidad de Compensación Extraordinaria para el Año Fiscal 2016; Decreto Supremo Nº 002-2015-DE, de fecha 28 de enero de 2015; que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos Órganos del Ministerio de Defensa; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Capitán de Corbeta Roberto Carlos GONZÁLEZ Cuadros, CIP. 00907637, DNI. 43312297 y del Técnico 2º Sad. Carlos Alexander PAYANO Negrón, CIP. 02937359, DNI. 43356726, quienes han sido designados para que se desempeñen como Oficial Logístico (Shore Detachment Officer - SDO) y Técnico Logístico (Shore Supply Support), respectivamente, durante el despliegue submarino del Programa de Iniciativa Submarina de Diésel Eléctrico (DESI) del Ejercicio Binacional SUBDIEX 2016, en la ciudad de Mayport, Estado de Florida, Estados Unidos de América, del 12 de junio de 2016 al 6 de febrero de 2017; así como, autorizar su salida del país el 11 de junio de 2016. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos correspondientes al Año Fiscal 2016, de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes Aéreos (ida): Lima - Mayport (Estados Unidos de América)
US$ 1,000.00 x 2 personas US$ 2,000.00

Artículo 7.- El Oficial Superior comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 8.- El mencionado Personal Naval, revistará en la Dirección General del Personal de la Marina, por el período que dure la Comisión de Servicio. Artículo 9.- El citado Personal Naval, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo compensatorio dispuesto en la Ley de la materia. Artículo 10.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 11.- La presente Resolución Suprema, será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros JAKKE VALAKIVI ÁLVAREZ Ministro de Defensa 1382079-4

Autorizan viaje de Jefe Institucional de CONIDA a Francia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 152-2016-DE Lima, 18 de mayo de 2016 CONSIDERANDO:

Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero:
US$ 5,775.05 / 30 x 19 días (junio 2016) x 1 Oficial Superior US$ 5,775.05 x 6 meses (julio - diciembre 2016) x 1 Oficial Superior US$ 4,582.34 / 30 x 19 días (junio 2016) x 1 Técnico US$ 4,582.34 x 6 meses (julio - diciembre 2016) x 1 Técnico TOTAL A PAGAR: US$ 3,657.53 US$ 34,650.30 US$ 2,902.15 US$ 27,494.04 US$ 70,704.02

Artículo 3.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/ SG, de fecha 26 de enero de 2004 y de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF del 11 de setiembre de 2014, con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4.- El pago por gastos de traslado y pasajes aéreos de retorno que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en Comisión de Servicio, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú, del Año Fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- El monto de la Compensación Extraordinaria mensual será reducida, por la Marina de Guerra del Perú, en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF. Artículo 6.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes.

Que, el 24 de abril de 2014 se suscribió el Acuerdo relativo a la Adquisición de un Sistema Satelital Óptico de Observación de la Tierra de resolución submétrica entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Francesa, así como también el Protocolo de Aplicación del Acuerdo; habiendo entrado en vigencia ambos instrumentos el 21 de octubre de 2014; Que, el numeral 5.2.1 del Compromiso de Suministro establece que las reuniones de avance tienen lugar cada trimestre en la ciudad de Toulouse entre el cliente y el proveedor, para: 1). Examinar el avance de las tareas con respecto al estado previsto, así como todos los acontecimientos importantes del periodo anterior, 2). Identificar las cuestiones que plantean problemas y decidir el plan de acción, 3). Examinar el estado actual del diseño y de la calificación y la planificación actual y 4). Examinar el estado de los grandes contratos de subcontratación; Que, mediante la Carta de fecha 14 de abril de 2016, el Jefe del Proyecto de Airbus Defence and Space ­ PerúSAT-1 solicita la participación del Jefe Institucional de CONIDA a la última fase de la Revisión de Aceptación del Sistema (SAR) que se llevará a cabo del 23 al 27 de mayo de 2016 en la planta de Airbus Defence and Space ubicada en la ciudad de Toulouse, República Francesa; Que, de acuerdo al procedimiento seguido para la revisión anterior del diseño del sistema, AIRBUS Defence & Space requiere que una autoridad superior al Jefe del proyecto participe de la revisión de discrepancias y en particular integre la Junta de Revisión, en tal sentido, por ser interés y obligación del Estado Peruano el cumplimiento oportuno de los compromisos derivados del citado Acuerdo y Protocolo de Aplicación, resulta necesario autorizar el viaje en Comisión de Servicio del Mayor General FAP Carlos Elías RODRÍGUEZ PAJARES, Jefe Institucional de CONIDA;

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