Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2016 (24/05/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Martes 24 de mayo de 2016

NORMAS LEGALES

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y Riego, a partir del día 24 de mayo de 2016 y mientras dure la ausencia de la Titular. Artículo 3.- La presente resolución es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Presidente del Consejo de Ministros 1383815-2

Autorizan viaje de funcionarios del INDECOPI a EE.UU., en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 101-2016-PCM Lima, 23 de mayo de 2016 VISTA: La Carta Nº 228-2016/PRE-INDECOPI de la Presidencia del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1033, Decreto Legislativo que aprueba la ley de organización y funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; el Indecopi es un Organismo Público Especializado adscrito a la Presidencia del Consejo de Ministros que tiene como funciones la promoción del mercado y la protección de los derechos de los consumidores; además de fomentar en la economía peruana una cultura de leal y honesta competencia, resguardando todas las formas de propiedad intelectual: desde los signos distintivos y los derechos de autor hasta las patentes y la biotecnología; Que, teniendo en cuenta las estrechas relaciones económicas y la cooperación entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de los Estados Unidos de América, en el marco del Acuerdo de Promoción Comercial suscrito el 12 de abril de 2006; y, en particular, el compromiso contenido en el Capítulo 13 del referido Acuerdo en relación a la cooperación en materia de política de defensa de la competencia, se ha previsto que el 26 de mayo de 2016, en la ciudad de Washington D.C. Estados Unidos de América, se suscriba un Acuerdo de Cooperación en Materia de Defensa de la Competencia entre el INDECOPI, el Departamento de Justicia y la Comisión Federal de Comercio de los Estados Unidos de América; Que, el Acuerdo a suscribir busca promover la cooperación en la ejecución de las leyes de competencia, así como garantizar que el INDECOPI y las autoridades estadounidenses de defensa de la competencia tomen cuidadosamente en cuenta los intereses importantes de cada una de ellas en la aplicación de sus leyes de defensa de la competencia; asimismo, permita al INDECOPI trabajar junto a las agencias más importantes en materia de protección al consumidor y derecho de la competencia, así como facilitar el acceso a oportunidades de capacitación, hecho que potenciará las distintas cualidades de los profesionales del Indecopi, además de beneficiar al Perú respecto de temas de interés nacional; Que, por otra parte, el Estado peruano es un modelo a seguir a nivel internacional en lo que respecta a la eliminación de barreras burocráticas, es así que, se viene coordinando el desarrollo de un sistema que permita la búsqueda virtual en línea de jurisprudencia del INDECOPI en materia de eliminación de barreras burocráticas; así como el desarrollo de guías de trabajo que permitan el adecuado análisis de casos relacionados a esta materia; reflejando el desarrollo de estos proyectos, el rol protagónico que tiene el INDECOPI a nivel internacional,

por cuanto los trabajos que realiza, vienen siendo objeto de estudio por otras agencias pares; Que, en este sentido, el INDECOPI ha implementado, con el apoyo del Grupo del Banco Mundial (GBM), los servicios específicos para aumentar la efectividad de las políticas de competencia del Indecopi, a nivel de la economía y en sectores específicos, y tomando en cuenta el importante trabajo que se ha venido desarrollando, se debe resaltar la aprobación de significativos cambios legislativos en materias de libre competencia y eliminación de barreras burocráticas; por lo que resulta de sumo interés acudir a una reunión programada con representantes del Banco Mundial, el 26 de mayo de 2016, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, a fin de reportar el avance y monitorear las distintas actividades implementadas con el apoyo de la mencionada entidad mundial; Que, asimismo, fruto de los esfuerzos realizados por la Secretaría General de la Organización de Estados Americanos (OEA) en alianza con la Organización Panamericana de la Salud (OPS), se crea la Red de Consumo Seguro y Salud (RCSS) cuyo objetivo es contribuir a la conformación y consolidación de los sistemas nacionales y regionales destinados a fortalecer la seguridad de los productos, y de esta forma proteger la salud de los consumidores, a través de la detección rápida y la acción coordinada para evitar el ingreso de productos de consumo no alimentarios inseguros a los mercados americanos; Que, dentro de los trabajos realizados por la RCSS, se crea el Sistema Interamericano de Alertas Rápidas (SIAR), el cual consiste en un sistema de registro de datos que contribuirá a proteger a los consumidores mediante la detección rápida y la acción coordinada para evitar la entrada de productos de consumo inseguros en los mercados de las Américas, y propiciará un diálogo hemisférico amplio dirigido a la elaboración de criterios transparentes, uniformes y estables para identificar, evaluar y ponderar el riesgo por productos de consumo, así como la adopción de medidas rápidas y efectivas de forma interdisciplinaria, a nivel nacional e internacional, para minimizar la posibilidad de que dicho riesgo se materialice en un daño a las personas o su propiedad; Que, a fin de fortalecer y consolidar el trabajo realizado, se ha previsto que el 27 de mayo de 2016, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, se suscriba un Acuerdo de Cooperación entre el INDECOPI y la OEA sobre la Red de Consumo Seguro y Salud; y, adicionalmente, se realicen reuniones de trabajo con funcionarios del mencionado organismo internacional, a fin de dialogar sobre los progresos de la RCSS; Que, en atención a las consideraciones expresadas, resulta de interés nacional, el viaje de los funcionarios del INDECOPI, señor Hebert Eduardo Tassano Velaochaga, Presidente del Consejo Directivo y del señor Mauricio Gonzales del Rosario, Gerente de la Gerencia de Cooperación Técnica y Relaciones Institucionales, para que participen en los eventos mencionados en los considerandos anteriores, que permitan al INDECOPI, captar fondos de la cooperación internacional, suscribir importantes Convenios de Cooperación para continuar desarrollando importantes actividades y proyectos en temas de Defensa de la Libre Competencia y Eliminación de Barreras Burocráticas y faciliten el acceso a oportunidades de capacitación para el personal, hecho que potenciará las distintas cualidades de los profesionales del INDECOPI, además de beneficiar al Perú respecto a temas de interés nacional; siendo que los gastos que irrogue el presente viaje serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional del INDECOPI; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios púbicos, y modificatorias; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias; y el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros,

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