Norma Legal Oficial del día 03 de noviembre del año 2016 (03/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Jueves 3 de noviembre de 2016

NORMAS LEGALES

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- Señor Carlos Basombrio Iglesias, Ministro del Interior - Señor Bruno Giuffra Monteverde, Ministro de la Producción - Señor Martin Vizcarra Cornejo, Ministro de Transporte y Comunicaciones - Señora Elsa Galarza Contreras, Ministra del Ambiente - Señora Ana Maria Romero Lozada, Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables Artículo 2.- Encargar al Ministro de Economía y Finanzas, señor Alfredo Eduardo Thorne Vetter, el Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros y la Cartera del Ministerio del Interior; mientras dure la ausencia de sus titulares. Artículo 3.- Encargar al Ministro de Comercio Exterior y Turismo, señor Eduardo Ferreyros Küppers, la Cartera del Ministerio de la Producción; mientras dure la ausencia de su titular. Artículo 4.- Encargar al Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, señor Edmer Trujillo Mori, la Cartera del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; mientras dure la ausencia de su titular. Artículo 5.- Encargar a la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social, señora Lucía Cayetana Aljovín Gazzani, la Cartera del Ministerio del Ambiente; mientras dure la ausencia de su titular. Artículo 6.- Encargar a la Ministra de Justicia y Derechos Humanos, señora María Soledad Pérez Tello de Rodríguez, la Cartera del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; mientras dure la ausencia de su titular. Artículo 7.- Encargar al Ministro de Cultura, señor Jorge Nieto Montesinos, la Cartera del Ministerio de Defensa; mientras dure la ausencia de su titular. Artículo 8.- La presente resolución suprema no irrogará gasto alguno al Estado Peruano; asimismo, no libera ni exonera del pago de impuestos y/o derechos aduaneros de cualquier clase o denominación. Artículo 9.- La presente resolución suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros 1449124-3

Autorizan viaje de Presidente del Consejo Directivo del OSIPTEL a Bolivia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 280-2016-PCM Lima, 2 de noviembre de 2016 VISTO: El Oficio N° 453-2016-MTC/03 de fecha 25 de octubre de 2016, mediante el cual el Viceministro de Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, convocó al Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones ­ OSIPTEL, a participar en el "Encuentro Presidencial y II Reunión de Gabinete Binacional de Ministros Perú y Bolivia", a realizarse el 04 de noviembre de 2016, en la ciudad de Sucre, Estado Plurinacional de Bolivia; CONSIDERANDO: Que, el Gabinete Binacional Perú - Bolivia constituye el mecanismo de diálogo de más alto nivel político, que tiene por objetivo dinamizar la agenda compartida, armonizar las políticas bilaterales e impulsar la cooperación sectorial, particularmente en el desarrollo de proyectos de

inclusión social y de carácter fronterizo para beneficio de las comunidades de ambos países; Que, con fecha 23 de junio de 2015, se llevó a cabo el Encuentro Presidencial y Primera Reunión del Gabinete Binacional de Ministros Perú y Bolivia, donde se suscribió la Declaración de Isla Esteves, documento que establece compromisos en el ámbito bilateral para formular iniciativas y proyectos conjuntos en los ejes temáticos de "Medio Ambiente y Recursos Hídricos", "Seguridad y Defensa", "Desarrollo Económico, Asuntos Sociales y Fortalecimiento Institucional" e "Infraestructura para la Integración y el Desarrollo"; Que, como parte de las actividades vinculadas al Eje Temático de "Infraestructura para la Integración y el Desarrollo", el Grupo de Trabajo de Telecomunicaciones estableció que con el apoyo de los respectivos Organismos Reguladores de telecomunicaciones, se emprendan acciones para mejorar la información a los usuarios y reducir las tarifas de roaming internacional entre ambos países, y se adopten acciones conjuntas para minimizar la problemática con relación a los terminales móviles robados o hurtados y extraviados; Que, en el "Encuentro Presidencial y II Gabinete Binacional de Ministros Perú y Bolivia" a realizarse en el día 04 de noviembre de 2016, se revisará el cumplimiento de los acuerdos establecidos en la Declaración de Isla Esteves y se adoptarán las nuevas iniciativas con el propósito de profundizar la integración e impulsar la agenda de interés común para ambos países; Que, en atención a los compromisos asumidos por el Gobierno Peruano en la Declaración de Isla Esteves en el ámbito de las telecomunicaciones, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones ­ OSIPTEL ha venido trabajando en coordinación con el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y con la contraparte boliviana, aspectos relacionados con el servicio de roaming internacional y la problemática de los terminales móviles robados o hurtados, perdidos y recuperados; Que, en el marco del "Encuentro Presidencial y II Reunión de Gabinete Binacional de Ministros Perú y Bolivia", se suscribiría el "Acuerdo Interinstitucional para la implementación y operación del procedimiento de intercambio de información de equipos terminales móviles robados o hurtados, perdidos y recuperados entre el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones ­ OSIPTEL, ambos de la República del Perú, y el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, y la Autoridad de Regulación, Fiscalización de Telecomunicaciones y Transportes, ambos del Estado Plurinacional de Bolivia"; Que, el referido acuerdo establece que el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones ­ OSIPTEL, será la entidad responsable como canal único para el intercambio de información en representación del Estado Peruano; Que, considerando la agenda de actividades a realizarse en el referido evento, así como la adopción de nuevos compromisos orientados al desarrollo de los servicios de telecomunicaciones de ambos países, resulta fundamental la participación del señor Gonzalo Martín Ruiz Díaz, Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones ­ OSIPTEL; Que, los gastos de viáticos serán cubiertos por el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones ­ OSIPTEL, con cargo a su presupuesto institucional; De conformidad con la Ley Nº 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 063-2007PCM, y modificatorias;

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