Norma Legal Oficial del día 11 de noviembre del año 2016 (11/11/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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NORMAS LEGALES

Viernes 11 de noviembre de 2016 /

El Peruano

GOBIERNO REGIONAL DE LORETO
Autorizan viaje de Gobernador Regional a Marruecos, en comisión de servicios
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 064-2016-SO-GRL-CR: 08 / 11/ 2016 Iquitos, 8 de noviembre del 2016 VISTO: En Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional de Loreto, de fecha 08 de Noviembre de 2016, a mérito del Oficio Nº 794-2016-GRL-P mediante el cual el Gobernador Regional SOLICITA AUTORIZACIÓN PARA VIAJE A LA CIUDAD DE MARRAKESH ­ MARRUECOS del 13 al 17 de Noviembre del presente año. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado y el Artículo 2º de la Ley Nº27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público interno, gozan de autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el Artículo 39º de la Ley Orgánica ante glosada, precisa que "los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, interés ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional"; Que, el inciso 24) del Artículo 2º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Loreto (RIC), aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 031-2008-GRL-CR, modificada por Ordenanza Regional Nº 016-2011 GRLCR, de fecha 07 de marzo de 2012, establece como una de las atribuciones del Consejo Regional, autorizar al Gobernador Regional, Vicepresidente y Consejeros, realizar viajes al exterior en misión oficial; por lo que habiendo el Gobernador Regional presentado su solicitud de Autorización de viaje, acompañando la Carta Nº 0027-2016-CIAM7PERU de fecha 14 de Octubre del 2016 del Consejo Interregional Amazónico ­ CIAM a través de la cual se formaliza la invitación a la COP22 y el CMP12 que se llevará a cabo en la ciudad de Marrakesh, Marruecos, del 07 al 18 de Noviembre del presente año, corresponde proceder a tomar el Acuerdo de Consejo de Ley. Que, en uso de sus atribuciones, el Consejo Regional de esta entidad, establecidos en los artículos 15º, literal k); 16º literal a) y 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias ­ Ley Nº 27867; artículos 2º numeral 1) y 12º literal b) del Reglamento Interno del Consejo, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº031-2008-GRL-CR, de fecha 15/12/2008, modificado por Ordenanza Regional Nº016-2011-GRL-CR, de fecha 16/12/11, en su artículo 2º, numeral 24), establece que es atribución del Consejo Regional " Las demás que se señalan de acuerdo a Ley", y lo señalado en el Literal "G" segundo párrafo del Artículo 10º de la Ley de Presupuesto al año fiscal 2016 "Ley de Presupuesto" por el cual establece el requerimiento de autorizaciones de viajes al exterior (...) en los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, se autoriza mediante Acuerdo del Consejo Regional (...) y demás normas pertinentes, en Sesión Ordinaria, de fecha viernes, 08 de Noviembre de 2016; con dispensa previa del trámite de lectura y aprobación del Acta anterior, el Pleno del Consejo Regional de Loreto ACORDÓ por UNANIMIDAD lo siguiente: Artículo Primero.- AUTORIZAR EL VIAJE A LA CIUDAD DE MARRAKESH ­ MARRUECOS DEL SR. GOBERNADOR REGIONAL DE LORETO LIC. ADM. FERNANDO MELÉNDEZ CELIS PARA PARTICIPAR EN LA COP22 Y EL CMP12 DEL 13 AL 17 DE NOVIEMBRE DEL PRESENTE AÑO, VIAJE QUE NO IRROGARÁ GASTO ALGUNO AL GOBIERNO REGIONAL DE

LORETO CON EL COMPROMISO DE INFORMAR AL PLENO RESPECTO A LOS RESULTADOS DEL PRESENTE VIAJE. Artículo Segundo.- EL VICEGOBERNADOR DE LA REGIÓN LORETO ASUMIRÁ LAS FUNCIONES DEL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE LORETO CON LAS PRERROGATIVAS Y ATRIBUCIONES PROPIAS DEL CARGO, CONFORME LO ESTABLECE EL ARTÍCULO 23º DE LA LEY ORGÁNICA DE GOBIERNOS REGIONALES ­ LEY Nº 27867 Y SUS MODIFICATORIAS. Artículo Tercero.- ENCARGAR A LA SECRETARÍA DEL CONSEJO REGIONAL DE LORETO, NOTIFICAR A LA GERENCIA GENERAL PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PRESENTE ACUERDO, ASÍ COMO A LA OFICINA EJECUTIVA DE DESARROLLO INSTITUCIONAL E INFORMÁTICA, A EFECTO DE PUBLICAR EL PRESENTE ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL, EN EL PORTAL WEB DEL GORE LORETO: WWW. REGIONLORETO.GOB.PE. Notifíquese, regístrese y publíquese. Dado en la ciudad de Iquitos a los 8 días del mes de noviembre del dos mil dieciséis. EDINSON GUERRERO SANCHEZ Consejero Delegado Consejo Regional de Loreto 1451512-1

GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS
Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional Forestal y de Fauna Silvestre del Gobierno Regional de Madre de Dios, TUPA - 2016
ORDENANZA REGIONAL Nº 09-2016-RMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria Descentralizada de Consejo celebrada el 14 de octubre del 2016, en el Distrito de Inambari, Provincia de Tambopata, ha aprobado por unanimidad, la siguiente Ordenanza Regional. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, emanan de la voluntad popular, gozan de autonomía política, económica y administrativa, y tienen por misión, organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales. Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, el artículo 38 de la precitada Ley, establece que "Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia". Que, mediante Ordenanza Regional Nº 034-2000-GRMDD/CR, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Programa Regional de Manejo de Recursos Forestales y Fauna Silvestre (PRMRFFS).

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