Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2016 (29/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Sábado 29 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES

602989

ENERGIA Y MINAS
Disponen la publicación del Proyecto de Modificación del D.S N° 020-2008-EM y del Proyecto de Reglamento Ambiental para las Actividades de Exploración Minera
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 448-2016-MEM/DM Lima, 27 de octubre de 2016 CONSIDERANDO: Que, el numeral 22 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú establece que toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida; Que, el artículo 3 de la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, referido al rol de Estado en materia ambiental, dispone que éste a través de sus entidades y órganos correspondientes diseña y aplica, entre otros, las normas que sean necesarias para garantizar el efectivo ejercicio de los derechos y el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades contenidas en dicha Ley; Que, el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 014-92EM, Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, define a la exploración como la actividad minera tendente a demostrar las dimensiones, posición, características mineralógicas, reservas y valores de los yacimientos minerales; Que, por Decreto Supremo Nº 020-2008-EM, se aprobó el Reglamento Ambiental para las Actividades de Exploración Minera, que regula la prevención, minimización, mitigación y control de los riesgos y efectos que pudieran derivarse de las actividades de exploración minera sobre la salud, la seguridad de las personas y el ambiente, así como la rehabilitación ambiental al término de las mismas, propendiendo a un adecuado relacionamiento entre los titulares de actividades mineras y la población asentada en su ámbito de influencia, a fin de contribuir al desarrollo sostenible; Que, durante el tiempo de vigencia del referido reglamento se han emitido normas que han modificado el marco legal sobre la evaluación ambiental y el otorgamiento de títulos habilitantes relacionados con dichas actividades, así como las funciones y atribuciones de las entidades del Estado en materia de fiscalización ambiental minera, por lo que resulta necesario modificar el Reglamento Ambiental para las Actividades de Exploración Minera para adecuarlo a la legislación vigente; Que, el literal c) del artículo 4 del Decreto Supremo N° 031-2007-EM, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, señala que éste tiene la función de dictar la normatividad general de alcance nacional en las materias de su competencia; correspondiendo a la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros formular, proponer y aprobar, cuando corresponda, las normas técnicas y legales relacionadas con la conservación y protección del medio ambiente, tal como dispone el literal b) del artículo 107 del reglamento mencionado; Que, en ese contexto, el Ministerio de Energía y Minas, por medio de la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros, ha elaborado el Proyecto de Modificación del Reglamento Ambiental para las Actividades de Exploración Minera, Decreto Supremo Nº 020-2008-EM; propuesta que, previa a su aprobación, requiere contar con las sugerencias y/o comentarios de los interesados, conforme a lo establecido en el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; por lo que corresponde emitir la presente Resolución Ministerial; Con el visto del Viceministro de Minas, del Director General de la Dirección General de Asuntos Ambientales

Mineros y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; la Ley N° 28611, Ley General del Ambiente, y el Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la publicación del Proyecto de Modificación del Decreto Supremo Nº 020-2008-EM y del Proyecto de Reglamento Ambiental para las Actividades de Exploración Minera. Dicha publicación se realizará en el Portal Web Institucional del Ministerio de Energía y Minas (http:// www.minem.gob.pe/consultas_publicas), a fin de conocer las sugerencias y/o comentarios de los interesados, por un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- Las sugerencias y/o comentarios sobre el proyecto señalado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deberán ser remitidas, por escrito, a la Dirección General de Asuntos Ambientales Mineros del Ministerio de Energía y Minas, cuya sede se ubica en Avenida De Las Artes Sur N° 260, San Borja, Lima 41, y/o a la dirección electrónica exploraciónminera@minem. gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas 1447508-1

Autorizan al Director General de Hidrocarburos a suscribir el Convenio de Estabilidad Jurídica a celebrarse entre el Estado Peruano, a través del Ministerio de Energía y Minas y PROINVERSIÓN, con Negocios de Gas S.A.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 449-2016-MEM/DM Lima, 27 de octubre de 2016 VISTOS: Los Oficios N° 691-2016/PROINVERSIÓN/ DSI, N° 706-2016/PROINVERSIÓN/DSI, N° 717-2016/ PROINVERSIÓN/DSI y N° 821-2016/PROINVERSIÓN/ DSI, el Informe Legal N° 01-2016/DSI, emitido por Asesoría Legal de la Dirección de Servicios al Inversionista, el Informe N° 97-2016/DSI, elaborado por la Dirección de Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN; y el Informe N° 149-2016-MEM/DGH; y CONSIDERANDO Que, mediante acuerdo del Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada PROINVERSIÓN, adoptado en su sesión de fecha 04 de enero de 2013, se acordó incorporar al proceso de promoción de la inversión privada el Proyecto "Mejoras a la Seguridad Energética del País y Desarrollo del Gasoducto Sur Peruano" bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Legislativo Nº 1012 y sus normas reglamentarias, modificatorias y conexas; siendo ratificado dicho acuerdo mediante Resolución Suprema Nº 005-2013-EF; Que, a través del acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, adoptado en su sesión de fecha 07 de febrero de 2013, se acordó aprobar el Plan de Promoción de la Inversión Privada del Proyecto "Mejoras a la Seguridad Energética del País y Desarrollo del Gasoducto

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