Norma Legal Oficial del día 30 de octubre del año 2016 (30/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano / Domingo 30 de octubre de 2016

NORMAS LEGALES
MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR

603077

MUNICIPALIDAD DE LURIGANCHO CHOSICA Ordenanza Nº 238-MDL.- Ordenanza que dispone beneficios de regularización de obligaciones tributarias sustanciales, formales, multas administrativas y formalización del servicio de agua potable 603123 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Ordenanza Nº 028-2016-MDMM.- Modifican Ordenanza N° 352-MDMM que norma la identificación de canes a través de microchips y facultan al Alcalde para que mediante Decreto de Alcadía dicte las disposiciones reglamentarias y/o complementarias necesarias para la adecuada aplicación y/o ampliación de la presente norma 603125 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO D.A. Nº 21-2016-MSS.- Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 424-MSS, que suspende temporalmente la recepción de solicitudes de aprobación de Anteproyectos en Consulta y Licencis de Edificación para edificios multifamiliares y conjuntos residenciales multifamiliares, y otros 603126

D.A. Nº 014-2016-ALC/MVES.- Modifican el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad 603127 R.A. N° 780-2016-ALC/MVES.- Aprueban la habilitación urbana de oficio de la Asociación de Vivienda Villa de Jesús, ubicada en el distrito 603128

SEPARATA ESPECIAL
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Res.Nº 41-2016/SUNAT/5F0000.Modifican Procedimiento General "Exportacion Definitiva" INTAPG.02 (Versión 6) 603064

PODER LEGISLATIVO

Tipo de unidad Cantidad de personal

Ejército y Fuerza Aérea de los Estados Unidos de América. 114 efectivos del Ejército. 454 efectivos de la Fuerza Aérea. Información del Ejército de los Estados Unidos de América 1) 2) 3) 4) 5) 6) 7) 8) 9) 10) 11) Ciento catorce (114) fusiles M4. Sesenta y cuatro (64) pistolas Glock 22. Sesenta y cuatro (64) pistolas Glock 19. Treinta (30) pistolas M9. Cuatro (4) ametralladoras M240. Ocho (8) escopetas Remington. Ocho (8) fusiles Francotirador SR 25. Veinte (20) fusiles SCAR 7.62 mm. Dos (2) helicópteros Blackhawk MH60. Nueve (9) miniametralladoras Dillon M134. Sistema administrador de datos (2 por cada motor General Electric T700) por helicóptero.

CONGRESO DE LA REPUBLICA
RESOLUCIÓN LEGISLATIVA Nº 30511
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa siguiente:

Tipo y cantidad de armamento

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE AUTORIZA EL INGRESO DE PERSONAL MILITAR EXTRANJERO AL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE ACUERDO CON EL PROGRAMA DE ACTIVIDADES OPERACIONALES DE LAS FUERZAS ARMADAS DEL PERÚ CON FUERZAS ARMADAS EXTRANJERAS, CORRESPONDIENTE AL MES DE NOVIEMBRE DE 2016
Artículo 1. Objeto de la Resolución Legislativa Autorízase el ingreso al territorio de la República del personal militar de los Estados Unidos de América, de acuerdo con el Programa de Actividades Operacionales de las Fuerzas Armadas del Perú con Fuerzas Armadas Extranjeras, correspondiente al mes de noviembre de 2016, en el marco de lo establecido en el inciso 8) del artículo 102 de la Constitución Política del Perú y conforme a las especificaciones y objetivos que se señalan en el cuadro siguiente:
Apoyo de las reuniones del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico (APEC) Objetivo Realizar tareas administrativas, logísticas y de seguridad en apoyo, antes, durante y después, de las reuniones del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico (APEC). Lima. 6 de noviembre de 2016. Estados Unidos de América.

Información de la Fuerza Aérea de los Estados Unidos de América 1) Cuatro (4) aviones E-3 de alerta temprana y control aerotransportado (AWACS). 2) Cuatro (4) tanqueros tipo KC-135 o KC-10. 3) Un (1) avión C-17 para evacuación aérea. 4) Dos (2) camiones escalera. 5) Siete (7) camiones de recarga de combustible. 6) Dos (2) extinguidores de incendio para avión. 7) Diez (10) carritos de iluminación. 8) Una (1) barra de arrastre para 747. 9) Dos (2) carritos de encendido para avión. 10) Dos (2) generadores para avión. 11) Un (1) tanque para líquido de 400 galones de capacidad.

Lugar Fecha de inicio País participante

Tiempo de permanencia Diecinueve (19) días.

Artículo 2. Autorización para modificación de plazo Autorízase al Poder Ejecutivo para que, a través del Ministerio de Defensa y por resolución suprema, pueda modificar, cuando existan causas imprevistas, la fecha de inicio de ejecución de la actividad operacional considerada en el artículo 1, siempre y cuando dicha modificación no exceda el tiempo de permanencia fijado. El ministro de Defensa procede a dar cuenta de la modificación a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno, Desarrollo Alternativo y Lucha contra las Drogas del Congreso de la República en el plazo de cuarenta y ocho horas después de expedida la citada resolución suprema.

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