Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2016 (08/09/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 36

598658

NORMAS LEGALES

Jueves 8 de setiembre de 2016 /

El Peruano

cargo a recursos públicos, salvo los siguientes casos, que se autorizan mediante resolución del titular de la entidad: a) Los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y financieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú. (...)" (el subrayado es agregado); Que, la finalidad del viaje se enmarca dentro del supuesto de excepción citado en el considerando precedente, el mismo que se encuentra establecido en el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30281, conforme al análisis efectuado en el Informe Nº 561-2016-SANIPES/OAJ antes citado, toda vez que el viaje propuesto se realizará en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú y dar a conocer los altos estándares de sanidad, inocuidad y calidad de los recursos y/o productos hidrobiológicos de origen nacional, lo cual coadyuvará a la apertura de nuevos mercados y a la realización de transacciones comerciales, en beneficio de los productores peruanos nacionales. A su vez, dicha participación permitirá llevar a cabo una reunión técnica con la Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena (AQSIQ), autoridad sanitaria de la República Popular de China, permitiendo dar un seguimiento a las acciones realizadas por el SANIPES para alcanzar los estándares internacionales sanitarios requeridos por dicha autoridad, a fin de que los recursos hidrobiológicos como el langostino y el paiche puedan ingresar al mercado asiático, beneficiando así a los productores peruanos nacionales; Que, estando al itinerario remitido y considerando que el evento es de interés institucional y nacional, corresponde autorizar el viaje del Econ. Edmundo Vargas Panizo, Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del SANIPES, del 09 al 16 de setiembre de 2016 a la ciudad de Beijing, República Popular de China, cuyos gastos serán cubiertos por el SANIPES; Con el visado de la Secretaría General, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina de Administración, y de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30063, Ley que crea el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; y en el ejercicio de la facultad prevista en el literales p) del artículo 18° del Reglamento de Organización y Funciones del SANIPES, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2014-PRODUCE. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del Econ. Edmundo Vargas Panizo, Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a la ciudad de Beijing, República Popular de China, del 09 al 16 de setiembre de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irroguen el cumplimiento del artículo precedente, estarán a cargo del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos Viáticos US$ 500 x 3 días Gastos de instalación 2 días Total : S/ 10,227.00 : S/ 5,100.00 : S/ 3,400.00 ----------------S/ 18,727.00

Artículo 4º.- La presente Resolución de Dirección Ejecutiva no otorga derechos a exoneración o liberación de impuestos y derechos de cualquier clase o denominación. Artículo 5º.- Encargar al señor CHRISTIAN RICARDO RAVINES SERRANO, las funciones de Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera - SANIPES, a partir del 09 de setiembre de 2016 y en tanto dure la ausencia del titular, en adición a sus funciones. Artículo 6º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional del SANIPES (www.sanipes.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese DIANA GARCÍA BONILLA Directora Ejecutiva Organismo Nacional de Sanidad Pesquera SANIPES 1425458-1

RELACIONES EXTERIORES
Decreto Supremo que ratifica la declaración de interés nacional del ejercicio por el Perú de la Presidencia del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico (APEC) durante el año 2016, incluyendo la realización de la XXIV Cumbre de Líderes de dicho Foro y los eventos conexos que se llevarán a cabo en el 2016
DECRETO SUPREMO Nº 071-2016-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico (APEC) es un mecanismo de concertación y cooperación económica creado en 1989 e integrado por 21 economías de la Región Asia-Pacífico; Que, el Perú forma parte del Foro de Cooperación Económica del Asia Pacífico (APEC) desde 1998, año en que fue admitido como economía miembro conjuntamente con Rusia y Vietnam, en la VI Cumbre de Líderes celebrada en Kuala Lumpur, Malasia; Que, en la XXI Cumbre de Líderes del Asia Pacífico, realizada en Vladivostok, Federación Rusia, se aceptó el ofrecimiento del Perú para ser sede de las reuniones APEC del año 2016; Que, dada la trascendencia internacional de dicho evento, que atrae gran interés a nivel mundial principalmente en el ámbito económico, mediante Resolución Suprema N° 061-2014-RE, se declaró de interés nacional el ejercicio por el Perú de la Presidencia del Foro de Cooperación Económica Asia Pacífico (APEC) durante el año 2016, incluyendo la realización de la XXIV Cumbre de Líderes de dicho Foro y sus eventos conexos; Que, mediante Decreto Supremo N° 041-2015-RE se crea el Proyecto Especial Perú APEC 2016 en el ámbito del Ministerio de Relaciones Exteriores, que tiene a su cargo dar cumplimiento al calendario de reuniones definidas por el Perú en su calidad de economía sede del Foro APEC en el 2016, lo que comprende la preparación, organización y la realización de la XXIV Cumbre de Líderes de dicho Foro, así como las demás reuniones, actividades preparatorias y eventos conexos; Que, como parte de las actividades de organización del Foro APEC que incluye la realización de la XXIV Cumbre de Líderes del Foro APEC y sus eventos conexos, se ha identificado la necesidad de otorgar facilidades aduaneras a los bienes que se destinen o ingresen en el marco del Foro APEC 2016; Que, la Ley N° 29963, Ley de facilitación aduanera y de ingreso de participantes para la realización de

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el servidor público cuyo viaje se autoriza mediante la presente Resolución, presentará a la Dirección Ejecutiva, un informe detallado sobre las acciones realizadas y resultados obtenidos en las reuniones a las que asistirá; asimismo, presentará la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.