Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2016 (08/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Jueves 8 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

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SE RESUELVE: Artículo 1.- Concluir la designación del señor JAIME TEOFILO VENTURA FLORES en el cargo de Prefecto Regional de Moquegua. Artículo 2.- Designar a la señora PAULINA LOURDES CANO OVIEDO en el cargo de Prefecta Regional de Moquegua. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1425978-29

JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Decreto Supremo que restablece el proceso de determinación e identificación de beneficiarios civiles, militares y policías del programa de reparaciones económicas
DECRETO SUPREMO Nº 012-2016-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA: CONSIDERANDO: Que mediante Ley N° 28592, Ley que crea el Plan Integral de Reparaciones ­PIR, se aprobó el Plan Integral de Reparaciones para las víctimas de la violencia ocurrida durante el período de mayo de 1980 a noviembre de 2000, conforme a las conclusiones y recomendaciones del Informe de la Comisión de la Verdad y Reconciliación; Que, de acuerdo al artículo 4 de la Ley Nº 28592, modificado por la Ley Nº 29979, no son consideradas víctimas, y por ende no son beneficiarios de los programas de reparación, los miembros de las organizaciones subversivas y las personas procesadas por delito de terrorismo o apología del terrorismo hasta la definición de su situación jurídica. Que, mediante Decreto Supremo N° 011-2004-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 024-2004-PCM y Decreto Supremo N° 031-2005-PCM, se creó la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada del seguimiento de las acciones y políticas del Estado en los ámbitos de la paz, la reparación colectiva y la reconciliación nacional ­ CMAN; Que, mediante Decreto Supremo N°102-2011-PCM dicha Comisión y el Consejo de Reparaciones fueron adscritos al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, mediante Decreto Supremo N° 015-2006-JUS se aprobó el Reglamento de la Ley N° 28592, que desarrolla el marco normativo contenido en la citada Ley, y establece los mecanismos, modalidades y procedimientos que permiten acceder a los programas: a) Programa de restitución de derechos ciudadanos, b) Programa de reparaciones en educación, c) Programa de reparaciones en salud, d) Programa de reparaciones colectivas e) Programa de reparaciones simbólicas, f) Programa de promoción y facilitación al acceso habitacional; y, g) Otros programas que la Comisión Multisectorial apruebe; Que, de acuerdo al artículo 4 del Reglamento de la Ley N° 28592, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2006-JUS, la reparación es un proceso que comprende el período a lo largo del cual se realiza el conjunto de acciones de reparación y se orienta a permitir a las víctimas reconstruirse como personas y colectivos, para encarar el futuro con dignidad y se basa en la acción concurrente y expresa del conjunto de las instituciones del Estado; Que, asimismo, para una efectiva acción del Estado en materia de reparaciones, se requiere contar con información organizada, precisa y actualizada sobre las personas y comunidades que resultaron afectadas por la violencia ocurrida durante el periodo de mayo de 1980 a noviembre de 2000; Que, en consecuencia, de acuerdo a los artículos 68, 69 y 70 del Reglamento de la Ley N° 28592, el Registro Único de Víctimas, creado por la Ley N° 28592, es un instrumento público, de carácter nacional, inclusivo y permanente, que tiene como objetivo general la identificación nominal de las víctimas del proceso de violencia que, de manera individual, grupal o comunitaria, tienen derecho a ser beneficiarias o receptoras de las acciones de reparación contempladas en el PIR y que tiene, entre otros, como uno de sus objetivos específicos proveer información de base para el diseño, seguimiento y evaluación de las acciones del Estado en materia de Reparaciones; Que, mediante el artículo 1 del Decreto Supremo N° 051-2011-PCM, se estableció como fecha de

Designan Prefecto Provincias

Regional

de

Lima

RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 313-2016-IN Lima, 7 de setiembre de 2016 VISTO: El Oficio N° 167-2016-ONAGI-J, mediante el cual la Jefatura Nacional de la Oficina Nacional de Gobierno Interior propone la designación del Prefecto Regional de Lima Provincias, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo N° 1140, modificado por Ley N° 30438, se crea la Oficina Nacional de Gobierno Interior como organismo público ejecutor, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional, técnica, económica y presupuestaria en el ejercicio de sus funciones, con calidad de pliego presupuestal y adscrita al Ministerio del Interior; Que, el numeral 3) del artículo 10 de referido Decreto Legislativo, dispone que el Jefe Nacional de la Oficina Nacional de Gobierno Interior tiene por función proponer la designación de Prefectos Regionales. Asimismo, el artículo 14 establece que la designación de Prefectos Regionales se realiza mediante Resolución Suprema; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo N° 1140, Decreto Legislativo que crea la Oficina Nacional de Gobierno Interior, modificado por Ley N° 30438; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 0102013-IN y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Oficina Nacional de Gobierno Interior, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2013-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar al señor JOSE LUIS MARTINEZ LAY en el cargo de Prefecto Regional de Lima Provincias. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1425978-30

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