Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2016 (08/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

Jueves 8 de setiembre de 2016 /

El Peruano

Casma (09°30'S), entre las 30 y 90 millas de la costa"; Que, la Dirección General de Políticas y Desarrollo Pesquero mediante el Informe N° 307-2016-PRODUCE/ DGP-Diropa, sustentada en lo informado por el IMARPE en el Oficio N° 788-2016-IMARPE/DEC, propone dar por finalizada la ejecución de la Pesca Exploratoria autorizada con la Resolución Ministerial N° 328-2016-PRODUCE, en el extremo referido a la realizada por embarcaciones de mayor escala, a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución Ministerial correspondiente; Con las visaciones del Viceministro de Pesca y Acuicultura y de los Directores Generales de las Direcciones Generales de Políticas y Desarrollo Pesquero, de Supervisión y Fiscalización, de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Decreto Ley N° 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE; el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias, y la Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE que aprueba su Reglamento de Organización y Funciones; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar por finalizada la ejecución de la Pesca Exploratoria autorizada con la Resolución Ministerial N° 328-2016-PRODUCE, en el extremo referido a la realizada por embarcaciones de mayor escala, a partir del día siguiente de publicada la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de la Producción 1425613-1

Contabilidad, Finanzas y Tesorería; Informe Nº 533 -2016-SANIPES/OA-UA de la Unidad de Abastecimiento; el Informe Nº 082-2016-SANIPES/OA de la Oficina de Administración; el Memorando N° 131-2016-SANIPES/SG de la Secretaría General, y el Informe Nº 561-2016-SANIPES/ OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 30063, se creó el Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (SANIPES), como un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de la Producción, encargado de normar, supervisar y fiscalizar las actividades de sanidad e inocuidad pesquera, acuícola y de piensos de origen hidrobiológico, en el ámbito de su competencia; asimismo, establece que el citado Organismo tiene por objeto lograr una eficaz administración que establezca aspectos técnicos, normativos y de vigilancia en materia de inocuidad y de sanidad de los alimentos y de piensos de origen pesquero y acuícola, con la finalidad de proteger la salud pública; Que, por medio del Informe Nº 020-2016-SANIPES/ DSNPA de fecha 25 de agosto de 2016, y N° 021-2016-SANIPES/DSNPA de fecha 01 de setiembre de 2016, la Dirección Sanitaria y de Normatividad Pesquera y Acuícola emite el informe técnico que sustenta la participación de la Ing. Diana del Carmen García Bonilla, Directora Ejecutiva del SANIPES, y del Econ. Edmundo Vargas Panizo, Jefe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, como parte de la delegación que acompañará al Presidente de la República, Pedro Pablo Kuczynski, en su visita oficial a la República Popular de China, del 12 al 14 de setiembre de 2016; Que, en el referido informe dicha dirección señala que el SANIPES recibió el día 06 de marzo de 2016 a una delegación de funcionarios de la Administración General de Supervisión de Calidad, Inspección y Cuarentena (AQSIQ), los mismos que realizaron una visita técnica de inspección del 07 al 10 de marzo de 2016 en nuestro país; siendo que el objetivo principal fue realizar la inspección de las plantas de procesamiento y centros de cultivo de langostino (Litopenaeus vannamei) que el Perú viene exportando hacia los diferentes mercados internacionales, teniendo dicha visita resultados altamente positivos sobre las condiciones sanitarias y los procedimientos que se realizan para el procesamiento de langostinos, que son exportados hacia los diferentes mercados internacionales. Posteriormente, la AQSIQ remitió un informe con algunas observaciones, las cuales fueron absueltas a través de un informe técnico, el mismo que fue subsanado y a la fecha viene siendo evaluado por dicha autoridad sanitaria; Que, de igual forma en el citado informe se manifiesta que tras la reciente aprobación del Pleno del Congreso a la solicitud enviada por el Poder Ejecutivo de autorización de viaje del Presidente Pedro Pablo Kuczynski a China, el Ministerio de la Producción ha instruido al SANIPES para que participe de dicho viaje, como parte de la delegación que acompañará al Presidente de la República, a fin de tratar algunos temas de alta prioridad para el sector pesca y acuicultura del Perú, como lo son: i) Gestiones para el ingreso de langostino peruano, ii) Gestiones para el

Autorizan viaje de servidor del SANIPES a la República Popular China, en comisión de servicios
ORGANISMO NACIONAL DE SANIDAD PESQUERA RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 085-2016-SANIPES-DE Surquillo, 6 de setiembre de 2016 VISTOS: El Informe Técnico N° 020-2016-SANIPES/DSNPA y Nº 021-2016-SANIPES/DSNPA de la Dirección Sanitaria y de Normatividad Pesquera y Acuícola; el Informe N° 067-2016-SANIPES/OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe Nº 213-2016-SANIPES/ URH de la Unidad de Recursos Humanos; el Informe Nº 161-2016-SANIPES/OA-UCFYT de la Unidad de

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