Norma Legal Oficial del día 10 de agosto del año 2017 (10/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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NORMAS LEGALES

Jueves 10 de agosto de 2017 /

El Peruano

Que, a través del Oficio Nº 3523-2017-INDECI/5.0 de fecha 26 de julio de 2017, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) remite y hace suyo el Informe Técnico N° 00011-2017-INDECI/11.0, del 25 de julio de 2017, emitido por el Director de Respuesta de dicha entidad, quien informa que la localidad de San Antonio del Estrecho se encuentra en peligro inminente a consecuencia de deslizamiento de tierras. Asimismo, se informa que de acuerdo a la evaluación realizada por el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico (INGEMMET), el mencionado peligro geológico identificado en dicha localidad se encuentra asociado a movimientos en masa de tipo deslizamiento rotacional retrogresivo y activo de ocurrencia excepcional, y que las características del terreno condicionan que la margen derecha del río Putumayo, en el sector San Antonio del Estrecho sea de alta susceptibilidad a la ocurrencia de movimientos en masa y erosión fluvial, más aún cuando se encuentra expuesta a fuertes precipitaciones pluviales que se presentan en dichas zonas; Que, el Informe Técnico N° 00011-2017-INDECI/11.0, ha sido elaborado teniendo en consideración la solicitud del Gobernador Regional del Gobierno Regional de Loreto y el sustento contenido en los siguientes documentos: (i) Informe Técnico Consolidado N° 003-2017-GORELORORD del 12 de junio de 2017; (ii) Evaluación de Daños y Análisis de Necesidades ­ EDAN; (iii) Estado Situacional de la Emergencia; (iv) Oficio N° 894-2017-GRL-GRPPAT del 12 de julio del 2017 con el Informe N° 008-2017-GPPIMPP de 12.06.17; (v) Oficios N° 255-2017-ANA-ALAIQUITOS y N° 257-2017-ANA-ALA-IQUITOS, ambos del 20 de junio de 2017 con el Informe Preliminar Nº 0012017-ANA-ALA-IQUITOS/HHBS; (vi) Oficio N° 613-2017-GRL-ORDN del 23 de mayo de 2017 con el Informe de Estimación de Riesgos en la localidad de San Antonio del Estrecho (Margen Derecha del rio Putumayo), distrito de Putumayo, provincia del Putumayo, del departamento de Loreto; (vii) Informe N° 137-2017-GLORDN/PCRG del 12 de junio de 2017; y, (viii) Oficio N° 081-2017-INGEMMET/DGAR del 19 de julio de 2017 con la opinión técnica "Localidad de San Antonio del Estrecho" distrito Putumayo, provincia Putumayo, departamento de Loreto; Que, considerando que la localidad de San Antonio del Estrecho, del distrito de Putumayo, provincia de Putumayo, del departamento de Loreto, se encuentra en peligro inminente a consecuencia de deslizamiento de tierras, y habiendo sido sobrepasada la capacidad de respuesta del Gobierno Regional de Loreto; en el Informe Técnico N° 00011-2017-INDECI/11.0, la Dirección de Respuesta del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), opina que procede declarar el Estado de Emergencia, por el plazo de sesenta (60) días calendario, en la localidad de San Antonio del Estrecho, del distrito de Putumayo, provincia de Putumayo, del departamento de Loreto, por peligro inminente a consecuencia de deslizamiento de tierras que se presentan en dicha zona, para la ejecución de acciones inmediatas orientadas a reducir el muy alto riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación en caso amerite, por parte de las entidades involucradas en el marco de sus competencias; Que, la magnitud de la situación descrita en los considerandos precedentes, demanda la adopción de medidas urgentes que permitan al Gobierno Regional de Loreto, a la Municipalidad Provincial de Putumayo, a la Municipalidad Distrital de Putumayo, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) y la participación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Ministerio de Agricultura y Riego, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Salud, del Ministerio de Energía y Minas, y demás entidades competentes, en cuanto les corresponda; ejecuten las acciones inmediatas y necesarias destinadas a la reducción del Muy Alto Riesgo existente en la localidad de San Antonio del Estrecho, del distrito de Putumayo, provincia de Putumayo, del departamento de Loreto, así como de respuesta y rehabilitación en caso amerite. Para dicho efecto se cuenta con la opinión favorable del

Viceministerio de Gobernanza Territorial de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 21 de la "Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley N° 29664, del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres (SINAGERD)", aprobada mediante el Decreto Supremo N° 074-2014PCM; el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) debe efectuar las acciones de coordinación y seguimiento a las recomendaciones y acciones inmediatas y necesarias que se requieran o hayan sido adoptadas por el Gobierno Regional y los sectores involucrados, en el marco de la declaratoria del Estado de Emergencia aprobada, dentro del plazo establecido. Asimismo, el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) debe remitir a la Presidencia del Consejo de Ministros, el Informe de los respectivos resultados y de la ejecución de las acciones y medidas de excepción, inmediatas y necesarias, durante la vigencia de la misma; De conformidad con el inciso 1 del artículo 137 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29664 - Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD); Reglamento de la Ley N° 29664 que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado mediante el Decreto Supremo N° 048-2011-PCM; y, la "Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley N° 29664, del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres (SINAGERD)", aprobada mediante el Decreto Supremo N° 074-2014PCM; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros, y con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; DECRETA: Artículo 1.- Declaratoria del Estado de Emergencia Declárese el Estado de Emergencia en la Localidad de San Antonio del Estrecho, del distrito de Putumayo, provincia de Putumayo, del departamento de Loreto, por el plazo de sesenta (60) días calendario, por Peligro Inminente a consecuencia de deslizamiento de tierras; para la ejecución de acciones y medidas de excepción inmediatas y necesarias destinadas a la reducción del Muy Alto Riesgo existente en dicha localidad, así como de respuesta y rehabilitación en caso amerite. Artículo 2.- Acciones a ejecutar El Gobierno Regional de Loreto, la Municipalidad Provincial de Putumayo, la Municipalidad Distrital de Putumayo, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI), y la participación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Ministerio de Agricultura y Riego, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Educación, del Ministerio de Salud, del Ministerio de Energía y Minas, y demás entidades competentes, en cuanto les corresponda; deben ejecutar las acciones y medidas de excepción inmediatas y necesarias destinadas a la reducción del Muy Alto Riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación en caso amerite. Se precisa que las citadas acciones pueden ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes. Artículo 3.- Financiamiento La implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente. Artículo 4.- Refrendo El presente decreto supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de

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