Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2017 (18/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Viernes 18 de agosto de 2017 /

El Peruano

Aceptan renuncia y encargan funciones de Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Jaén
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 136-2017-MINEDU Lima, 17 de agosto de 2017 Visto, el Informe N° 176-2017-MINEDU/VMGPDIGESU-DICOPRO, el Informe N° 763-2017-MINEDU/ SG-OGAJ, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, en adelante la Ley, establece que la universidad es una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, científica y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Adopta el concepto de educación como derecho fundamental y servicio público esencial, y está integrada por docentes, estudiantes y graduados, precisando que las universidades públicas son personas jurídicas de derecho público; asimismo, el artículo 8 de la Ley establece que el Estado reconoce la autonomía universitaria, la cual se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la Ley y demás normativa aplicable, y se manifiesta en los regímenes normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico; Que, mediante Ley N° 29304, se creó la Universidad Nacional de Jaén con sede en el distrito y provincia de Jaén, departamento de Cajamarca; Que, el artículo 29 de la Ley establece que aprobada la Ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan; Que, mediante Resolución Viceministerial N° 085-2016-MINEDU, se reconforma la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Jaén, quedando integrada de la manera siguiente: EDWIN GUIDO BOZA CONDORENA, Presidente, MANUEL FERNANDO CORONADO JORGE, Vicepresidente Académico; y el señor MANUEL ANTONIO CANTO SÁENZ, Vicepresidente de Investigación; Que, con Carta de fecha 21 de julio del 2017, el señor MANUEL FERNANDO CORONADO JORGE, presenta su carta de renuncia al cargo de Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Jaén. Que, mediante Oficio N° 601-2017-MINEDU/ VMGP-DIGESU la Dirección General de Educación Superior Universitaria - DIGESU remite el Informe N° 176-2017-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, en virtud del cual la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, informa la renuncia del señor MANUEL FERNANDO CORONADO JORGE al cargo de Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Jaén; así como, recomienda encargar al señor EDWIN GUIDO BOZA CONDORENA, Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Jaén, las funciones de Vicepresidente Académico de la referida Comisión Organizadora; Que, conforme a lo dispuesto por el literal l) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, es función del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas creadas por Ley;

Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Educación Superior Universitaria y la Jefa de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley N° 26510; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; la Ley N° 29304, Ley que crea la Universidad Nacional de Jaén; la Resolución Viceministerial N° 088-2017-MINEDU que aprueba la Norma Técnica denominada "Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución"; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia del señor MANUEL FERNANDO CORONADO JORGE al cargo de Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Jaén, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Encargar al señor EDWIN GUIDO BOZA CONDORENA, Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Jaén, las funciones de Vicepresidente Académico de la citada Comisión Organizadora, en adición a sus funciones, en tanto se designe al titular. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIANA MIRANDA MOLINA Viceministra de Gestión Pedagógica 1555654-2

Declaran ilegal la huelga que llevan a cabo los profesores de la jurisdicción de Lima Metropolitana
RESOLUCIÓN DIRECTORAL REGIONAL Nº 005385-2017-DRELM Lima, 15 de agosto de 2017 VISTOS: los Expedientes Nºs. 56572, 55763 y 55782-2017-DRELM, el Memorándum N° 087-2017-MINEDU-VMGI, el Informe N° 465-2017-MINEDU/VMGI-DIGEDD-DITEN, el Informe Nº 011-2017-MINEDU-VMGI-DRELM-OSSE-EOSE, el Informe Nº 071-2017-MINEDU-VMGI/DRELM-OPP-EEM, el Informe Legal N° 3712-2017-MINEDU-VMGI-DRELMOAJ y demás documentos que se acompañan; CONSIDERANDO: Que, mediante Memorándum N° 087-2017-MINEDU/ VMGI de fecha 15 de agosto de 2017, el Viceministerio de Gestión Institucional del Ministerio de Educación precisa que de conformidad a lo establecido por el literal d) del artículo 20 del Reglamento de la Ley N° 28988, Ley que declara la Educación Básica Regular como Servicio Público Esencial, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2007-ED, esta Sede Regional sobre la base de la evidencia que se cuenta la materialización de la huelga, proceda con declarar la ilegalidad de esta, en la jurisdicción de Lima Metropolitana; Estando a lo dispuesto por el Viceministerio de Gestión Institucional del Ministerio de Educación y a lo informado por las Oficinas de Supervisión del Servicio Educativo y de Planificación y Presupuesto; y, a lo opinado por la Oficina de Asesoría Jurídica de esta Sede Regional, de conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2017-JUS; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU y, el Manual de Operaciones de la Dirección Regional de Educación de

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