Norma Legal Oficial del día 24 de agosto del año 2017 (24/08/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 102

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NORMAS LEGALES

Jueves 24 de agosto de 2017 /

El Peruano

f) Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo. g) Ley Nº 27806, Ley de transferencia y acceso a la información y su modificatoria Ley Nº 27902 h) Ley Nº 27444, Ley del procedimiento Administrativo general. i) Resolución de Contraloría Nº 159-2016-CG, Rendición de Cuentas de los Titulares de las Entidades. Artículo 5º.- De la Organización de las Audiencias Públicas La Gobernación Regional o quien este designe, es responsable de la organización, programación, convocatoria y conducción de las Audiencias Públicas. Artículo 6º.- Obligatoriedad de Asistencia de Funcionarios del Gobierno Regional Los Funcionarios del Gobierno Regional de Moquegua deben concurrir obligatoriamente a las Audiencias Públicas programadas por la Gobernación Regional. La asistencia de los Funcionarios es indelegable. Artículo 9º.- Agenda de la Audiencia Pública La agenda de la Audiencia Pública será determinada por el Gobernador Regional y comprendida dentro de la convocatoria. La difusión de la agenda de la Audiencia Pública se realizara en el portal de transparencia y en las redes sociales del Gobierno Regional. Artículo 10º.- Contenido de la Agenda El contenido de la Agenda debe comprender los siguientes aspectos: 1) Información con datos generales de la entidad, gestores de las Unidades Ejecutoras o Unidades Orgánicas, fecha de inicio y fin del periodo informado. 2) Información general sobre el Planeamiento estratégico de la entidad, objetivos estratégicos, metas y la Unidad Orgánica responsable del cumplimiento del objetivo estratégico. 3) Información sobre las Obras (Proyectos) en ejecución, paralizadas, concluidas y liquidadas por la entidad durante el periodo informado. 4) Información sobre la cantidad y gastos en personal de la entidad al inicio y al final del periodo reportado considerando el tipo de vinculación existente. 5) Información sobre los proyectos de Inversión Publicas gestionadas por el Gobierno Regional y su alineamiento de estos con sus objetivos estratégicos, que incluye la descripción de sus componentes, avances físicos y financieros. Artículo 11º.- Participantes Participan en las Audiencias Públicas: a) El Gobernador del Gobierno Regional y los responsables de todas las dependencias a su cargo. b) Los miembros del Consejo Regional de Moquegua. c) Los Alcaldes Provinciales y Distritales. d) La Defensoría del Pueblo y la mesa de Concertación. e) Los integrantes del Consejo de Coordinación Regional y el Comité de Vigilancia Regional. f) Los representantes de las Instituciones Públicas y Privadas. g) Los representantes de la Sociedad Civil organizada. h) Los representantes de los Colegios Profesionales. i) Los representantes de los medios de comunicación social. j) Las personas jurídicas y naturales debidamente identificadas, sin viculo con el Gobierno Regional Artículo 12º.- Convocatoria La convocatoria se difundirá a través de los medios de comunicación radial y escrita de la Región así como en el portal de transparencia y en las redes sociales del Gobierno regional con una anticipación de treinta (30) días a la realización de la Audiencia Pública y deberá contener los siguientes aspectos: a) Fecha, hora y lugar donde se desarrollara.

b) Agenda a tratar. c) Fecha hora y lugar donde se realizara la inscripción de los participantes. Para la determinación de los días se ejecución de las Audiencias Públicas debe programarse evitando se lleven a cabo fechas próximas a fiestas patronales, Fiestas Patrias, Semana Santa, Navidad, Año Nuevo u otras fechas festivas. Artículo 14º.- Resumen Ejecutivo El Gobernador Regional presentara un Resumen Ejecutivo de la Audiencia Pública sobre los temas de la agenda, el mismo que será distribuido con cinco (05) días de anticipación a la fecha de realización del evento, durante el evento y después del evento. El Resumen Ejecutivo se difundirá en el portal de transparencia y en las redes sociales del Gobierno Regional. Artículo 21º.- Etapas de la Audiencia Las etapas de las Audiencias Públicas son los siguientes: a) Instalación de la Mesa Directiva conformada por el Gobernador Regional, Consejero Delegado del Consejo Regional, Vice Gobernador y gerente General Regional. b) Informe de Gestión del Gobernador Regional, Gerencias y Direcciones Regionales sobre los avances, logros, dificultades y perspectivas del Gobierno Regional. c) La participación de los asistentes será n forma escrita al final de todas las exposiciones. d) Respuestas del Gobernador Regional y/o funcionario(s) regional(es) que este designe. e) Conclusiones de la Audiencia Pública. Artículo 23º.- Formalidad de la Audiencia Pública El desarrollo de la Audiencia Publica constara en Acta y será suscrita por el Gobernador Regional, los integrantes de la Mesa Directiva y los participantes que así lo requieran formalizando la misma. Artículo 24º.- Responsabilidad de la Implementación de las Audiencias Públicas La Gerencia General Regional se responsabilizara de la coordinación general y del monitoreo permanente del proceso de implementación de las Audiencias Públicas. La Oficina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial se responsabilizara de la organización, programación e información de las Audiencias Públicas. La Secretaria General se responsabilizara de la difusión de las Audiencias Públicas a través de los medios de comunicación radial y escrita de la Región, en el portal de transparencia y en las redes sociales del Gobierno Regional, así mismo, se encargara del protocolo y de la presencia de un moderador. Se encargara de la elaboración del acta de las Audiencia Publicas. DISPOSICION FINAL Única.- Los aspectos no considerados en el presente reglamento serán resueltos por la Gobernación Regional." Artículo Segundo.- RATIFICAR, los demás extremos de la ordenanza Regional Nº 006-2019-CR/GRM. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO, todas las normas que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Artículo Cuarto.- PUBLICAR la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial El Peruano y en la página web del Gobierno Regional de Moquegua. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Moquegua para su promulgación. En Moquegua, a los 19 días del mes de mayo del 2017. CLAUDIA MERCEDES PUMA CALCINA Consejera Delegada

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