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86 NORMAS LEGALES Jueves 24 de agosto de 2017 / El Peruano cada JEE, se procedió a la noti fi cación a los titulares y primeros suplentes, los que, tomando conocimiento de su designación, aceptaron asumir el cargo electoral. 8. En este estado del proceso electoral y contando con la totalidad de designaciones con arreglo al artículo 33 de la LOJNE, corresponde emitir la resolución de conformación de los JEE que impartirán justicia electoral, en primera instancia, en el proceso de Elecciones Municipales de diciembre 2017. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVEArtículo Primero.- DECLARAR que los Jurados Electorales Especiales correspondientes al proceso de Elecciones Municipales de diciembre 2017, que se instalarán e iniciarán sus actividades el 1 de setiembre de 2017, quedan conformados de la siguiente manera: JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LEONCIO PRADO MIEMBRO TITULARES SUPLENTES PRIMER MIEMBROSANTIAGO MALPARTIDA RAMOS PRESIDENTEVILMA FELÍCITAS FLORES LEÓN PRESIDENTA SEGUNDO MIEMBROCHRISTIAN HERNÁNDEZ AGUILARRENATO FERNANDO ALEJOS VÍLCHEZ TERCER MIEMBROGLORIA LIDA JARA DUEÑASJENNY EMILIA MIRAVAL CONTRERAS DE SOBRADO JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE ANDAHUAYLAS MIEMBRO TITULARES SUPLENTES PRIMER MIEMBROJOSÉ ALBERTO TINCO LUJÁN PRESIDENTEWILMAR DE LA CRUZ GUTIÉRREZ PRESIDENTE SEGUNDO MIEMBROLUCIANO BERNARDO VALDERRAMA SOLÓRZANONERIO SULLCAHUAMÁN VALDEIGLESIAS TERCER MIEMBROMARISOL GEORGINA PONCE MARÍNPAULINA AYALA ARENAS JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE HUANCAYO MIEMBRO TITULARES SUPLENTES PRIMER MIEMBROMIGUEL ÁNGEL ARIAS ALFARO PRESIDENTEBERNARDO ALCIBIADES PIMENTEL ZEGARRA PRESIDENTE SEGUNDO MIEMBROARMANDO ALARCÓN MARTÍNEZFREDDY HORENCIO ROMERO MEJÍA TERCER MIEMBRO OLGA TUMPAY QUISPE HÉCTOR MCKENZIE ACUÑA JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE LIMA MIEMBRO TITULARES SUPLENTES PRIMER MIEMBROLUCÍA MARÍA LA ROSA GUILLÉN PRESIDENTAHILDA CECILIA PIEDRA ROJAS DE PINEDO PRESIDENTA SEGUNDO MIEMBROCLEVER CHÁVEZ BORBORVILMA GIOVANNA TORRES BUSTILLOS TERCER MIEMBROJAIME EDGARDO LÓPEZ PADILLAMARTHA ISABEL CARO CASTRO DE CHECA Artículo Segundo.- PONER la presente resolución en conocimiento del Poder Judicial, del Ministerio Público, de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de la Contraloría General de la República, de la Defensoría del Pueblo, del Banco de la Nación, del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales, de las Cortes Superiores de Justicia de Huánuco, Apurímac, Junín y Lima, de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Huánuco, Apurímac, Junín y Lima, y de los integrantes de los Jurados Electorales Especiales, para los fi nes que se estime pertinentes.Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS.TICONA POSTIGOARCE CÓRDOVACHÁVARRY CORREARODRÍGUEZ VÉLEZMarallano Muro Secretaria General 1557871-8 Convocan a ciudadanos para que asuman cargos de alcalde y regidora de la Municipalidad Distrital de Quellouno, provincia de La Convención, departamento de Cusco RESOLUCIÓN Nº 0342-2017-JNE Expediente Nº J-2017-00280-C01 QUELLOUNO - LA CONVENCIÓN - CUSCO CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, veintitrés de agosto de dos mil diecisieteVISTA el Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal, de fecha 20 de julio de 2017-I, mediante la cual se declaró la suspensión de Roberto Quecaño Alarcón, en el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Quellouno, provincia de La Convención, departamento de Cusco, porque incurrió en la causal prevista en el artículo 25, numeral 3, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, esto es, contar con un mandato de prisión preventiva. ANTECEDENTESMediante O fi cio Nº 401-2017-1°JIPC-CSJC-PJ- YMOT, recibido el 17 de julio de 2017 (fojas 3 del Expediente Nº J-2017-00280-T01), el juez del Primer Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de Cusco remitió copia del Acta de Registro de Audiencia Pública de Prisión Preventiva, de fecha 6 de julio de 2017. En dicho documento, el referido juzgado, mediante Resolución N° 05, del 6 de julio de 2017, resolvió declarar fundado el requerimiento de prisión preventiva solicitado por el Ministerio Público en contra del alcalde Roberto Quecaño Alarcón, por el plazo de dieciocho meses, en el marco de la investigación que se le sigue por la presunta comisión de los delitos de cohecho pasivo propio y colusión agravada. En mérito a lo resuelto por el órgano jurisdiccional penal, el Concejo Distrital de Quellouno, en la sesión extraordinaria, de fecha 20 de julio de 2017 (fojas 10 a 12), aprobó, por unanimidad, la suspensión del alcalde Roberto Quecaño Alarcón, dado que incurrió en la causal establecida en el numeral 3 del artículo 25 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). Cabe señalar que, mediante O fi cio Nº 02622- 2017-SG/JNE, se requirió a la Municipalidad Distrital de Quellouno remitir el original o copia certi fi cada del acta precedentemente señalada, debidamente suscrita por todos los miembros del concejo, así como por la secretaria general de la entidad. Es así que, mediante escrito recibido el 22 de agosto de 2017, se remitió la documentación requerida.