Norma Legal Oficial del día 05 de diciembre del año 2017 (05/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano / Martes 5 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable. Esta autonomía se manifiesta en los siguientes regímenes: 8.1 Normativo, 8.2 De gobierno, 8.3 Académico, 8.4 Administrativo y 8.5 Económico; Que, en Consejo de Facultad llevado a cabo el 09 de agosto 2017, se aprueba otorgar el permiso y la subvención económica a los docentes Miguel Ramon Llulluy y Reyna Isabel Laredo Cárdenas, para participar del XVI Encuentro Latinoamericano de Facultades de Comunicación Social, con la ponencia internacional "Análisis y propuestas de una dirección de comunicaciones en las organizaciones de Huancayo", a realizarse los días 18, 19 y 20 de octubre, en la ciudad de Valparaíso Chile; Que, mediante Informe Nº 0716-2017-OPRES/UNCP presentado el 23 de agosto 2017, el Jefe de la Oficina de Presupuesto refiere que en el marco de aplicación del numeral 5.13) del Artículo 5º de la Ley Nº 30220 y en concordancia al Estatuto Universitario, la UNCP ha iniciado el proceso de internacionalización, la asistencia a eventos internacionales como este contribuye con el desarrollo institucional, mejorando los porcentajes cuantitativos de
META FUENTE FINANCIAMIENTO DETALLE CLASIFICADOR 2.5.3.1.1.99 10 RDR A DOCENTE 2.3.2.1.2.1 2.3.2.1.1.1 2.5.3.1.1.99 TOTAL

los indicadores para este tipo de acciones. Según Artículo 28º de la Ley invocada, por considerarse marco del proceso de licenciamiento, acreditación e internacionalización de la UNCP, se cuenta con disponibilidad presupuestal para apoyar económicamente sus gastos de pasajes nacionales, pasajes internacionales, inscripción y subvención económica, de acuerdo a la Directiva Nº 022013-UNCP; por el importe de S/1,836.00;y De conformidad al Artículo 30º inciso u) del Estatuto de la Universidad y al acuerdo de Consejo Universitario del 13 de setiembre 2017 RESUELVE: 1º AUTORIZAR el Viaje de la Mg. Reyna Isabel Laredo Cárdenas, para participar del XVI Encuentro Latinoamericano de Facultades de Comunicación Social, con la ponencia internacional "Análisis y propuestas de una dirección de comunicaciones en las organizaciones de Huancayo", durante los días 18, 19 y 20 de octubre, en la ciudad de Valparaíso Chile. 2º OTORGAR a favor de la Mg. Reyna Isabel Laredo Cárdenas, la subvención económica, según detalle indicado:
CONCEPTO SUBVENCION ECONOMICA POR TRES DIAS PASAJES IDA Y VUELTA NACIONALES PASAJES IDA Y VUELTA INTERNACIONALES 50% INSCRIPCION AL EVENTO MONTO S/ 360.00 150.00 646.00 680.00 1,836.00

3º ENCOMENDAR la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, por la Dirección General de Administración. 4º ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a la Dirección General de Administración, a través de las oficinas generales, oficinas y unidades correspondientes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MOISÉS RONALD VÁSQUEZ CAICEDO AYRAS Rector HUGO RÓSULO LOZANO NÚÑEZ Secretario General 1589575-2

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DE MADRE DE DIOS
Disponen crear la Infraestructura de Datos Espaciales del Depaertamento de Madre de Dios (IDEMDD)
ORDENANZA REGIONAL Nº 015-2017-RMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día lunes 04 de setiembre del 2017 en su sede institucional, aprobó la siguiente Ordenanza Regional. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público, emanan de la voluntad popular,

gozan de autonomía política, económica y administrativa, y tienen por misión, organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales. Que, el Consejo Regional es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional y de conformidad con el literal a) del artículo 15 de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, tiene entre otras atribuciones, las de aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, mediante la Ley Nº 27658 ­ Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado Peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado, y al servicio del ciudadano. Que, mediante Decreto Supremo Nº 081-2013-PCM se aprueba la Política Nacional de Gobierno Electrónico 2013 - 2017, como el instrumento principal que permite el desarrollo y despliegue del Gobierno Electrónico en el País, siendo su Objetivo Nº 1: fortalecer el Gobierno Electrónico garantizando la interoperabilidad y el intercambio de datos espaciales a fin de mejorar los servicios públicos. Que, mediante Resolución Ministerial Nº 325-2007PCM, se constituye el Comité Coordinador Permanente

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