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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2017 (11/12/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Lunes 11 de diciembre de 2017 El Peruano / Actualizan monto máximo de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos correspondiente al trimestre diciembre 2017 - febrero 2018 Lima, 6 de diciembre de 2017 CIRCULAR Nº B-2239-2017 F-579-2017 CM-427-2017 CR-295-2017 -------------------------------------------------------Ref.: Actualización del monto máximo de cobertura del Fondo de Seguro de Depósitos correspondiente al trimestre diciembre 2017 – febrero 2018 ------------------------------------------------------- Señor Gerente General: Sírvase tomar nota que en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 9 del artículo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias, así como de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18º de dicha Ley General, esta Superintendencia dispone la actualización trimestral, correspondiente al periodo diciembre 2017 – febrero 2018, del monto máximo de cobertura que reconoce el Fondo de Seguro de Depósitos, señalado en el artículo 153º de la mencionada Ley General, y sobre la base de las condiciones de excepción dispuestas en el numeral 3.2 del artículo 14º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, dispone la publicación de la presente circular. En tal sentido, el monto máximo de cobertura que reconoce el Fondo de Seguro de Depósitos durante el periodo diciembre 2017 – febrero 2018 se indica a continuación: COBERTURA DEL FONDO DE SEGURO DE DEPÓSITOS DICIEMBRE 2017 – FEBRERO 2018 (*) Monto en Soles 97,529 (*) Actualización para el trimestre diciembre 2017 – febrero 2018 en base a la Variación IPM diciembre 1998 – noviembre 2017: 1.57305173 Atentamente, SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y AdministradorasPrivadas de Fondos de Pensiones 1595295-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Encargan funciones de Responsable de entregar información de acceso público conforme al TUO de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 285 Lima, 7 de diciembre de 2017Visto, el Memorando N° 1272-2017-MML-SGC, de fecha 04 de diciembre de 2017, emitido por la Secretaría General del Concejo, y;CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía N° 084, de fecha 29 de marzo de 2017, se designó a partir del 31 de marzo de 2017, al señor TULIO ARMANDO MAPELLI ZUCHETTI, como Funcionario Responsable de Entregar Información de Acceso Público, Asesor I, Nivel F-3, Plaza N° 01408, de acuerdo a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública; Que, mediante el documento del visto, se comunica que el funcionario en mención hará uso de su descanso físico vacacional del 12 de diciembre de 2017 al 10 de enero de 2018; proponiéndose que el cargo de Funcionario Responsable de Entregar Información de Acceso Público, se encargue de manera temporal a la señora Juana Rosa Berrocal Yndigoyen, designada mediante Resolución de Alcaldía N° 085, de fecha 02 de enero de 2015, en el cargo de Sub Secretaria General del Concejo, Nivel F5, de la Municipalidad Metropolitana de Lima; SE RESUELVE:Artículo Primero.- ENCARGAR, a la señora JUANA ROSA BERROCAL YNDIGOYEN, del 12 de diciembre de 2017 al 10 de enero de 2018, el cargo de Funcionario Responsable de Entregar Información de Acceso Público, de acuerdo a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en adición a sus funciones. Artículo Segundo.- Notifi car a los interesados el contenido de la presente Resolución e insertar en los legajos correspondientes. Artículo Tercero.- Disponer que la Secretaría General del Concejo publique la presente Resolución de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 1595566-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO FE DE ERRATAS ORDENANZA N° 367 Mediante O fi cio N° 589-2017-MDSJL/SG, la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza N° 367, publicada en la edición del 30 de noviembre de 2017. En el Artículo Segundo.- (Página 77)DICE:Artículo Segundo.- DEROGUESE las infracciones contenidas en los códigos 3.08.11 y 3.08.67 del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) y DÉJESE SIN EFECTO toda disposición o norma que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. DEBE DECIR: Artículo Segundo. - DEROGUESE las infracciones contenidas en los códigos 3.08.12 y 3.08.67 del Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) y DÉJESE SIN EFECTO toda disposición o norma que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. 1594823-1