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57 NORMAS LEGALES Sábado 16 de diciembre de 2017 El Peruano / Anexo Nº 06: Formatos de uso de los recursos transferidos durante el Año Fiscal 2018 por cumplimiento de metas del Programa de Incentivos a) Recursos recibidos por cumplimiento de metas: En esta sección se debe indicar los recursos obtenidos por el cumplimento de las metas. Incluir el monto del bono adicional si corresponde. Cuadro Nº 1 Recursos recibidos por cumplimiento de metas Por cumplimiento de Metas Monto Recibido (En S/) Metas diciembre (indicar año) S/ Metas julio (indicar año) S/ Bono adicional S/ Total S/ De ser el caso al total del Cuadro Nº 1 se deberá adicionar el saldo de balance proveniente de los recursos del PI. b) Uso de recursos: En la presente sección, se indicará en qué se han utilizado los recursos del PI: i) para cumplimiento de las metas del presente año, ii) para el sostenimiento de metas o iii) en el marco de los objetivos del PI. Asimismo, en caso de haber destinado recursos a proyectos de inversión detallar. Cabe precisar que se ha incorporado la mención a programas presupuestales. Asimismo, se adjunta un anexo para un mayor detalle de las actividades fi nanciadas con recursos del PI. Cuadro Nº 2 Actividades del Plan de Trabajo para el cumplimiento de metas fi nanciadas con recursos del Programa de Incentivos durante el año Nombre de la actividad indicada en el Plan de TrabajoIndicar la MetaGasto realizado (*) (En S/.)Fecha en la que se incorporaron los recursos (Nota de modi fi cación) Formato de la fecha dd/ mm/aa Señalar la actividad que se consignó en el plan de trabajo.S/ S/ S/ S/ (*) Descripción del gasto realizado a nivel de especí fi ca de gasto. Cuadro Nº 3 Actividades fi nanciadas con recursos del Programa de Incentivos vinculadas al sostenimiento de metas y/o a los objetivos del Programa de Incentivos Objetivo del PI y/o MetaActividadGasto realizado (*)Fecha en la que se incorporaron los recursos (Nota de modi fi cación)Sustento técnico Citar objetivo y/o meta correspondienteSustentar como se ha contribuido con el objetivo del PI o con el sostenimiento de una meta del PI. (*) Descripción del gasto realizado a nivel de especí fi ca de gasto.Cuadro Nº 4 Cuadro Resumen Uso de Recursos del PI Rubro Monto Para cumplimiento de metasContribución a Objetivos PISostenimiento de MetasTotal 1598151-4 Establecen que la Dirección General de Presupuesto Público emite pronunciamiento correspondiente para aquellas solicitudes que se hayan recepcionado de los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales hasta el 27 de diciembre de 2017, en el marco de la Directiva N° 001-2010-EF/76.01 y la Ley N° 28411 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 023-2017-EF/50.01 Lima, 12 de diciembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, en el marco del numeral 42.2 del artículo 42 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, entre otros, previo informe favorable del Ministerio de Economía y Finanzas, incorporan en su presupuesto institucional la mayor disponibilidad fi nanciera de los fondos públicos que fi nancian el presupuesto de dichas entidades; Que, para el Año Fiscal 2017 el plazo para que las citadas entidades planteen sus solicitudes de informe previo favorable venció el mes de noviembre de 2017, en el marco de lo establecido en el segundo párrafo del literal b) numeral 17.2 del artículo 17 de la Directiva N° 001-2010-EF/76.01, Directiva para la Ejecución Presupuestaria de las Entidades de Tratamiento Empresarial y modi fi catorias; Que, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS viene efectuando transferencias fi nancieras a determinadas Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento (EPS), destinadas al fi nanciamiento de capacidades que incluyen la gestión empresarial, la gestión económico fi nanciera y la gestión técnico operativa, en el marco del numeral 43.2 del artículo 43 del Decreto Legislativo N° 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, y sujetándose a lo establecido en los numerales 15.2 y 15.3 del artículo 15 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, las mismas que corresponden ser incorporadas en el presupuesto institucional de cada EPS; Que, las citadas EPS requieren continuar incorporando en sus presupuestos institucionales las mencionadas transferencias fi nancieras, legalmente aprobadas, acorde a la normatividad que rige la aprobación de modi fi caciones presupuestales en el nivel institucional; Que, en consecuencia, se hace necesario establecer un nuevo plazo para que los Organismos Públicos y Empresas de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales soliciten el informe previo favorable al Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de lo establecido en el numeral 42.2 del artículo 42 de la Ley N° 28411, a afectos que la mayor disponibilidad fi nanciera sea incorporada en sus respectivos presupuestos; En uso de las facultades conferidas en el artículo 13 de la Ley N° 28112, Ley Marco de la Administración Financiera del Sector Público, y en los artículos 3 y 4 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto.