Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2017 (28/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Jueves 28 de diciembre de 2017 /

El Peruano

Articulo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Agricultura y Riego (www.minagri.gob.pe). Registrese, comuniquese y publíquese. JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN Ministro de Agricultura y Riego 1600682-2

Autorizan modificación del Anexo 01 de la R.J. N° 231-2017-INIA, que autorizó transferencia financiera a favor de diversas unidades ejecutoras
INSTITUTO NACIONAL DE INNOVACIÓN AGRARIA RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0243-2017-INIA Lima, 22 de diciembre de 2017 VISTOS: El Informe N° 0018-2017-MINAGRI-INIA-PNIA-DO/ UPPS de fecha 14 de noviembre de 2017, el Oficio N° 049-2017-MINAGRI-INIA-PNIA-DO de fecha 14 de diciembre de 2017, ambos emitidos por el Programa Nacional de Innovación Agraria; el Informe Técnico N° 059-2017-MINAGRI-INIA-SG/OPP-UPRE de fecha 15 de diciembre de 2017, emitido por la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando N° 1670-2017-MINAGRI-INIA-SG/OPPUPRE de fecha 14 de diciembre de 2017 y, el Memorando N° 908-2017-MINAGRI-INIA-SG/OAJ, de fecha 19 de diciembre de 2017, y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 30518, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, y por Resolución Jefatural N° 0253-2016-INIA, de fecha 30 de diciembre de 2016, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos del Año Fiscal 2017 ascendente a doscientos treinta millones ciento cuarenta y ocho mil ciento treinta y dos y 00/100 soles (S/ 230 148 132,00), así como los recursos que lo financian por fuente de financiamiento, correspondiente al Pliego 163 Instituto Nacional de Innovación Agraria; Que, por Decreto Supremo N° 354-2013-EF de fecha 27 de diciembre de 2013, se aprobaron las operaciones de endeudamiento externo con el Banco Interamericano de Desarrollo - BID y con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento ­ BIRF hasta por la suma de cuarenta millones con 00/100 dólares americanos (US$ 40 000 000,00), destinadas a financiar parcialmente el "Programa Nacional de Innovación Agraria - PNIA", a ser ejecutado por el Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI), a través del Instituto Nacional de Innovación Agraria; Que, en el marco del Contrato de Préstamo N° 8331PE suscrito con el Banco Mundial el 16 de abril de 2014, se estableció dentro del Componente 2: Consolidación del Mercado para Innovación de Servicios, entre otros, la ejecución de los proyectos de investigación a través de los fondos concursables; Que, mediante Resolución Jefatural N° 01802014-INIA de fecha 27 de junio de 2014, ratificada con Resolución Ministerial N° 0547-2015-MINAGRI de fecha 3 de noviembre de 2015, se aprobó el Manual de Operaciones del PNIA, y en el numeral 4.11 Siguientes Desembolsos del Capítulo C: Aspectos Financieros, dispuso que los siguientes desembolsos se efectuarán de acuerdo al cronograma respectivo en el Plan Operativo Anual (POA) y una vez aprobado el Informe Técnico Financiero (ITF) del paso crítico anterior. Asimismo, que los recursos financieros aportados por PNIA serán transferidos en cada oportunidad a la cuenta exclusiva que mantendrá la Entidad Ejecutora en una entidad financiera;

Que, en el marco de lo establecido en el literal d) del numeral 15.1 del artículo 15° de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se autoriza en el presente año fiscal la realización, de manera excepcional, de transferencias financieras entre entidades que se realicen para el cumplimiento de los compromisos pactados en los convenios de cooperación internacional reembolsables y no reembolsables, y las operaciones oficiales de crédito, celebrados en el marco de la normatividad vigente; Que, el numeral 15.2 del artículo 15° de la Ley N° 30518, estableció que las transferencias financieras autorizadas en el numeral 15.1 de la citada Ley, se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriendo el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. De igual manera, la resolución del titular del pliego se publicará en el Diario Oficial "El Peruano"; Que, asimismo, el numeral 15.3 del artículo 15° de la precitada Ley, señaló que la entidad pública que transfiere es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines y metas para los cuales les fueron entregados los recursos. Los recursos públicos, bajo responsabilidad, deben ser destinados solo a los fines para los cuales se autorizó su transferencia conforme al presente artículo; Que, mediante Resolución Jefatural N° 231-2017INIA de fecha 29 de noviembre de 2017, se autorizó la modificación del Anexo N° 01 de la Resolución Jefatural N° 057-2017-INIA, que autorizó una Transferencia Financiera de la Unidad Ejecutora 019: PNIA del Pliego 163: Instituto Nacional de Innovación Agraria, hasta por la suma de siete millones novecientos cincuenta y nueve mil y 00/100 soles (S/ 7 959 000,00) en la Fuente de Financiamiento 3. Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, a favor de las Unidades Ejecutoras: a) 001-53: Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana del Pliego 055: Instituto de Investigaciones de la Amazonia Peruana, b) 001-157: Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA del Pliego 160: Servicio Nacional de Sanidad Agraria, c) 300-939: Región Tumbes-Educación del Pliego 461: Gobierno Regional del Departamento de Tumbes, d) 001-194: Instituto Tecnológico de la Producción ­ ITP del Pliego 241: Instituto Tecnológico de la Producción ­ ITP, e) 001-1375: Universidad Nacional Autónoma de Chota del Pliego 550: Universidad Nacional Autónoma de Chota, f) 001-111: Universidad Nacional de San Martín del Pliego 533: Universidad Nacional de San Martín, g) 001-96: Universidad Nacional Agraria La Molina del Pliego 518: Universidad Nacional Agraria La Molina y h) 001-1031: Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza ­ Amazonas del Pliego 541: Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza, a fin de financiar la ejecución de treinta y cinco (35) proyectos de investigación en el marco del Contrato de Préstamo N° 8331-PE suscrito con el Banco Mundial; Que, a través del Informe Técnico N° 0018-2017-MINAGRI-INIA-PNIA-DO/UPPS de fecha 14 de noviembre de 2017, la Unidad de Planificación, Presupuesto y Sistemas del PNIA, adjuntó el sustento técnico de la propuesta de modificación del Anexo N° 01, indicando tener una programación de transferencias financieras previstas a realizar los meses de noviembre y diciembre con relación a los treinta y cinco (35) proyectos de investigación autorizadas en la citada Resolución Jefatural; sin embargo, algunos de los proyectos de investigación estratégica adjudicados y señalados en el Anexo N° 01, requerirían mayores recursos financieros para poder continuar con su ejecución y culminar su meta en los plazos establecidos; Que, con Oficio N° 049-2017-MINAGRI-INIA-PNIA-DO de fecha 14 de diciembre de 2017, el Director de Operaciones del PNIA solicitó la rectificación del Anexo N° 01 de la Resolución Jefatural N° 231-2017-INIA, según lo expuesto en el Informe Técnico señalado en el párrafo precedente, a efectos de asegurar el desembolso de los recursos en la continuidad de ejecución de los proyectos de Investigación Estratégica Adjudicada, en los años 2015 y 2016; Que, por Informe Técnico N° 059-2017-MINAGRIINIA-SG/OPP-UPRE de fecha 15 de diciembre de 2017, la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento

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