Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2017 (28/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Jueves 28 de diciembre de 2017 /

El Peruano

de las obligaciones previsionales a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial; De conformidad con lo establecido en la Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018; DECRETA: Artículo 1.- Transferencia de Partidas Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma total de MIL TRESCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES QUINIENTOS NUEVE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS Y 00/100 SOLES (S/ 1 329 509 932,00), a favor de los pliegos Ministerio del Interior y de Ministerio de Defensa, destinados a financiar el pago de las obligaciones previsionales a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Soles 009 : Ministerio de Economía y Finanzas 001 : Administración General

nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia de partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de diciembre del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CLAUDIA MARÍA COOPER FORT Ministra de Economía y Finanzas 1601502-6

ASIGNACIONES PRESUPUESTARIAS QUE NO RESULTAN EN PRODUCTOS 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia TOTAL EGRESOS: A LA: SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 007 : Ministerio del Interior FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios En Soles GASTOS CORRIENTES 2.5 Otros Gastos TOTAL PLIEGO 007: 848 396 505,00 ============= 848 396 505,00 ============= 1 329 509 932,00 ============== 1 329 509 932,00 ============== En Soles ACTIVIDAD

Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Economía y Finanzas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 484-2017-EF/41 Lima, 22 de diciembre de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 305-2012-EF, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), el mismo que ha sido modificado por el Decreto Supremo N° 190-2016-EF y las Resoluciones Ministeriales N° 256-2013EF/41, N° 194-2014-EF/43, N° 254-2014-EF/41, N° 3242014-EF/41, N° 389-2016-EF/41 y N° 280-2017-EF/41; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1353, que crea la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información Pública, fortalece el Régimen de Protección de Datos Personales y la regulación de la gestión de intereses, se establece el Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública como el órgano resolutivo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que constituye la última instancia administrativa en materia de transparencia y derecho al acceso a la información pública a nivel nacional, y se modifica, entre otros, el artículo 11 de la Ley N° 27806, en lo concerniente al plazo para el otorgamiento de la información, así como en lo relacionado con la autoridad ante la cual debe interponerse el recurso de apelación; Que, el artículo 10 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1353, aprobado con Decreto Supremo N° 019-2017-JUS, establece que lo resuelto por el Tribunal de Transparencia y Acceso a la Información Pública es de obligatorio cumplimiento y constituye precedente vinculante en materia de transparencia y acceso a la información pública, siempre que esta circunstancia se señale en la misma resolución, la que debe ser publicada de acuerdo a ley; Que, de acuerdo con el literal g) del artículo 48 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del MEF, aprobado con Decreto Supremo N° 117-2014-EF, la Oficina de Planificación y Modernización de la Gestión de la Oficina General de Planificación y Presupuesto tiene entre sus funciones formular, proponer, evaluar y actualizar los documentos normativos de gestión institucional de este Ministerio, tales como el TUPA, entre otros; Que, en dicho contexto, la mencionada Oficina en coordinación con la Oficina de Gestión Documental y Atención al Usuario de la Oficina General de Servicios al Usuario, plantea la modificación del procedimiento

PLIEGO 026 : Ministerio de Defensa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.5 Otros Gastos TOTAL PLIEGO 026: TOTAL EGRESOS: 481 113 427,00 ============== 481 113 427,00 ============== 1 329 509 932,00 ==============

Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 Los Titulares de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos a que se refieren el artículo 1 de la presente norma, según corresponda, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23 de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de

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