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4 NORMAS LEGALES Martes 31 de enero de 2017 / El Peruano Final, dispone que durante el Año Fiscal 2017, las transferencias de recursos que efectúen el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a favor de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, en el marco del artículo 13 de dicha Ley, deberán orientarse a fi nanciar la elaboración de estudios de preinversión, expedientes técnicos y ejecución de proyectos de inversión pública para el desarrollo de infraestructura de agua, saneamiento, electri fi cación y telecomunicaciones, de conformidad con sus respectivas competencias, con la fi nalidad de cerrar brechas en hasta 236 capitales de distrito. A su vez, señala que los recursos del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones (FITEL), del Fondo de Electri fi cación Rural y del “Fondo para el fi nanciamiento de proyectos de inversión pública en materia agua, saneamiento y salud”, deberán priorizar el fi nanciamiento de las citadas acciones, de conformidad con la respectiva fi nalidad, mecanismos y procedimientos de los referidos Fondos; Que, asimismo, en la citada disposición se dispone que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, mediante Decreto Supremo aprobará la lista priorizada de las capitales de distrito, a que se re fi ere el considerando precedente, así como los mecanismos de seguimiento respectivos; Que, habiendo identi fi cado el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, las 236 capitales de distrito a ser priorizadas, en base a la brechas de acceso a los servicios básicos de agua, saneamiento, telefonía y electri fi cación y su nivel de pobreza, corresponde la aprobación de la lista priorizada, en el marco de la Septuagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la citada Ley N º 30518; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de creación, organización y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; DECRETA:Artículo 1.- Aprobación de la lista priorizada de las capitales de distrito Apruébese la lista priorizada de doscientos treinta y seis (236) capitales de distrito a ser atendidas con el cierre de brechas en los servicios de agua, saneamiento, electri fi cación y telecomunicaciones, en el marco de lo dispuesto en la Septuagésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. La citada lista como Anexo 1, forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 2.- Mecanismos de seguimiento Los Ministerios de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de Transportes y Comunicaciones, y de Energía y Minas, implementarán un sistema de registro de información a nivel de centro poblado de los distritos priorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, que permita realizar un seguimiento trimestral de las acciones adoptadas para la reducción de brechas de acceso a los servicios básicos; según los formatos a ser determinados por la Dirección General de Seguimiento y Evaluación del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Esta información debidamente sistematizada deberá ser remitida a la citada Dirección General, dentro de los quince (15) días posteriores a cada trimestre del año. Con esta información, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a través del Viceministerio de Políticas y Evaluación Social, elaborará informes trimestrales de seguimiento físico y fi nanciero e informará a la Comisión Interministerial de Asuntos Sociales, los avances en el cierre de las brechas de acceso a los servicios básicos, que se realicen en las capitales de distrito de la lista priorizada aprobada en el presente Decreto Supremo. Artículo 3.- Del refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de enero del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CAYETANA ALJOVÍN GAZZANI Ministra de Desarrollo e Inclusión Social ANEXO 1 Capitales de distrito priorizadas Ubigeo distritalNro. Departamento Provincia Distrito Centro poblado 130807 1 LA LIBERTAD PATAZ ONGON ONGON 160802 2 LORETO PUTUMAYO ROSA PANDURO SANTA MERCEDES160302 3 LORETO LORETO PARINARI PARINARI160804 4 LORETO PUTUMAYO YAGUAS REMANSO210103 5 PUNO PUNO AMANTANI AMANTANI 21708 6 ANCASH RECUAY PARARIN PARARIN 160305 7 LORETO LORETO URARINAS CONCORDIA151019 8 LIMA YAUYOS LINCHA LINCHA160205 9 LORETO ALTO AMAZONAS JEBEROS JEBEROS160702 10 LORETO DATEM DEL MARAÑONCAHUAPANAS SANTA MARIA DE CAHUAPANAS 130504 11 LA LIBERTAD JULCAN HUASO HUASO210202 12 PUNO AZANGARO ACHAYA ACHAYA 160511 13 LORETO REQUENA YAQUERANA ANGAMOS 180302 14 MOQUEGUA ILO EL ALGARROBAL EL ALGARROBAL130305 15 LA LIBERTAD BOLIVAR UCHUMARCA UCHUCMARCA160705 16 LORETO DATEM DEL MARAÑONPASTAZA ULLPAYACU 160706 17 LORETO DATEM DEL MARAÑONANDOAS ALIANZA CRISTIANA 160704 18 LORETO DATEM DEL MARAÑONMORONA PUERTO ALEGRIA 130302 19 LA LIBERTAD BOLIVAR BAMBAMARCA BAMBAMARCA 60103 20 CAJAMARCA CAJAMARCA CHETILLA CHETILLA20906 21 ANCASH CORONGO YANAC YANAC 160505 22 LORETO REQUENA MAQUIA SANTA ISABEL 30706 23 APURIMAC GRAU MICAELA BASTIDAS AYRIHUANCA50410 24 AYACUCHO HUANTA UCHURACCAY HUAYNACANCHA 151031 25 LIMA YAUYOS TUPE TUPE130502 26 LA LIBERTAD JULCAN CALAMARCA CALAMARCA160602 27 LORETO UCAYALI INAHUAYA INAHUAYA151033 28 LIMA YAUYOS VITIS VITIS 120113 29 JUNIN HUANCAYO CULLHUAS CULLHUAS 10403 30 AMAZONAS CONDORCANQUI RIO SANTIAGO PUERTO GALILEA10705 31 AMAZONAS UTCUBAMBA JAMALCA JAMALCA21705 32 ANCASH RECUAY LLACLLIN LLACLLIN 160502 33 LORETO REQUENA ALTO TAPICHE SANTA ELENA 10205 34 AMAZONAS BAGUA IMAZA CHIRIACO 151012 35 LIMA YAUYOS HONGOS HONGOS160801 36 LORETO PUTUMAYO PUTUMAYO SAN ANTONIO DEL ESTRECHO 151009 37 LIMA YAUYOS CHOCOS CHOCOS160210 38 LORETO ALTO AMAZONAS SANTA CRUZ SANTA CRUZ 40809 39 AREQUIPA LA UNION TAURIA TAURIA 210403 40 PUNO CHUCUITO HUACULLANI HUACULLANI160202 41 LORETO ALTO AMAZONAS BALSAPUERTO BALSAPUERTO160508 42 LORETO REQUENA SOPLIN NUEVA ALEJANDRIA (CURINGA) 80911 43 CUSCO LA CONVENCION INKAWASI AMAYBAMBA 160509 44 LORETO REQUENA TAPICHE IBERIA210108 45 PUNO PUNO HUATA HUATA160206 46 LORETO ALTO AMAZONAS LAGUNAS LAGUNAS160504 47 LORETO REQUENA EMILIO SAN MARTINTAMANCO 151016 48 LIMA YAUYOS HUANTAN HUANTAN 120423 49 JUNIN JAUJA PACCHA PACCHA 10612 50 AMAZONAS RODRIGUEZ DE MENDOZAVISTA ALEGRE VISTA ALEGRE