Norma Legal Oficial del día 31 de enero del año 2017 (31/01/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Martes 31 de enero de 2017 /

El Peruano

Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, que a la fecha de su entrada en vigencia, no hayan sido ejecutados conforme a dicho artículo, sean depositados por la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público en el Año Fiscal 2014, en la cuenta del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local - FONIPREL, a solicitud de su Secretaría Técnica, quedando dichos recursos exceptuados del literal a) del párrafo 7.1 del artículo 7 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27245, Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal y modificatorias, aprobado mediante Decreto Supremo N° 066-2009-EF, el cual ha sido sustituido por el Decreto Legislativo N° 1276, Decreto Legislativo que aprueba el Marco de la Responsabilidad y Transparencia Fiscal del Sector Público No Financiero; asimismo, precisa que la incorporación de dichos recursos en los años respectivos se sujeta a lo establecido en el artículo 1 del Decreto de Urgencia N° 030-2008 y en la Ley N° 29125, Ley que establece la implementación y el funcionamiento del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local - FONIPREL; Que, los recursos del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local - FONIPREL se encuentran constituidos por los recursos señalados en el artículo 6 de la Ley N° 29125; Que, el numeral 1.3 del artículo 1 del Decreto de Urgencia N° 030-2008 y la Única Disposición Complementaria de la Ley N° 29125, disponen que los recursos del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local - FONIPREL se depositan en la cuenta del Fondo y se incorporan anualmente mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas en la fuente de financiamiento Recursos Determinados del presupuesto institucional de las entidades cuyos estudios de preinversión o proyectos de inversión resulten ganadores del concurso a solicitud de la Secretaría Técnica del citado Fondo; Que, el Consejo Directivo del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local - FONIPREL, en sesión ordinaria del 13 de enero de 2014, procedió con la aprobación de las Bases del Concurso FONIPREL 2014, señalándose como presupuesto disponible para dicha convocatoria la suma de SETECIENTOS OCHENTA MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 780 000 000,00); Que, el Consejo Directivo del citado Fondo, en sesión ordinaria del 23 de mayo de 2014, aprobó, entre otros, la lista de los estudios de preinversión y Proyectos de Inversión Pública de la Convocatoria FONIPREL 2014 seleccionados por la Secretaria Técnica para el respectivo cofinanciamiento, por un monto de cofinanciamiento total de OCHOCIENTOS VEINTISIETE MILLONES SESENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS TREINTA Y 54/100 SOLES (S/ 827 064 730,54) y autorizó la incorporación al presupuesto de la Convocatoria FONIPREL 2014 la suma de VEINTICINCO MILLONES Y 00/100 SOLES (S/ 25 000 000,00) provenientes de los recursos del Fondo; Que, la Secretaría Técnica del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local - FONIPREL suscribió los respectivos convenios de cofinanciamiento con los Gobiernos Locales cuyas propuestas resultaron ganadoras de la Convocatoria FONIPREL 2014, los mismos que contienen los cronogramas de ejecución en los que se ha determinado el requerimiento anual de recursos para la elaboración de los estudios de preinversión o la ejecución de los proyectos de inversión correspondientes; Que, mediante Memorando N° 782-2016-EF/52.06, la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas indica que los recursos del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local - FONIPREL depositados en el Banco Central de Reserva del Perú (BCR) al 30 de noviembre del 2016, ascienden en la Cuenta Moneda Nacional, a un monto de CIENTO TREINTA Y SIETE MILLONES TRES MIL CIENTO TREINTA Y OCHO Y 43/100 SOLES (S/ 137 003 138,43) y en la Cuenta Moneda Extranjera a un monto de TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS CINCO MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO Y 27/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 346 305 474,27);

Que, mediante Oficio N° 885-2016-PCM/SD, la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros remitió la relación de Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales comprendidos en la Nonagésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, modificada por la Sexta Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014; Que, es necesario incorporar, vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, recursos con cargo al Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local - FONIPREL, hasta por la suma total de QUINCE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL NOVENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES (S/ 15 276 097,00) en la fuente de financiamiento Recursos Determinados, a favor de los Gobiernos Locales, cuyos estudios de preinversión o proyectos de inversión resultaron ganadores de la Convocatoria FONIPREL 2014 y que han logrado remitir los informes de culminación correspondientes a los convenios de las propuestas ganadoras de los concursos FONIPREL del 2008-I, 2008-II y 2009 respectivamente; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29125, Ley que establece la implementación y el funcionamiento del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local ­ FONIPREL y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 204-2007-EF, y el Decreto de Urgencia N° 030-2008; DECRETA: Artículo 1.- Objeto 1.1 Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, hasta por la suma de QUINCE MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL NOVENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES (S/ 15 276 097,00) a favor de diversos Gobiernos Locales, para la ejecución de los Proyectos de Inversión Pública y elaboración de estudios de preinversión que resultaron ganadores de la Convocatoria FONIPREL 2014, conforme a lo indicado en la parte considerativa de la presente norma, según el siguiente detalle:
INGRESOS FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5: Recursos Determinados 1.4.2.3.1.5 De Fondos Públicos 15 276 097,00 (Recursos provenientes del Fondo de Promoción a la Inversión Pública Regional y Local ­ FONIPREL) ------------------TOTAL INGRESOS 15 276 097,00 =========== EGRESOS SECCIÓN SEGUNDA: PLIEGOS: FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : En Soles Instancias Descentralizadas Gobiernos Locales 15 276 097,00 Recursos Determinados 15 276 097,00 ------------------15 276 097,00 =========== En Soles

GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros TOTAL EGRESOS

1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos a ser incorporados por pliego, se consignan en el Anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo, el cual será publicado en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial "El Peruano".

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