Norma Legal Oficial del día 01 de julio del año 2017 (01/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Sábado 1 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

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De conformidad con el artículo 118° de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias, el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 135-2010-RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Nombrar a la Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú en Rumania, Embajadora en el Servicio Diplomático de la República María Eugenia Echeverría Herrera Vda. de De Pury, para que se desempeñe simultáneamente como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria del Perú ante la República de Moldavia, con residencia en Bucarest, Rumania. Artículo 2.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1538904-3

de la República Javier Manuel Paulinich Velarde, a partir del 1 de agosto de 2017. Artículo 2.- Dar las gracias al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Javier Manuel Paulinich Velarde, por los importantes servicios prestados a la Nación. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1538904-4

Delegan en Representante Permanente del Peru ante la OEA, las facultades para que suscriba el Acuerdo entre la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos y el Gobierno de la República del Perú relativo a la celebración de la Octava Cumbre de las Américas
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 161-2017-RE Lima, 27 de junio de 2017 Vista la Hoja de Trámite (GAC) N° 1715, de fecha 06 de junio de 2017, del Despacho Viceministerial de Relaciones Exteriores; y el Memorándum (CLA) N° CLA0075/2017, de fecha 25 de mayo de 2017, del Grupo de Trabajo Cumbre de las Américas, del Ministerio de Relaciones Exteriores; Debiéndose suscribir el Acuerdo entre la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos y el Gobierno de la República del Perú relativo a la celebración de la Octava Cumbre de las Américas; De conformidad con lo establecido en el artículo 5.6 de la Ley Nº 29357, de 13 de mayo de 2009, y el Decreto Supremo Nº 031-2007-RE, de 21 de mayo de 2007; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en la persona de la Embajadora Ana Rosa María Valdivieso Santa María, Representante Permanente del Perú ante la Organización de los Estados Americanos (OEA), las facultades suficientes para que suscriba el Acuerdo entre la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos y el Gobierno de la República del Perú relativo a la celebración de la Octava Cumbre de las Américas. Artículo 2º.- Extender los Plenos Poderes correspondientes a la Embajadora Ana Rosa María Valdivieso Santa María, Representante Permanente del Perú ante la Organización de los Estados Americanos (OEA). Artículo 3°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el señor Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1538904-5

Pasan a la situación de retiro a Embajador en el Servicio Diplomático de la República
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 160-2017-RE Lima, 27 de junio de 2017 VISTOS: La solicitud de pase a la situación de retiro, presentada por el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Javier Manuel Paulinich Velarde, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18°, inciso e) de la Ley Nº 28091, a partir del 1 de agosto de 2017; El Informe Escalafonario (OAP) Nº 104/2017, de la Oficina de Administración de Personal, de la Oficina General de Recursos Humanos, de 19 de junio de 2017; CONSIDERANDO: Que, el artículo 18 de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, dispone que la situación de retiro es aquella en la que el miembro del Servicio Diplomático se encuentra apartado definitivamente de la situación de actividad, entre otras causas, a su solicitud en forma escrita; Que, el pase a la situación de retiro, a su solicitud en forma escrita, se hará efectiva mediante Resolución Suprema; Que, el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Javier Manuel Paulinich Velarde, no está incurso en lo establecido por el artículo 49 del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; De conformidad con la Ley N.° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N.° 130-2003-RE y modificatorias; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N.° 1352010-RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Pasar a la situación de retiro, a su solicitud en forma escrita, al Embajador en el Servicio Diplomático

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