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16 NORMAS LEGALES Sábado 1 de julio de 2017 / El Peruano Artículo 2º .- Aprobar el Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana (Base: 2009 = 100), correspondiente al mes de junio 2017 , así como su Variación Porcentual Mensual y Acumulada. AÑO / MESNÚMERO ÍNDICE BASE: 2009 = 100VARIACIÓN PORCENTUAL MENSUAL ACUMULADA 2017 ENERO FEBREROMARZOABRILMAYOJUNIO126,01 126,42128,07127,74127,20127,000,24 0,321,30 -0,26-0,42-0,160,24 0,561,871,611,181,02 Artículo 3º .- Aprobar la publicación del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, que contiene la información O fi cial del Índice de Precios Promedio Mensual al Consumidor a Nivel Nacional, y del Índice de Precios al Consumidor de Lima Metropolitana correspondiente al mes de junio 2017 y la metodología de este indicador. Regístrese y comuníquese.ANÍBAL SÁNCHEZ AGUILAR Jefe (e) 1538887-1 Aprueban Indice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente al mes de junio de 2017, así como su Variación Porcentual Mensual y Acumulada RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 207-2017-INEI Lima, 30 de junio de 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 041-91- EF/93, se ha dispuesto que el Instituto Nacional de Estadística e Informática, publique mensualmente en el Diario O fi cial “El Peruano”, el Índice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional; Que, luego de concluidos los trabajos iniciados en el año 2011, para actualizar la canasta de productos, ponderaciones y procedimientos metodológicos del Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional, se ha establecido como periodo Base: Diciembre 2013=100; Que, es necesario disponer la publicación de la Variación Mensual y Acumulada del Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional del mes de junio de 2017, y del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, que contiene la información o fi cial del mencionado indicador; Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística; de la Dirección Técnica de Indicadores Económicos y de la Ofi cina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”. SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar, el Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional, Base: Diciembre 2013=100, correspondiente al mes de junio de 2017, así como su variación porcentual mensual y acumulada. AÑO / MESNÚMERO ÍNDICE (BASE: DICIEMBRE 2013=100)VARIACIÓN PORCENTUAL MENSUAL ACUMULADA 2017 ENERO FEBREROMARZOABRILMAYOJUNIO106,131342 105,469199105,895271105,626725105,488294105,350833 0,03 -0,62 0,40 -0,25-0,13-0,13 0,03 -0,59-0,19-0,44-0,57-0,70Artículo 2°.- Disponer, la difusión del Boletín Mensual de Indicadores de Precios de la Economía, que contiene la información o fi cial del Índice de Precios al Por Mayor a Nivel Nacional, correspondiente al mes de junio de 2017. Regístrese y comuníquese.ANÍBAL SÁNCHEZ AGUILAR Jefe (e) 1538887-2 PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Establecen disposiciones para casos de recusación, inhibición, impedimento, discordia o necesidad para completar el Colegiado o Juzgado, de uno o más jueces que conforman el Juzgado Penal Colegiado Transitorio en la Corte Superior de Justicia de Ventanilla CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE VENTANILLA PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 310-2017-P-CSJV/PJ Ventanilla, veintitrés de junio de dos mil diecisiete.VISTOS: El Decreto Supremo N° 002-2016-JUS; las Resoluciones Administrativas N° 082-2016-CE-PJ, 099-2016-CE-PJ, N° 072-2017-CE-PJ; la Resolución Administrativa N°202-2017-P-CSJV/PJ; Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, Decreto Legislativo N° 957; y artículos 55° y 59° del Código Procesal Penal; y, CONSIDERANDO: Primero: Por Decreto Supremo N° 002-2016-JUS publicado con fecha 31 de marzo de 2016, se modi fi có el Calendario O fi cial de Aplicación Progresiva del Código Procesal Penal, disponiéndose su implementación a partir del 01 de mayo del 2016 en el Distrito Judicial de Ventanilla. Segundo: El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa N° 082-2016-CE-PJ de fecha 01 de abril de 2016, con ocasión de la implementación del Código Procesal Penal en este Distrito Judicial a partir del 1º de mayo de 2016, creó órganos jurisdiccionales penales, existiendo a la fecha, en el caso de Juzgados Unipersonales, sólo cuatro, el Primer Juzgado Penal Unipersonal Permanente, Segundo Juzgado Penal Unipersonal Permanente, Tercer Juzgado Penal Unipersonal Permanente y Cuarto Juzgado Penal Unipersonal Permanente. Tercero: Por Resolución Administrativa Nº 099- 2016-CE- PJ, de fecha 20 de abril de 2016, se modi fi có a partir del 1º de mayo de 2016, la competencia territorial y de materia de los órganos jurisdiccionales penales, estableciendo que el Primer Juzgado Penal Unipersonal Permanente mantendría su competencia sólo para el conocimiento de los procesos inmediatos en el marco del Decreto Legislativo Nº1194; asimismo, que el Segundo, Tercero y Cuarto Juzgados Penales Unipersonales Permanentes, sólo conocerán los delitos al amparo del Decreto Legislativo citado, cuando conformen el Juzgado Penal Colegiado. Cuarto: Por Resolución Administrativa N° 072- 2017-CE-PJ de fecha 22 de febrero de 2017, publicado en el Diario O fi cial “El Peruano” el 14 de marzo del año en curso, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en atención al Segundo Tramo de Implementación del Código Procesal Penal, resolvió la creación del Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Ventanilla; Juzgado de