Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2017 (04/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano / Martes 4 de julio de 2017

NORMAS LEGALES RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO 015-2016-2017-CR
LA PRESIDENTA DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO:

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PODER LEGISLATIVO

CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 30602
LA PRESIDENTA DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa del Congreso siguiente:

LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 1 DE LA LEY 28588, PARA ADICIONAR EL LITERAL D) E INCORPORAR A LOS MIEMBROS DE LAS RONDAS CAMPESINAS, NATIVAS Y COMITÉS DE AUTODEFENSA COMO BENEFICIARIOS DEL SEGURO INTEGRAL DE SALUD (SIS)
Artículo único. Modificación del artículo 1 de la Ley 28588 Modifícase el artículo 1 de la Ley 28588, en los términos siguientes: "Artículo 1.- De la incorporación al Seguro Integral de Salud (SIS) 1.1 Incorpórase con carácter prioritario, en forma sucesiva y de acuerdo a la disponibilidad presupuestaria, la atención de salud por medio del Seguro Integral de Salud (SIS), a los siguientes grupos de personas: a) Mujeres mayores de 17 años, no gestantes, en situación de extrema pobreza y pobreza, de las provincias rurales y urbanas. b) Varones mayores de 17 años, en situación de extrema pobreza y pobreza, de las provincias rurales y urbanas. c) Miembros del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú. d) Miembros de las rondas campesinas y nativas debidamente acreditadas e inscritas en el Registro dispuesto por la Ley 27908 y su reglamento, y Comités de Autodefensa. 1.2 No están incluidos en los grupos señalados en los literales a), b), c) y d) quienes tengan cobertura a cargo de ESSALUD u otros regímenes de seguridad social. 1.3 Declárase prioritaria la implementación del componente de salud mental en el Seguro Integral de Salud (SIS)". POR TANTO: Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aprobado en sesión del Pleno realizada el día quince de diciembre de dos mil once, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108 de la Constitución Política del Perú, ordeno que se publique y cumpla. En Lima, a los tres días del mes de julio de dos mil diecisiete. LUZ SALGADO RUBIANES Presidenta del Congreso de la República ROSA BARTRA BARRIGA Primera Vicepresidenta del Congreso de la República 1539594-1

RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO POR LA QUE SE REMUEVE DEL CARGO AL CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA Y SE DECLARA LA VACANCIA DEL CARGO DE CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA
Artículo 1. Remoción del cargo de contralor general de la República Apruébase la remoción del señor EDGAR ARNOLD ALARCÓN TEJADA del cargo de contralor general de la República, para el que fue designado por la Resolución Legislativa del Congreso 003-2015-2016-CR, de fecha 9 de junio de 2016, como consecuencia de la comisión de falta grave establecida en el artículo 31 de la Ley 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y en concordancia con lo establecido en el artículo 82 de la Constitución Política del Perú y el artículo 93 del Reglamento del Congreso de la República. Artículo 2. Declaración de vacancia Declárase la vacancia del cargo de contralor general de la República, de acuerdo con lo establecido en el inciso e) del artículo 30 de la Ley 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dada en el Palacio del Congreso, en Lima, a los tres días del mes de julio de dos mil diecisiete. LUZ SALGADO RUBIANES Presidenta del Congreso de la República ROSA BARTRA BARRIGA Primera Vicepresidenta del Congreso de la República 1539347-1

PODER EJECUTIVO

AGRICULTURA Y RIEGO
Designan funcionario responsable de remitir ofertas de empleo de AGRO RURAL al Programa "Red Cil PROEMPLEO" del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 279-2017-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE Lima, 28 de junio de 2017 VISTOS: El Informe Nº 535-2017-MINAGRI-DVDIAR-AGRO RURAL-DE/OA-UGRH, de la Sub Dirección de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, el Memorando

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