Norma Legal Oficial del día 04 de julio del año 2017 (04/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

Martes 4 de julio de 2017 /

El Peruano

l) Promover y coordinar la ejecución de los servicios de atención básica para las personas adultas mayores en situación de calle, supervisando la aplicación de la metodología de intervención en favor de los beneficiarios; m) Promover y gestionar la implementación de Centros de Atención de Noche y acceso a los servicios de alimentación y vivienda para la atención de los beneficiarios del Programa; n) Coordinar las acciones pertinentes para viabilizar la atención y/o protección de las personas adultas mayores en situación de calle, que por su condición de alto riesgo y/o vulnerabilidad no accedan voluntariamente a ser beneficiarias del Programa; o) Adicionar a todas sus funciones la gestión de acciones en favor de la restitución de los derechos de las personas adultas mayores en situación de calle. (...) CAPÍTULO III: SERVICIOS DE PROTECCIÓN Y DESARROLLO FAMILIAR Artículo 29º.- El Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar cuenta con los servicios de protección y desarrollo familiar, encargados de la prestación efectiva del servicio. Para dicho efecto, programan y ejecutan las actividades pertinentes para su materialización en la población en situación de abandono o riesgo social, a nivel nacional. Los servicios de protección y desarrollo familiar son los siguientes: · Centros de Atención Residencial ­ CAR · Centros de Desarrollo Integral de la Familia ­ CEDIF · Centros Comunales Familiares ­ CCF · Centros de Atención de emergencias y urgencias ­ INABIF en ACCIÓN · Centros de Referencia - CR · Centros de Atención de Noche (...) TÍTULO IV (...) CAPÍTULO III: PROCESOS OPERATIVOS Artículo 32º.- Los procesos operativos principales se encuentran a cargo de las unidades orgánicas de línea, se enmarcan en sus metodologías de intervención y corresponden a: (...) j) Desarrollo de las Capacidades y Competencias de los Niños, Niñas y Adolescentes en situación de calle La intervención en los niños, niñas y adolescentes en situación de calle se realiza de acuerdo a la metodología de intervención, en la que se indica la labor que el Educador de Calle desempeñará con el niño, niña y adolescentes. Este proceso se encuentra a cargo de la Unidad de Servicios de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Las fases de intervención son: · Identificación de zonas de intervención. Consiste en la focalización y mapeo de los lugares donde se concentran los niños, niñas y adolescentes que son sujetos de la intervención del Programa. Se recopila información sobre las actividades que realizan los niños, niñas y adolescentes, sobre el vínculo familiar existente o no y los servicios, programas o proyectos que intervienen en la zona. · Abordaje y diagnóstico Es el primer contacto con los niños, niñas o adolescentes y su familia. Se establecen los vínculos

afectivos entre Educador y usuario(a) y se recoge información sobre los problemas que presenta a nivel personal, familiar y social (diagnóstico); las necesidades urgentes (alimentación, salud, entre otras) que presenta el niño, niña o adolescentes o su familia, que luego deberán ser atendidas por medio de los servicios del Programa y de los existentes en la comunidad. · Incorporación del niño, niña o adolescentes al sistema de protección El Programa, ante la denuncia de una situación de vulneración de los derechos de los niños, niñas y adolescentes, designa la atención inmediata del caso a un Educador de Calle, quien efectuada su intervención especializada, presenta el informe situacional a la Unidad de Servicios de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, para su derivación a la autoridad competente. · Desarrollo y Seguimiento Está orientada a la promoción, acceso y restitución de los derechos de los niños, niñas y adolescentes en situación de calle. Comprende el conjunto de acciones que gestiona el Educador de Calle para que los(as) usuarios(as) accedan a los servicios especializados, según las necesidades identificadas en el diagnóstico. También incluye información, orientación y educación sobre sus derechos y el acompañamiento y orientación a sus familias para el fortalecimiento de su rol proveedor y protector. Para este proceso se atiende a los usuarios en los Centros de Referencia, brindando los siguientes servicios: - Acompañamiento y orientación a la familia Son las acciones orientadas a los padres, tutores y familiares responsables para que cumplan con aquellos roles y funciones que favorecen la adecuada protección y desarrollo físico, mental y emocional de los niños, niñas y adolescentes a su cargo. - Fortalecimiento del vínculo con el Sistema Educativo Son las acciones que contribuyen a que los(as) usuarios(as) del Programa se inserten al Sistema Educativo o mejoren su rendimiento escolar, a través de acciones tales como: apoyo en las tareas, implementación de bibliotecas en los Centros de Referencia, orientación y consejería a los padres, tutores o familiares para que motiven la participación de sus hijos en la escuela, entrega de paquetes escolares, trámite para exoneración de pagos de APAFA, seguimiento escolar, etc. Con ello se busca que el usuario(a) se mantenga en la escuela con un aprovechamiento promedio. Con dichas acciones se busca contribuir además, con la reducción de la permanencia de los niños, niñas y adolescentes en calle. - Gestión del Servicio de Formación Es el Servicio de Formación Educativa que se gestiona con el propósito de fortalecer sus capacidades y competencias, permitiéndoles mejorar su calidad de vida y reinsertarse al mercado laboral. Se busca que, previa evaluación de las aptitudes y bajo la orientación del Educador de Calle, los(as) usuarios(as) del Programa puedan seguir carreras superiores, técnicas, ocupacionales, artísticas o deportivas, orientadas a un mayor desarrollo personal y a una mejora de sus ingresos. Este servicio se puede otorgar producto de la gestión con otras instancias intra o intersectoriales, sector privado, etc. - Atención y seguimiento a niños, niñas y adolescentes en situación de calle cuando la autoridad competente lo solicite. La Dirección Ejecutiva del Programa recibe una solicitud de la autoridad competente para la atención personalizada de niños, niñas y adolescentes en situación de calle, asigna mediante la Unidad de Servicios de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes

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