Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE JULIO DEL AÑO 2017 (07/07/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 112

112 NORMAS LEGALES Viernes 7 de julio de 2017 / El Peruano poblados”; Que, el numeral 19 del artículo 82 del Capítulo II, Las competencia y funciones especí fi cas, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y sus modi fi catorias, establece que son competencias y funciones especí fi cas, compartidas con el gobierno nacional y los regionales, en materia de educación, cultura, deporte y recreación “Promover actividades culturales diversas”; Que, el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 002-2014- MC, Reglamento de la Ley Nº 30034, Ley del Sistema Nacional de Bibliotecas, establece que “Los gobiernos regionales, las municipalidades provinciales, distritales y de centros poblados deben asegurar la creación y sostenibilidad de, por lo menos, una biblioteca en su localidad, (…)”; Que, mediante Informe Nº 105-2017-MDBSH/GM de la Gerencia Municipal se señala la necesidad de contar con un Plan Municipal del Libro y la Lectura, además de solicitar la emisión de una ordenanza municipal que apruebe dicho plan para el periodo 2017-2021; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9, 39 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, y con el voto unánime de los miembros del Concejo, se aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN MUNICIPAL DEL LIBRO Y LA LECTURA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA BANDA DE SHILCAYO PARA EL PERIODO 2017-2021 Artículo Primero.- APROBAR el Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de la Banda de Shilcayo para el periodo 2017-2021 como instrumento obligatorio de planeamiento y de gestión de la política pública local de promoción del libro y de la lectura en el marco de la Ley Orgánica de Municipalidades y de la Ley de Democratización del Libro y Fomento de la Lectura vigentes, elaborado de manera concertada entre la Municipalidad Distrital de La Banda de Shilcayo, las instituciones públicas locales, las organizaciones sociales y las organizaciones privadas. Artículo Segundo.- INCLUIR el Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de la banda de Shilcayo para el periodo 2017-2021 en el Plan de Desarrollo Local Concertado de Distrito de La Banda de shilcayo. Artículo Tercero.- CRÉASE el Consejo Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de La Banda de Shilcayo como instancia de consulta, coordinación, concertación, seguimiento y evaluación de la política pública distrital de promoción del libro y de la lectura en el distrito. La Alcaldía Distrital establecerá la conformación, el funcionamiento y las funciones del Consejo Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de La Banda de Shilcayo. Artículo Cuarto.- La Secretaría Técnica del Consejo Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de La Banda de Shilcayo corresponde a la Gerencia de Desarrollo y Promoción social. Artículo Quinto.- La Gerencia de Desarrollo y Promoción Social; es responsable de la implementación del Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de La Banda de Shilcayo para el periodo 2017-2021, en coordinación con otros organismos y unidades ejecutoras municipales. Artículo Sexto.- La Gerencia Municipal, la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto y Racionalización y la Gerencia de Administración, Finanzas y Rentas son responsables del fi nanciamiento de los gastos que genere la ejecución del Plan Municipal del Libro y la Lectura de la Municipalidad Distrital de la Banda de Shilcayo para el periodo 2017-2021. Artículo Séptimo.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal de transparencia de la Municipalidad Distrital de La Banda de Shilcayo. Artículo Octavo.- Encargar a la Secretaría General de la Municipalidad Distrital de la Banda de Shilcayo la publicación de la presente ordenanza en el diario o fi cial El Peruano y al área de Informática la publicación de la presente ordenanza en el portal de transparencia de la Municipalidad Distrital de La Banda de Shilcayo. POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.LUIS ANTONIO NEIRA LEON Alcalde 1540823-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante o fi cio dirigido al Director del Diario O fi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (CD o USB) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe , precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo , colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN