Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2017 (07/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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NORMAS LEGALES

Viernes 7 de julio de 2017 /

El Peruano

Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Secretaria General de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, disponer la publicación del presente decreto de alcaldía en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Subgerencia de tecnolgia de la Información y Comunicaciones, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el portal electrónico de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, (wwwmunisantarosa-lima.gob.pe); entrando en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Subgerencia de Tecnología de la Información y comunicación, efectuar la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el portal web institucional (www.munisantarosa-lima.gob.pe), dentro del día siguiente de su aprobación, conforme lo prescribe el artículo 15º de la Directiva Nº 001-2010-PCM/ SGP, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 2002010-PCM. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. CARLOS ARCE ARIAS Alcalde 1540827-1

con la limpieza adecuada y el pintado de sus fachadas. Artículo Tercero.ESTABLECER que el incumplimiento de lo dispuesto en el presente decreto, dará lugar a las sanciones correspondientes. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento del presente a la Gerencia de Seguridad Ciudadana; su difusión a la Sub Gerencia de Comunicaciones; la supervisión a la Gerencia de Gestión Ambiental y Gerencia de Desarrollo Urbano; derivándose a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información para su publicación en el Portal Peruano (www.peru.gob.pe) y en la página web de la Entidad (www.munilaperla.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PATRICIA ROSA CHIRINOS VENEGAS Alcaldesa 1540824-1

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD DE LA PERLA
Disponen el embanderamiento general de los inmuebles del distrito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2017-A-MDLP La Perla, 14 de junio de 2017 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA CONSIDERANDO: Que, el 28 de julio del presente año, se conmemora el 196º Aniversario de la Independencia Nacional, en tal sentido, siendo fecha de trascendencia nacional, constituye una oportunidad para fomentar entre los vecinos del distrito, los sentimientos de identidad nacional y revalorización de principios cívicos y el respeto y amor a la patria; Que, es deber del Gobierno Local incentivar la participación cívica del vecindario, resaltando los valores nacionales, así como, propiciando la veneración de los símbolos patrios; Que, la generación del patriotismo promovida por la gestión municipal, que resalta con los hechos históricos que remarcan nuestra identidad nacional y conciencia cívica, se realiza a través de la celebración de actividades y festividades en conmemoración de las próximas Fiestas Patrias; para ello, es tradicional el mejoramiento y embellecimiento del ornato de la ciudad, como es el embanderamiento general y la limpieza y pintado de fachadas en todos los inmuebles del distrito de La Perla, como muestra del respeto y civismo hacia la patria; De conformidad con el artículo 20º, numeral 6) y artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el embanderamiento general de todos los inmuebles del Distrito de La Perla, sean viviendas, locales comerciales e instituciones públicas y/o privadas, desde el día 1º al 31 de julio de 2017, con motivo de conmemorarse el 196º Aniversario de la Independencia del Perú. Artículo Segundo.- RECOMENDAR que todos los inmuebles del distrito, estén debidamente presentados

Exoneran de pago al Certificado de Seguridad en Defensa Civil y por Inspección Técnica de Seguridad a favor del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público "Huando"
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 009-2017-MPH Huaral, 21 de abril de 2017 LA ALCALDESA DE PROVINCIAL DE HUARAL POR CUANTO: EL CONCEJO PROVINCIAL DE HUARAL VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, los Expedientes Nº 08738-2017 y 08739-2017, presentados por el Dr. Alfonso Vigo Quiñones en su calidad de Director General del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público Huando, sobre el pedido de exoneración de pago por Certificado de Seguridad en Defensa Civil y pago por Inspección Técnica de Seguridad a favor del Instituto de Educación Superior Tecnológico Público "Huando"; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de nuestra Constitución Política del Perú, señala que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de Gobierno Local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Que, el inciso 9) del artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece que es atribución del Concejo Municipal crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos conforme a ley. Que, el artículo 39º del marco legal precitado, señala que los concejos municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de ordenanzas y acuerdos. Los asuntos administrativos concernientes a su organización interna, los resuelven a través de resoluciones de concejo. Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 40º de la Ley Nº 27972, las exoneraciones deben aprobarse mediante Ordenanza Municipal, por ser una norma con rango de Ley, conforme a lo establecido en el artículo LA MUNICIPALIDAD

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