Norma Legal Oficial del día 07 de julio del año 2017 (07/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 111

El Peruano / Viernes 7 de julio de 2017
Nº APELLIDOS Y NOMBRES

NORMAS LEGALES
N° DE PLAZA 696 700 702 704 705 713 724 725 NIVEL REMUNERATIVO STF STF SAF SAF SAF SAF MUSEO SAF SAF Técnico en Deporte Secretaria de Apoyo Auxiliar en Deporte Recaudador en Piscina Recaudador en Piscina Auxiliar de Biblioteca Auxiliar de Museo Auxiliar de Museo CARGO

111
REGIMEN LABORAL DL Nº 276 DL Nº 276 DL Nº 276 DL Nº 276 DL Nº 276 DL Nº 276 DL Nº 276 DL Nº 276

RECREACION Y DEPORTE 288 PLAZA NUÑEZ CARLOS ALBERTO 289 FLORES RIOS ERICKA JANETT 290 SALDAÑA LLERENA JOSE JACMEN 291 TUESTA REATEGUI JOSE LUIS 292 TORRES SILVA BERONICA 293 PAIMA LLAJA ELSA 294 SILVANO REATEGUI LEONIDAS 295 LOZANO SANCHEZ HECTOR MIGUEL

BIBLIOTECA MUNICIPAL

Artículo Segundo.- Remitir a la Sub Gerencia de Recursos Humanos de la Municipalidad Provincial de Maynas para que, en mérito de sus atribuciones cumpla con ejecutar la presente Resolución y notificar a los interesados. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publiquese. ADELA ESMERALDA JIMÉNEZ MERA Alcaldesa 1540915-2

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA BANDA DE SHILCAYO
Aprueban el Plan Municipal del Libro y la Lectura para el periodo 2017 - 2021
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 007-2017-MDBSH La Banda de Shilcayo, 26 de junio de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA BANDA DE SHILCAYO VISTO: El acta de sesión Ordinaria de Concejo Municipal Nº 011-2017-MDBSH, de fecha 23 de junio del año en curso, y el Informe Nº 105-2017-MDBSH/GM, de la

Gerencia Municipal mediante el cual se eleva la propuesta de ordenanza para la aprobación del Plan Municipal del Libro y la Lectura 2017-2021; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 194 de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local. Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y dentro de los márgenes permitidos por Leyes Generales; Que, el numeral 11 del artículo 82 del Capítulo II, Las competencias y funciones específicas de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y sus modificatorias, establece que son competencias y funciones específicas, compartidas con el gobierno nacional y los regionales, en materia de educación, cultura, deporte y recreación "Organizar y sostener centros culturales, bibliotecas, teatros y talleres de arte en provincias, distritos y centros

REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un CD o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe.

LA DIRECCIÓN

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